Don Antonio Vázquez Ruiz, del comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Francisco Esteban Sánchez, vecino de este pueblo, para que tome cuentas de las personas que le deban por escrituras, cédulas u otros derechos, también para que compre la hacienda y molino de Sedeño, que se encuentra en las inmediaciones de Jalapa, y que posee el Capitán Alonso de Alba, en el precio que por bien estuviese ajustar, pagando en dinero de contado, obligándolo a la paga de cualquier cantidad de pesos que por vías de compras, fianzas o de otra manera se adeudasen.
MOLINOS
4 Archival description results for MOLINOS
Don Francisco Maniau y Ortega, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan Ignacio de Aristizabal, vecino de la Ciudad de los Ángeles, para que saque la cantidad de 3, 000 pesos oro común de cualquier convento, capellanía, obras pías, tesorerías, mayordomías o cualquiera persona que le quiera prestar, a censo redimible con obligación de réditos de 5 % anuales, hipotecando un molino para moler pan que tiene en este pueblo.
El Capitán Gonzalo Márquez de Acevedo, Alguacil Mayor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición, vecino del pueblo de Jalapa, natural de la Villa de Trigueros del Condado de Niebla en España, hijo legítimo de Lorenzo Márquez y Ana Pérez, otorga poder para testar a doña Josefa de la Peña, su mujer. Declara ser hermano de la Cofradía de las Benditas Ánimas, Santa Veracruz, y Santísimo Sacramento en la parroquia de este pueblo. Declara ser patrono de las capellanías que fundaron Francisca Díaz Becerra sobre el molino de pan moler que nombran de Sedeño en la Iglesia y Convento de San Francisco y de la capellanía que instituyó Isabel López Muñoz, asimismo es hermano de la que instituyó María de la O Muñoz sobre el rancho y sus tierras que está contigua al molino de pan moler; para tal caso nombra como patronas a Josefa de la Peña, a Ana Márquez de Acevedo, su hija, y a Álvaro de Paredes y Valdéz, también su hijo. Nombra como albaceas testamentarias a su mujer, a Sebastián de la Peña, su hermano y a su hijo. Como heredera nombra a su hija Ana Márquez de Acevedo.
El Capitán don Antonio Primo de Rivera, vecino de este pueblo de Jalapa, Administrador de las Rentas Reales de esta jurisdicción, se obliga a pagar a don Pedro Verdes Montenegro, vecino de España y residente en este pueblo, la cantidad de 2, 908 pesos 3 y medio reales, por concepto de varios efectos de Castilla, para asegurar la deuda hipoteca una finca en términos de este pueblo, la que se compone de un molino de moler pan, una tenería y una ladrillera.