Juan Bautista de Arroyta, Escribano Público de la jurisdicción de Jalapa, otorga poder general a don Antonio José de Vidaurri, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que lo represente en todos sus pleitos, causas civiles, criminales, eclesiásticos y seglares comenzados y por comenzar, demandando y defendiendo con cualquier comunidad, así como para otras causas que con derecho pueda.
MÉXICO, CIUDAD DE
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Doña María Nicasia Meléndez, viuda y albacea de Ignacio de Zárate, dijo que Diego Rodríguez, vecino de los Reinos de Castilla, dejo por sus albaceas a dicho su marido y a don Manuel García Cosío y habiendo fallecido su marido dejo un poder para testar en el que dejo como albacea a la otorgante y a don Manuel García Cosío, y habiendo defraudado dicho García Cosío mucha parte de sus bienes y por no haber dado cuenta de la herencia ultramarina del difunto Diego Rodríguez, otorga poder especial a don José Antonio de Acosta, Justicia Mayor de esta jurisdicción, junto con don Fernando Butrón y Mojica, don Gregorio Rodríguez Toral y don Felipe Antonio de la Peña, Escribano Real, vecinos de la Ciudad de México, para que la defiendan de los fraudes, que el citado Manuel García Cosío realizó con el testamento de su difunto esposo.
Don Diego Cardeña, Escribano Público de esta jurisdicción, otorga poder especial a don Nicolás Dávalos y Rayo, Agente de Negocios en el Real Palacio y Contador del Tribunal de Bienes y de Difuntos en la Ciudad de México, para que en su cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías y demás bienes que le deban. Y para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares.
Doña Francisca Casados, viuda de don Juan Bautista de Arroyta, Escribano Público que fue de esta jurisdicción de Jalapa, otorga poder especial a Don Feliciano de Ulloa Sevilla, vecino de la Ciudad de México, para que en su nombre comparezca ante señores y tribunales superiores e inferiores, de cualquier jurisdicción y ponga la demanda de otorgarle a su hijo el puesto de Escribano, que ejerció su difunto esposo, y que por no haber hecho la renuncia debida, fue destituido para ejercer ese oficio.
Don Juan Montañés de la Cueva, vecino de este pueblo de Jalapa, Escribano Público, Real y del Cabildo y Regimiento de la Ciudad de la Nueva Veracruz, informa que por concurso de los acreedores de los bienes del señor Juan José de Thormes, éste posee unas casas que están gravadas con impuestos, los cuales se pagan por medio de limosnas al convento del señor San Francisco, de este pueblo de Jalapa, por un monto de 1, 000 pesos, los que está obligado a cubrir, por medio de un poder que se otorga al Brigadier don José Joaquín de Flores Moreno, Abogado de la Real Audiencia, Promotor y Fiscal, vecino de la Ciudad de México, facultado para hacer valida la citada obligación.
Don Marcos Diego, Alcalde, junto con los demás oficiales del pueblo de Santa María de la Asunción de Yecuatla, en voz propia y la de los naturales de este pueblo, otorgan poder general a don Diego Cardeña, Escribano Público y vecino del pueblo de Jalapa, junto con don Nicolás Guerrero Lobato, vecino de la Ciudad de México y don Felipe Antonio de la Peña, vecino de la Ciudad de México, para que los representen en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Don Benito Jerónimo, Gobernador de Jalacingo, Toribio Sánchez, Gobernador de Atzalan, y su Escribano Pedro García, en nombre de sus pueblos, otorgan poder especial a don Nicolás Guerrero Lobato, Procurador del Número de la Real Audiencia de la Ciudad de México, junto con don Juan de Lucena, Escribano del Rey y vecino de dicha ciudad, para que pidan y supliquen a su majestad, les releve del pago de tributos a ambos pueblos.
Diego Cardeña, Escribano Público de esta jurisdicción y la de Jalacingo, renuncia al citado oficio, para otorgarla a don Juan de Lucena, Escribano de la Ciudad de México, o a Miguel Eustaquio Cardeña, su hijo.
Comparecieron don Miguel Zires, agente de la empresa de diligencias establecida en México, transeúnte en esta ciudad; y don Félix Lucido, vecino de ella, como apoderado de la señora Piedad Due, quienes exhibieron una escritura otorgada en la ciudad de México el 18 de febrero del presente año, ante el escribano don Ramón de la Cueva, en la que consta que la señora Due, viuda de don José María Suárez, vecino que fue de Plan del Río, y don Diego Ramón Somera, que hoy es dueño del establecimiento todo de Diligencias Línea Unida, rescindieron el contrato que Suárez celebró en 1º de abril de 1835 para servir los extraordinarios que ocurrieran desde Corral Falso a Veracruz en los puntos de ese derrotero por el término de cinco años, el cual por su fallecimiento quedó a cargo de la citada esposa, quien por los motivos que en dicha escritura se menciona ha renunciado expresamente el año y días que faltan para concluir dicho contrata bajo las cuatro condiciones que en ella fueron sentadas. Y el señor Zires dijo que faltando solo que el señor Lucido como apoderado actual de la señora Due le haga entregas de las postas que administra en Veracruz, la Antigua, Puente Nacional, Plan del Río y Corral Falso, y estando anuente a hacerlo luego que fue impuesto de la resolución de su poderdante, han convenido en que dicha entrega se haga en este día bajo las bases y condiciones que expresa el papel que en dos fojas exhibe. Por lo que, a través de la presente, ratifica los cuatro artículos que contiene dicho convenio, obligándose el señor Zires por don Diego Ramón Somera, y el señor Lucido por la señora doña Piedad Due, a cumplir respectivamente, cada uno, por lo que les corresponde en las cláusulas estipuladas sin variar su sentido.
Zonder titelDon Manuel Rincón, general de división del Ejército, residente en este suelo, otorga poder general a don Andrés Bocelo, primer ayudante de caballería, residente en la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, requiera de pago a don Vicente Pancorbo, de aquella misma vecindad, por la cantidad de 5 570 pesos que le es deudor desde el 29 de diciembre de 1837, con los premios que se devengasen a razón del 1 y medio por ciento mensual, según consta por escritura de la citada fecha ante el escribano don José María Moya. Asimismo, cobre lo que le adeuda por arrendamiento de la casa número 13 de la calle de la Palma de dicha capital, y todo lo demás que Pancorbo le deba sea cual fuere su origen.
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