El Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de San Pedro Ysguatlan [Ixhuatlán] y su doctrina, dijo tiene poder otorgado del pueblo y comunidad de San Francisco Chocamán, de esta jurisdicción, para pleitos causas y negocios civiles y criminales, en esta villa el 16 del presente mes y año. Poder que sustituye en todo y por todo, según y como en él se contiene en don Francisco Félix Díaz Hidalgo, Procurador de Número de la Real Audiencia de esta Nueva España.
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El Licenciado don Nicolás de la Torre y Mena, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba, Comisario del Santo Tribunal de Cruzada y de diezmos en ella, otorga poder general a don Pedro Velarde, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial o extrajudicialmente, todas y cualesquier cantidad de pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías y otras cosas que se le debieren en virtud de escrituras, vales, cedulas, cuentas de libro o por alguna otra causa y razón. También, se le da éste para que en su nombre y representación parezca ante el Rey, señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y pida se sirva de hacerle merced o mercedes.
Zonder titelEl Doctor Joseph Valero Cavallero Graxera [José Valero Grajeda], Cura Foráneo, Juez Eclesiástico de esta villa y su partido, otorga poder al Doctor don Phelipe Varrales [Felipe Barrales], Presbítero Domiciliario de este obispado y vecino de la ciudad de los Ángeles, Catedrático de Código para la Real Universidad de esta Nueva España, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, con cualquier persona.
Zonder titelEl Capitán Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, para la introducción de negros esclavos en las Indias; quién presentó los testimonios e instrumentos que avalan dicho nombramiento para el otorgamiento de dicha escritura. Y en virtud de dicha facultad, otorga que vende al Regidor don José Valero Grajera, Cura Beneficiado y Juez Eclesiástico de esta villa por Su Majestad y Electo Canónigo de la ciudad de Oaxaca, un esclavo muleque, calimbado con una CR en el brazo izquierdo, que es de los conducidos a dicho asiento al puerto y ciudad de la Veracruz, lo vende por precio de 200 pesos de oro común en reales de contado.
Zonder titelEl Licenciado don Diego García Calvo, Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, Teniente de Cura de esta villa, Vicario y Juez Eclesiástico, otorga poder especial a Nicolás Álvarez, vecino de la ciudad de los Ángeles, y a Domingo de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de México de esta Nueva España, para que en su nombre comparezcan ante el señor juez general de bienes de difuntos de esta Nueva España y ante otros jueces y justicias, tribunales superiores e inferiores que a su derecho importen, y sigan, fenezcan y acaben por todos artículos, grados e instancias relativos al poder para testar que doña Ana López de San José, su difunta tía, otorgó por el mes de julio pasado, por ante Bartolomé de Luey Escandón, Escribano Real, en que instituyó y nombró por sus albaceas testamentarios fideicomisarios a don Andrés José de Heredia, su hermano, y a Pedro de Molina, y del remanente de su bienes instituyó como heredero al otorgante y al Bachiller Antonio García Calvo, Presbítero, y a doña Rosa María García Calvo, sus hermanos, siendo esta última mujer legítima de don Andrés José de Heredia. Y por cuanto habiendo la dicha difunta declarado su última voluntad, el dicho Bartolomé de Luey en la cláusula de dichos herederos suspendió dicho poder y puso certificación de que la dicha “doña Ana López de San José estaba integra”, por cuya causa por el alcalde mayor de dicha ciudad de los Ángeles se hicieron diferentes autos, y uno con parecer de asesor en que declaró haber fallecido dicha difunta intestada, y dichos autos se remitieron al juez general de bienes de difuntos, a donde ocurriesen las partes interesadas a decir su defensa. Cuyo poder otorga para que en dicho tribunal pidan se declare dicho poder para testar por válido y el otorgante, junto con sus hermanos, como herederos universales, y que se levante el embargo hecho en los bienes de dicha difunta por la Real Justicia de la jurisdicción de Ysucar [Izúcar], y hasta que se consiga lo referido, pidan se remueva el depósito e dichos bienes en el dicho don Andrés José de Heredia, y hagan todo lo necesario para ello.
