Testamento de Doña María de Estupiñán, vecina de Jalapa, viuda de Juan de la Gala Moreno, hija legítima de Francisco de Estupiñán y de Doña María Ana [Mariana] de la Gasca, difuntos, vecinos que fueron de Naolinco, de donde es natural la otorgante.
NAOLINCO, PUEBLO DE
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El Capitán Don Nicolás Flores Altamirano, dueño del ingenio San Miguel Almolonga, dijo que el Lic. Don Nicolás Roxer[Rogel], cura beneficiado que fue de Naolinco, por cláusula del poder para hacer su testamento, su fecha en Los Ángeles a 15 de diciembre de 1678, le nombró su albacea junto con otras personas, y respecto de hallarse muy ocupado en negocios importantes del ingenio, no puede acudir al cumplimiento de dicho poder y albaceazgo, por lo tanto, se desistió y apartó de los efectos del albaceazgo que le fue conferido.
El Capitán Don Claudio Teodoro de Ceballos, hijo legítimo del Capitán Don José de Ceballos y Burgos, difunto, su heredero, albacea y tenedor de bienes principal, por sí, y en nombre de sus fiadores el Alférez Diego Domínguez Muñiz y de Jacinto Méndez, vecinos del pueblo de Naolinco; Cristóbal de Zárate, vecino de Jalapa. Así mismo su fiador, se obligaron a que dicho principal, dará cuenta con pago de todas las haciendas y bienes que Juan Velázquez de Escobedo, Juez Comisario despachado de la Inquisición, le entregare hasta que dicho tribunal le mande devolverlos.
Don Francisco Munguía, don Juan José de Acosta, don José de Guevara, don Antonio de Acosta, don Francisco Pérez, don Miguel Pérez, don Francisco de Aguilar y don Manuel de Acosta, vecinos del pueblo de Naolinco, dijeron que por rematarse en arrendamiento los diezmos del ramo de Naolinco por la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Los Ángeles, otorgan poder especial a don Nicolás Mariano Domínguez, vecino de Naolinco y arrendatario actual de dichos diezmos, para que los obligue como sus fiadores de la cantidad de las posturas, pujas y mejoras que hará para obtener nuevamente el arrendamiento de dichos diezmos.
Don Miguel Eustaquio Cardeña, Escribano y Notario Público de estos reinos, otorga poder especial a don Joaquín Martínez, vecino del pueblo de Teziutlán, para que en su nombre prosiga, termine y acabe todas las acciones, tasaciones y autos que sobre las tierras de Maxtatlán sostiene con don Antonio García Campomanes, vecino del pueblo de Naolinco.
El Presbítero Bachiller don Francisco de Campo, Clérigo de esta vecindad, dijo que en esta ciudad el 29 de marzo de 1802 ante don Ignacio José Justiniano, Escribano Público y de Cabildo, otorgaron escritura don Francisco Javier de Olartegoechea como apoderado de los Cañetes, don José Francisco Díaz y Torres, don Mariano de Acosta, don Mariano de Campo y don José Antonio Viveros, todos troncos de los herederos del difunto Capitán don Manuel de Acosta. En la citada escritura, pusieron en poder de don Manuel Viveros, vecino del pueblo de Naolinco, por vía de depósito 10 caballerías de tierras, de las que llaman el Tecuane en términos del mismo pueblo de Naolinco, con el arbitrio de que se pudiera disfrutar de sus rentas en recompensa de 1 000 pesos que el susodicho Manuel Viveros les entregó para sus urgencias en dinero de contado. En virtud de ese contrato, Viveros ha tenido posesión de las nominadas 10 caballerías de tierra, percibiendo sus arrendamientos hasta que las entregó a don Rafael de Aguilar, vecino del mencionado pueblo de Naolinco, en atención a haber entregado éste a aquel, los relacionados 1 000 pesos, por cuya razón Viveros traspasó a Aguilar los derechos hipotecarios y usufructuario que al primero de los dos le competía. Asimismo, dijo que dentro de las 10 caballerías que Aguilar tiene en posesión, se encuentran intercaladas una y media caballerías de tierra, en el mismo Tecuan, que pertenecen exclusivamente a don José Reyes y Acosta, que murió en el año de 1810, dejando por viuda a doña Josefa Meza, y algunos hijos, de los que solo vive doña María de Jesús Leocadia; situación por la cual, el comparente Presbítero don Francisco de Campo, otorga y declara que don José Reyes y Acosta, y en representación de éste su hija doña María de Jesús Leocadia Reyes y Meza, es dueña de una y media caballería de tierra comprendida dentro de las diez de que ya se ha hecho mención.