Don Felipe Robledo y Torre, Capitán del Regimiento de Infantería de Milicias Provinciales de Valladolid de Michoacán, residente en esta Villa, otorga poder general a don Isidoro Puente y Robledo, vecino de aquella Ciudad, para que demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar, las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante. También se le confiere especial para que liquide cuentas, perciba y cobre de los albaceas y herederos de don Antonio de Arce, las cantidades que resulten deber por las cuentas que ha percibido y manejado de las haciendas y negociaciones de su pertenencia.\t
MICHOACÁN
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Don Ruperto Mier y Corral, Subteniente de Granaderos del Regimiento Provincial de Infantería de Valladolid de Michoacán, residente en esta Villa, otorga poder general a don José María Obeso, Capitán del mismo Regimiento, residente en dicha ciudad de Valladolid, para que a su nombre demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante. También se lo confiere para que cobre de don Agustín Barandiarán, vecino de la Ciudad de Pátzcuaro, 3 000 pesos que tiene retenido en su poder, pertenecientes del legado que de ellos le hizo su abuelo don José Ignacio del Corral, vecino que fue de la Ciudad de Pátzcuaro.
Don [Juan] Manuel González de Cosío, Capitán de la primera Compañía de Granaderos del Regimiento de Infantería Provincial de Valladolid, en Michoacán, residente en esta Villa, natural del Lugar de Cosío, obispado de Santander, de 58 años, soltero, otorga su testamento, ordena se le den a su hermana, María González de Cosío, viuda, la cantidad de 4 000 pesos; manda se den a premio 4 000 pesos para que con sus réditos un maestro enseñe primeras letras a los niños pobres de su país; nombra como patrono de la obra pía a su hermano Francisco González de Cosío. Declara tiene compañía de intereses en su casa de comercio en Valladolid con su dependiente Juan José de Aguirre, quien tiene asignada la tercera parte de utilidades. Es su voluntad se le den a sus sobrinos y albaceas don Fernando, don Antonio y don Juan González de Cosío 6 000 pesos en plata a cada uno.