Zonder titelEl Licenciado don Juan [Yáñez] Hortega [Ortega] de la Pava, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que desde hace trece o catorce años es Hermano de la Religión de Santo Domingo, ordena que al fallecer envíen noticia a dicha religión para que se le socorra por su alma. Señala que por fin y muerte de Lope Hernández López y de doña Ana de Ortega de la Pava, sus padres legítimos, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de los Ángeles de esta Nueva España, naturales de la villa de Guadalcanal en la Extremadura Reinos de Castilla, quedaron algunos bienes raíces, y por consenso entre él y sus hermanas, ellas no tenían hijos, y hallándose en congrua bastante para su sustentación, decidieron donar dichos bienes a Cristóbal Yáñez de Ortega, su sobrino. Declara por bienes un censo redimible que a su favor impuso Antonio Rodríguez, por cantidad de 1 000 pesos; unas casas de su morada; las piezas de esclavos siguiente: Juan Ramírez, mulato blanco, de treinta y cinco años; Catalina de San Antonio, mulata de dicha edad; Felipe, mulato de edad de diecisiete años; Miguel de catorce; Manuel de dos; los tres últimos hijos de la dicha Catalina de San Antonio; Josefa, mulata herrada, de edad de 22 años. También declara por bienes los 3 300 pesos de oro común que le debe el Capitán José Blanco, vecino de esta villa, a quien le prestó cuando compró el trapiche del General don Diego Ortiz de Largacha; otros 1 000 pesos que le adeuda Francisco de Solís, Alguacil de esta villa, que le prestó para el despacho de la presente flota. Es su voluntad que después de su fallecimiento y el de sus hermanas María de Ortega [y] Bonilla y Catalina de Ortega, los dichos Juan Ramírez y Catalina de San Antonio, sus esclavos, queden libres perpetuamente de toda esclavitud. Nombra albaceas a sus hermanas María de Ortega [y] Bonilla y Catalina de Ortega [y Funes] para que entren en sus bienes y los vendan; y del remanente que quedara nombra por sus herederas a las susodichas para que disfruten los bienes en partes iguales.
Zonder titelFrancisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Juez Eclesiástico y Comisario de la Santa Bula Cruzada en esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto la Majestad del Señor don Carlos II de gloriosa memoria con acuerdo del Excelentísimo Señor Conde de Moctezuma de su consejo, Virrey, Gobernador y Capitán General que fue de esta Nueva España, fue servido de honrarlo con el beneficio del pueblo y partido de San Pedro Tequila por promisión del Bachiller don Jacinto Valverde, su último poseedor, como parece del real título, en el que se le concede los fueros y privilegios de su antecesor, gozando el mismo salario de tal cura por el trabajo y cuidado que en ello había de tener librados y pagados; el cual estuvo administrando por el tiempo de seis años y dos meses, hasta que fue promovido al curato de esta villa de Córdoba. Y porque hasta ahora no ha cobrado ni servido de dichos seis años y dos meses del salario que se le asignó en el citado curato, y atendiendo las continuas guerras con que la Majestad Católica del Señor don Felipe V se halla contra infieles enemigos de su real corona y contra la ley cristiana que deben sus vasallos atender y poner sus vidas y caudales para su reducción a la paz y católica fe, por tanto, en aquella vía forma otorga que hace gracia y donación a Su Majestad del salario que se le estuviere debiendo por dichas cajas reales para que lo distribuya en gastos de guerra.
Zonder titelEl Licenciado Joseph [José] Valero Cavallero [Caballero] y Gragera [Grajera], Cura beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, del obispado de Puebla de los Ángeles, otorga poder a don Luis Gabriel de Belasco [Velasco] y Hermosilla, vecino de la ciudad de México y de partida para los Reinos de Castilla, para que en la villa de Madrid, Corte de Su Majestad, como solicitador pueda comparecer ante el Rey y sus Reales y Supremos Consejos, así de Indias como los demás, y pida se le haga merced o mercedes eclesiásticas en este Reino de la Nueva España, tocantes a prebendas de las que se hallan vacas en cualquiera de las iglesias catedrales de la ciudad de México o Puebla, la que su merced fuere servido darle. También para que pueda representarlo en el Consejo de Inquisición, sobre todo lo cual y hasta que lo consiga presente cualesquier pedimentos, memoriales y demás papeles.
Zonder titelEl Bachiller don Juan Crisóstomo de Aranda, Presbítero Domiciliario vecino de esta villa de Córdoba, de este obispado de la Puebla de los Ángeles, albacea testamentario, tenedor de bienes y heredero del Licenciado don Joaquín López Ramírez Redondo, Cura Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico por Su Majestad que fue del pueblo de Tlaliscoya [Tlalixcoyan]. Como tal albacea y heredero, otorga poder al Licenciado don Diego Ambrosio y Orcolaga, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial y extrajudicialmente de los señores jueces oficiales reales de la ciudad de México la cantidad de 2 550 pesos de 10 años que obtuvo el curato de Tlaliscoya [Tlalixcoyan] el Licenciado don Joaquín López, a razón de 255 pesos anuales que se le están debiendo desde el día que tomó posesión el difunto hasta su fallecimiento.
Zonder titelEl Licenciado don Nicolás de la Torre y Mena, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba, Comisario de la Santa Bula de Cruzada y de sus Causas Decimales en ella, otorga poder general al Bachiller don Antonio de Gaona Guerrero, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban; para que pida cuentas a quien se las deba de dar y para que con sus deudores haga cualquier transacción otorgando en razón de ello las escrituras que le fueran pedidas; para que pueda administrar todos sus bienes muebles, raíces o semovientes; para que busque a su dita y crédito la cantidad que le ordene por sus cartas misivas, otorgando en su nombre las escrituras de obligación que le pidan; para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor y ante su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y en su Superior Gobierno u otro tribunal pida se sirva Su Alteza de honrarle con la merced o mercedes que fuera su real voluntad, en atención a sus méritos y servicios; y para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares.
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