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO PÚBLICOEl ciudadano presbítero Manuel María Carvajal, cura propietario del pueblo de Naolinco de este cantón y actual diputado del Honorable Congreso de este Estado Libre de Veracruz, otorga poder especial a don José Volante y Ocariz, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre lleve a cabo el juicio de apelación ante aquel Tribunal Superior de Segunda Instancia, en el pleito ejecutivo que tiene en el juzgado de primera instancia de la ciudad de Tlaxcala contra don Esteban Orozco, dueño de la hacienda de Aticpa y rancho anexo, sobre cantidad de pesos que le adeuda de premios devengados, por capital que reconoce esta finca.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José María Rivera, originario del pueblo de Naolinco, vecino de esta ciudad, hijo legítimo de don Antonio José Rivera y doña Inés Viveros, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que habiendo contraído matrimonio con doña Dolores Sayas hizo con ella vida conyugal hasta el año de 1820, en que por haber adulterado dicha señora, según consta en la causa criminal que se siguió contra ella y para en el oficio público de esta ciudad, quedaron separados ambos conyugues, sin haber vuelto a reunirse ni un solo momento. Declara que durante el tiempo que vivió maritalmente con su citada esposa hubo por hijos a doña Rafael Bernarda y a doña Petra Plutarca y otros que murieron en su infancia. Declara que las dos expresadas sus hijas se hallan casadas, doña Rafaela con don José Antonio Casas y la doña Petra con don Francisco Pérez Rincón, y que ninguna de sus dos hijas expresadas ha recibido cantidad ni cosa alguna, en razón de dote ni de otra manera. Declara que en el año de 1820 al tiempo de separarse de su esposa la nominada doña Dolores no tenía más bienes que 250 pesos del valor que le tocó en la división de su herencia paterna, consistente en una casa, y que a la vez tenía varios acreedores que le habían dado habilitaciones de consideración, siendo uno de ellos don Bernabé de Elías Vallejo que le prestó 4 000 pesos; y otro don Manuel Ignacio Aparicio en compañía de su tío don Antonio José Rivera a quien debía 2 800 pesos, cuyas deudas pagó paulatinamente. Declara que sus bienes consisten en la casa de su habitación con la fábrica de aguardiente anexa a ella; en las otras dos casas contiguas a la expresada, que llega hasta la esquina de la plazuela del Carbón y bajan por la cuesta de Xallitic hasta encontrar con la fábrica mencionada; en otra casa que fue comprada a doña Carmen Rivera que está en medio de las de don José María León y de los hijos de don Domingo Cereseto alias Piamonte; en un trapiche situado en la hacienda de Sosocola, con los respectivos campos de caña y todos los aperos necesarios; y finalmente en todas las cercas, casas y cualquiera otra finca o mejora que haya en la expresada hacienda, pues ésta la recibió en arrendamiento sin más que las tierras y la casita que se halla respecto al río de Sedeño, que fue la que habitaron antiguamente los dueños de la misma finca. Ordena que el quinto de sus bienes, deducidos los gastos que se tienen que cubrir, quede a cargo de sus albaceas, quienes administrarán las casas que lo compongan y entregarán mensualmente a doña Romana Casanova su líquido para que disfrute de él mientras la señora viva y no se case, y se distribuirán los bienes del quinto entre todos sus nietos con igualdad. Ordena que, a Teodora Contreras, de esta vecindad, y lavandera antigua de su casa, se le consigne un cuartito de algunas de sus casas para que durante sus días viva en él sin que se le cobre renta alguna. Nombra por sus albaceas a sus hijos políticos don José Antonio Casas y don Francisco Pérez Rincón, y a su primo don Antonio María de Rivera. Instituye por sus universales herederos a las dos referidas sus hijas, doña Rafaela Bernarda y doña Petra Plutarca Rivera.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOPara la dicha información, el Lic. Diego Martín de los Reyes, presentó por testigo a Gaspar de los Reyes, español, vecino de Naolinco, y preguntado sobre la memoria de que se ha hecho mención, declaró haber conocido a Doña Isabel de los Reyes, mujer de Francisco Marcos de Velasco, y que por el mes de octubre le llamaron para ser testigo de la dicha memoria y cuando Doña Isabel de los Reyes la hizo, ella estaba en su juicio, y mandó se guardase lo escrito en ella.
Para la dicha información, el Lic. Diego Martín de los Reyes, presentó por testigo a José Díaz, español, vecino de Naolinco, maestro de herrería y siendo preguntado, este testigo dijo haber conocido a Doña Isabel de los Reyes, quien estando muy en su sano juicio, otorgó la memoria donde expresó su última voluntad y la firmó con los demás testigos.