Stuk PC_0014_0038 - Zonder titel

Identificatie

referentie code

MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0038

Titel

Zonder titel

Datum(s)

  • 1784/12/01 (Vervaardig)
  • Córdoba (Vervaardig)

Beschrijvingsniveau

Stuk

Omvang en medium

96 – 96 vta. 99 – 101 vta.

Context

Geschiedenis van het archief

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Inhoud en structuur

Bereik en inhoud

Don Pedro Gutiérrez, Regidor Perpetuo, Alférez Real, Procurador para administrar y arrendar los propios de esta villa de Córdoba, otorga que da en arrendamiento a don Miguel Gutiérrez, de esta vecindad y república, 2 caballerías de tierra con exceso de algunas varas más en que tiene fundados sus ranchos, de dichas caballería una ubicada en el paraje que nombran monte de Totutla que linda por el oriente con tierras pertenecientes a la hacienda de hacer azúcar nombrada Señor San Antonio; por el poniente con tierras en que se halla fundado el rancho de don Thomas [Tomás] Pérez Richardi [Ricardi]; por el norte con el camino real que de esta villa sale para la ciudad de Veracruz; por el sur con el arroyo que se haya en medio de dichas tierras y las de la pertenencia de la hacienda nombrada San José de Gracia. La otra caballería y las varas de exceso están ubicadas en el paraje que nombran el Potrero, lindan por el oriente con tierras pertenecientes a los propios de esta villa que posee don Bartolomé González; por el poniente con rancho del Capitán don Francisco Antonio de la Llave; por el norte con tierras igualmente de dicho propios que posee el referido don Bartolomé González en la hacienda nombrada Santa Ana; por el sur con el camino que va a la hacienda del Potrero y Ojo de Agua. El arrendamiento es por tiempo de nueve años, en precio la primera caballería de 12 pesos 4 reales y de la otra con las varas de exceso en 12 pesos y 5 reales, componen ambas cantidades 25 pesos un real, que ha de dar el mayordomo en cada un año, bajo las condiciones siguientes: Primera, que no ha de sembrar caña dulce; segunda, que no ha de introducirse en ella otro tercero; tercera que no ha de traspasar dicha tierras a sujeto de extraña jurisdicción; cuarta en caso de traspaso ha de dar noticia al Cabildo.

Waardering, vernietiging en slectie

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  • Spaans

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    Aantekeningen

    Aantekening

    Documento deteriorado. Al final d la escritura dice: “Sacose de su original al día de su otorgamiento […]”. Protocolo con actas notariales de distintos años, encuadernados en desorden.

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    Publicado

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    Gedeeltelijk

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