Don Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de los Ángeles, hijo legítimo del Alférez Mayor don Juan Valero Grajeda y de doña Josefa de Grajeda, difuntos, estando enfermo del cuerpo y sano de la voluntad, en todo su libre juicio, cumplida, buena memoria y entendimiento natural, dijo que por cuanto las cosas del descargo de su conciencia y bien de su alma las tiene comunicadas con don Miguel Valero Grajeda, su hermano, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, con el Señor Doctor don José Valero Grajeda, su hermano, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de Antequera, valle de Oaxaca, y con el Licenciado don José Valero, su sobrino, Presbítero de la ciudad de los Ángeles; por tanto, otorga que da todo su poder cumplido a cada uno para que después de su fallecimiento puedan hacer su testamento con las misas, mandas, obras pías, legados y demás declaraciones que le tiene comunicadas. Nombra albaceas a don Miguel Valero, don José Valero, sus hermanos y a Licenciado don José Valero, su sobrino; y en el remanente que quedare de sus bienes deja como su único y universal heredero a don Miguel Valero, su hermano.
Sem títuloOAXACA, VALLE DE
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El Licenciado don Juan Moreno Peña, Presbítero domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Señor Doctor don José Valero Grajeda, Canónigo de la santa iglesia de la ciudad de Antequera valle de Oaxaca, para que en su nombre pueda comparecer ante el señor delegado de su santidad de dicha ciudad y obispado de Oaxaca, y siga la apelación que tiene hecha en el pleito que por segunda instancia se ha seguido, sobre el derecho que tiene a la propiedad de la capellanía que mandó a fundar Pedro Alonso Cortés de Espina, de 7 000 pesos de principal, ante el Señor Licenciado don Antonio de Auncibay y Anaya, Chantre de la santa iglesia catedral de la ciudad de México, Juez Provisor y Vicario General de dicho arzobispado, y pida a dicho señor juez delegado, se sirva de declararlo, por su auto, pertenecerle la propiedad de dicha capellanía.
Sem títuloDon Miguel Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo en ella, natural de la ciudad de los Ángeles, hijo legítimo del Alférez don Juan Valero Grajeda y de doña Josefa de Grajeda, vecinos que fueron de dicha ciudad, estando enfermos del cuerpo, sano de la voluntad en todo su libre juicio, buena memoria y entendimiento, dijo que por cuanto las cosas del descargo de su conciencia y bien de su alma, las tiene comunicadas con don Diego Valero Grajeda, su hermano, Regidor Perpetuo de esta villa, con el Señor Doctor don José Valero Grajeda, su hermano, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de Antequera, valle de Oaxaca, y con el Licenciado don José Valero, su sobrino, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles; y en aquella vía y forma que más haya lugar otorga que da su poder a los susodichos, para que después de su fallecimiento puedan hacer su testamento con las misas, manda, obras pías, legados y demás declaraciones que les tiene comunicadas y consta de una memoria que dejó firmada. Nombra albaceas testamentarios a don Diego Valero Grajeda, don José Valero y al Licenciado don José Valero. Nombra por su único y universal heredero a don Diego Valero.
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