Don Gabriel de la Cruz y Don Lucas de San Juan, Alcaldes de Naolinco, y Antonio de San Francisco, regidor, en nombre de su comunidad y del gobernador Don Gabriel de Castañeda que se halla enfermo, arrendaron el ejido y monte de su pueblo a Juan González, carretero, vecino de la ciudad de México, para que pasten sus ganados, por tiempo de tres años, los cuales empezarán a correr a partir del año venidero de 1620, al precio de 25 pesos de oro común anuales.
NAOLINCO, PUEBLO DE
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José Gutiérrez de Ceballos, dueño del Ingenio Nuestra Señora de la Concepción, arrendó al mercader Luis Hernández, una labor de maíz ubicada en términos de Naolinco, con doce bueyes, tres rejas, dos jacales de madera, tres pares de coyundas y dos hojas de arados, por el tiempo de cuatro años y al precio de cien fanegas de maíz al fin de cada cosecha.
María del Moral, viuda de Francisco Carranza, vecino que fue de Naolinco de esta Jurisdicción, y Antonio Carranza, hijo legítimo y heredero de dicho Francisco, otorgan poder a don Francisco Agudo, para que en sus nombres cobre el arrendamiento de la casa que quedó por bienes de su marido, y ajuste cuentas con don Bartolomé García marido de Rosa Carranza, hija y heredera de dicho difunto, y para que venda dicha casa después de la temporada de la feria.
Don José Miguel de Luna y Arellano, vecino de la provincia de Tepeaca y residente en este pueblo, con poder general, otorgado por doña María Gertrudis de Avendaño y el Licenciado don José Francisco de Aguirre, Abogado de la Real Audiencia, Regidor perpetuo de la Ciudad de México, y haciendo uso del citado poder, da en arrendamiento a don Francisco Antonio Domínguez Muñiz, vecino de Naolinco, las tierras del rancho de La Calavera, por el periodo de 7 años, con un precio de 100 pesos por cada año.
El Capitán don Salvador de Acosta, don Felipe Cornelio Acosta, don Juan Rodríguez, Felipe de Rivera y Juan Eugenio de Rivera, vecinos del pueblo de Naolinco, otorgan poder especial a don Nicolás Antonio Domínguez Muñiz, Teniente de la compañía miliciana de este pueblo, junto con don Francisco Antonio Domínguez Muñiz, su hermano, para que tomen postura de los diezmos que se logren del curato de Tlacolula y Misantla, por el tiempo que los arrienden los Jueces de Contaduría de la catedral de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles.
Don José Ruiz Sánchez, de esta vecindad, actual colector de diezmos de esta cordillera, otorga en arrendamiento en favor de don Francisco de Acosta, vecino del pueblo de Naolinco de este partido, una parte de los diezmos de la feligresía del indicado pueblo de Naolinco, sujeto a la demarcación siguiente: todos los pueblos de aquella doctrina, por la parte del sur formará lindero para su receptoría el rancho de Tenampa, que se comprende en este arrendamiento, los de Montero y Aguilar, inclusos por el oriente hasta el pueblo de San Antonio Tepetlán y alto de San Antonio y rancho de Salas, con los demás ranchos citados por este rumbo; quedando exceptuados como anexos a la recaudación de esta villa los parajes de San Diego, Santa Cruz, Tecuan [Tecuane], los Tepetates, Mastatlan [Maxtatlán], Almolonga, Paso del Toro, Llano de los Garcias y trapiche de don José María de Casas. Cuyo arrendamiento es por el término de tres años, contados desde esta fecha, por el precio de 380 pesos anuales. Y el arrendatario ofrece por sus fiadores a don Julián Domínguez y a don Fernando Gómez Muñoz, vecinos del mismo pueblo de Naolinco, quienes otorgan que se constituyen fiadores por el mencionado arrendatario.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOEl Capitán don Salvador de Acosta, el Sargento reformado don Felipe Cornelio Acosta y don Nicolás de Acosta, junto con otros vecinos de este pueblo de Naolinco jurisdicción de Jalapa, informan que don Francisco Antonio Domínguez Muñiz y don Nicolás Antonio Domínguez Muñiz, españoles, tienen a su cargo el arrendamiento de los diezmos de los Curatos de Naolinco, Tlacolulan y Misantla, por lo cual otorgan poder especial a los citados Domínguez, para que los obliguen como fiadores en las cantidades necesarias para el remate de los mencionados diezmos.
Don José Mariano de Acosta y don Manuel María Palacios [y Soto Carrillo], vecino del pueblo de Naolinco, otorga poder especial a don Nicolás Mariano Domínguez, vecino del mismo pueblo, arrendatario de los diezmos de los ramos de Naolinco, Tlacolula y Misantla, para que se obligue como principal en el nuevo remate de los citados diezmos y a los otorgantes los obligue como sus fiadores.
Don Juan José de Acosta, don Antonio Gaspar de Acosta, don José Antonio de Acosta y don José Mariano de Acosta, vecinos de Naolinco, junto con don Ignacio de Guevara y don Manuel Eugenio de Acosta, vecinos de Jalapa, otorgan poder especial a don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino de Naolinco, quien es arrendatario de los diezmos del ramo de ese pueblo, Misantla, Actopan, Tlacolulan, Tonayan y Xilotepec, para que se obligue como principal deudor y a los otorgantes como sus fiadores y principales pagadores en la cantidad o cantidades que tengan, haciendo posturas y mejoras para el remate de los citados diezmos.
Don Antonio García Campomanes, vecino de Naolinco, declara que Luis Antonio Ortiz de Zárate, pagará anualmente los 3, 800 pesos que a don José Leonel Gómez de Cervantes y la Higuera, le restan del arrendamiento de los mayorazgos, haciendas, tierras, aguas, etc., o en su defecto lo hará él, como su fiador, en la misma forma que contiene la escritura de fianza que en consorcio del difunto don Juan Miguel Rebolledo otorgó Tomás de Santiago y Cruz.