Joseph [José] Álvarez, vecino de la ciudad de los Ángeles, mayordomo de la cuadrilla de carros de Magdalena de Irala, viuda del Capitán Martín de Gorospe, en nombre y con poder de la dicha su ama, otorga que obliga a la dicha Magdalena de Irala a pagar a Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, 582 pesos y 6 reales de oro común, por otros tantos que importaron cincuenta novillos que le compró al susodicho a precio de 5 pesos y 6 tomines cada uno, y otros avíos que le ha dado para la cuadrilla de carros. También la obliga a pagar al susodicho ocho bueyes por otros tantos novillos que le entregó cuando hicieron el trueque. Y para seguridad de la deuda hipoteca los dichos cincuenta y ocho novillos que quedan declarados.
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Francisco del Moral, vecino de Jalapa, se obliga de pagar a Rodrigo Hernández, vecino de Jalapa, 400 pesos de oro común los cuales son el precio de 50 novillos que le compró.
Pedro Montiel, carretero, vecino de México, se obliga de pagar a Juan Díaz Matamoros, vecino de Jalapa, 209 pesos de oro común que son el precio de 19 novillos.
Juan Torres, carretero, vecino de México, se obliga de pagar a Diego Rodríguez, vecino de Otumba, 400 pesos de oro común que son el precio de 50 novillos.
Francisco Díaz, carretero, vecino de México, se obliga de pagar a Diego Rodríguez, vecino de Otumba 300 pesos de oro común que son el precio de 50 novillos.
Diego García Ronquillo, carretero, vecino de México, se obliga de pagar a Juan Díaz Matamoros 180 pesos y cuatro tomines de oro común, los cuales son por el precio de 19 novillos.
Diego Díaz, carretero, vecino de la Puebla de los Angeles, se obliga de pagar a Juan Díaz Matamoros 150 pesos de oro común, que son el precio de 15 novillos.
Diego Hernández Muñiz, dueño de carros de bueyes, vecino de la jurisdicción de Tlaxcala, sé obliga a pagar a Francisco Miguel Ferrera, 624 pesos de oro común que son y proceden por cincuenta y dos novillos cerreros escogidos a 12 pesos cada uno.
Gaspar Díaz, dueño de sus carros de bueyes, vecino de la ciudad de México, se obliga a pagar a Francisco Miguel Ferrera, 980 pesos de oro común, que son y proceden de resto de cantidad de novillos y dineros que le prestó en reales de plata.
Francisco Miguel Ferrera, vecino del pueblo de Orizaba, se obliga de pagar a Rodrigo Hernández de Espinosa, 1 100 pesos de oro común, que son y proceden por cien novillos cerreros de diferentes hierros y colores, a razón de 11 pesos cada uno.