El Capitán José Jiménez, vecino y natural de la ciudad de la Nueva Veracruz, hijo legítimo de Andrés Jiménez y de doña Antonia de Barrios, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara haber estado casado en primeras nupcias con Bárbara de Olarte y por segundas nupcias con doña Magdalena de Chavarría, asimismo, declara no tener hijos ni del primer ni del segundo matrimonio. Dijo que antes de subir a esta villa, estando gravemente enfermo, hizo una memoria firmada de su nombre, la cual entregó al Reverendo Padre Predicador Fray Gaspar de Espinosa, Comendador del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de la Nueva Veracruz, intitulada con el rótulo para el Reverendo Padre Procurador General Fray Andrés Jiménez, su hermano, de dicha Orden de Nuestra Señora de la Merced. Asimismo, dejó hecho un poder para testar y un codicilo otorgado en dicha ciudad ante Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad. Es su voluntad que un negrito criollo de quince años de edad, nombrado Juan, hijo de Lucía, su esclava, dando 100 pesos a sus albaceas obtenga su libertad. Declara que del tiempo que tuvo en arrendamiento la hacienda San Nicolás de Asperilla, solo está debiendo 90 pesos. Declara le deben Tomás Ramírez, vecino de la orilla de Jamapa, 6 pesos; Francisco Loango, negro libre, vecino de Medellín, 30 pesos; el Capitán Juan Carrega y su hijo Francisco Carrega, sujetos que tienen plaza en San Juan de Ulúa, 107 pesos de dos vestidos que les vendió. Declara tener hecho un vale a favor de José Guerrero Vázquez, Mayordomo de la hacienda de Santa Fe, de unos reales procedidos del arrendamiento de las tierras de San Julián. Declara haber comprado de armazón tres esclavos, de los cuales se le huyó uno nombrado José, casta Mina. Es su voluntad que el Padre Comendador Fray Gaspar de Espinosa, le entregue a su hermano, el Capitán Juan Jiménez, la memoria que lleva citada, cerrada como se la dio, la cual abrirá su hermano extrajudicialmente y hará lo que le tiene comunicado en ella, añadiendo y quitando lo que le tiene dicho, para lo cual le otorga poder especial, revocando desde luego dicha memoria. Manda se den 10 pesos a la hermandad de la Virgen del Rosario de esta villa. Nombra por albaceas testamentarios al Capitán Juan Jiménez, su hermano, y al Bachiller don Félix Bolado de la Barrera, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz; y por solo tenedor de bienes al dicho Capitán Juan Jiménez. Nombra como heredera de la mitad del remanente de sus bienes a su alma, asimismo, ordena que la otra mitad entre en poder del Capitán Juan Jiménez, para que la utilice en las cosas que le tiene comunicado.
Zonder titelMINA, NACIÓN
2 Archivistische beschrijving results for MINA, NACIÓN
Diego Pegueros Rranxel [Peguero Rangel], residente en esta villa de Córdoba, declara que Sebastián y Juana su mujer, y Diego “negros minas”, sus esclavos, se le “huyeron” y fueron aprehendidos por fugitivos en esta jurisdicción y puestos presos en la cárcel pública de esta villa. Y debido a que no se presentó a recuperarlos, el entonces Alcalde Mayor don Lope de Yribas [Iribas] los entregó en depósito al Capitán Nicolás Blanco, para que los tuviere trabajando en su trapiche de hacer azúcar por ciertos salarios, con cargo que debía pagar 70 pesos a dicho alcalde por lo que pagó a los negros de San Lorenzo y al alcaide de la cárcel por la aprensión y sustento de dichos negros. También señala que para recuperar a dichos esclavos y gozar de los sueldos debía tener orden del alcalde mayor o juez competente; razón por la cual pidió a la autoridad la entrega de dichos esclavos y salarios y por auto proveído le fue concedida. En este sentido dicho Capitán Nicolás Blanco y el compareciente ajustaron cuentas de los salarios devengados y de ellos tuvo un alcance en 45 pesos y 3 tomines de oro común, los cuales recibió en reales de contado. Finalmente, dijo que dicho Capitán Nicolás Blanco pretendía entregarle los tres esclavos, junto con una mulatita nombrada María y un negrito nombrado Nicolás hijos de la dicha Juana, pero acordaron en que dichos esclavos queden en poder del Capitán Nicolás Blanco; y para cumplir con el presente acuerdo otorga que deja a Sebastián, Juana y Diego, sus esclavos en poder del dicho Capitán Nicolás Blanco, para que por el tiempo de su voluntad le sirvan en dicho su trapiche en lo que los quiera ocupar dichos dos negros a razón de 4 pesos por cada mes y la dicha negra por 12 reales.
Zonder titel