Juan Sánchez Monje, vecino de esta provincia, haciendo de deuda ajena suya propia por los naturales de Xicochimalco, se obligó a pagar a Pedro de Idiaquez, vecino de la ciudad de México, persona en quien se remataron los tributos de maíz a su Majestad de la cosecha de 1624, valorizados en 164 pesos, precio de 73 fanegas y 4 almudes de maíz que los dichos naturales debían a su Majestad, a razón de 18 reales la fanega, para el día de Navidad del presente año, todos juntos en una paga.
MÉXICO, CIUDAD DE
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El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, residente en su ingenio de azúcar, en esta provincia, dio su poder cumplido a Esteban Gutiérrez de Peralta y a Don Alonso de Córdova, residentes en la ciudad de México para que en su nombre otorguen la fianza que les fuere pedida por el señor Contador General de Tributos Mateo de Arostegui, hasta en la cantidad de 2 000 pesos de oro común, de los tributos reales que ha de cobrar en la ciudad de Cholula Don Luis de Córdova[Luis de Córdoba], caballero del hábito de Santiago, como Alcalde Mayor y Receptor de Tributos, cerca de lo cual, otorguen las escrituras de obligación y deudo en la dicha cantidad.
Doña Isabel del Castillo, viuda del Capitán Antonio de Guadalajara[Antonio Guadalajara], vecina de la ciudad de México, concertó el casamiento de su hija Doña Ana del Castillo y Guadalajara[Ana de Guadalajara y Castillo], con Don Diego de Orduña Loyando, hijo de don Francisco de Orduña Loyando y de Doña Agustina de Villanueva, vecinos de la ciudad de Los Ángeles; para lo cual, Doña Isabel del Castillo se obligó a dar de dote al dicho Diego de Orduña, 20,000 pesos de oro común en reales y una hacienda de labor ubicada en términos de Tlalnepantla, con cinco caballerías de tierra, casa de morada, los aperos de ella, 100 marcos de plata labrada, 4 esclavos, ropa, joyas, y otras cosas; y el dicho Francisco de Orduña aceptó la promesa de dote, prometiendo en arras proternupcias, 6000 pesos para el acrecentamiento de la dote de Ana del Castillo. Aunque por ser primos segundos los contrayentes, era necesaria la dispensación de Su Santidad o del Nuncio Delegado, y una vez conseguida ésta, se podrá efectuar el matrimonio.
El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, residente en su ingenio de San Pedro Buenavista, en esta provincia, y Antonio de Guadalajara y Orduña, su hijo legítimo y de Doña Ana de Guadalajara[Ana de Guadalajara y Castillo], el primero como actual poseedor del mayorazgo y el segundo como heredero del mismo, dieron su poder cumplido a Amador Gutiérrez, a Pedro Matienzo y a Juan Martínez, Procuradores en la Real Audiencia de México, para que los obliguen por escritura de censo en favor de Don Francisco de Luna y Arellano, de Don Carlos, Don Diego, Doña Agustina y Doña Alvara, sobrinos del referido Diego de Orduña, a pagar 2 000 pesos de oro común de renta en cada un año y 40 000 pesos de principal, el cual censo se imponga sobre el ingenio de San Pedro Buenavista, casas, esclavos, tierras, ganados, y otros bienes del mayorazgo.
Luis Pacho Mejía, vecino y regidor de la ciudad de México, residente en su ingenio nombrado Nuestra Señora de los Remedios, dio su poder cumplido al Doctor Pedro Cano, abogado y receptor de la Real Audiencia de la ciudad de México, generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que pueda cobrar los pesos de oro, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones que le fueren debidos, y a los bienes que quedaron de Bernardino Paredes, primer marido que fue de Doña Isabel Vázquez de Ávila, y primera mujer del otorgante.
Juan Duarte, vecino y mercader de Jalapa, haciendo de deuda ajena suya propia, se obligó por su persona y bienes a que luego que Juan Luis León, vecino de Jalapa, llegue a la ciudad de México pagará a Matías del Castillo, 835 pesos y 4 tomines de oro común que restan de 1 435 pesos y 4 tomines, precio de los tributos de maíz y otros géneros de los años de 1628 y 1629, y si dentro de un mes no se hubiere pagado el adeudo, él lo pagará sin pleito alguno.
El Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, y su esposa, Doña Josefa de Arellano e Irala[Josefa de Irala y Arellano], vecinos de esta provincia, dueños de los ingenios La Santísima Trinidad y Nuestra Señora de la Concepción, dieron su poder cumplido al Alférez Juan Montero, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, generalmente para todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y especialmente, para que en sus nombres parezcan ante todas las justicias de esta Nueva España y hagan las diligencias, pedimentos, presenten sus escritos, papeles y probanzas, en razón de su naturaleza, limpieza, y abolengos maternos y paternos, los cuales se han de hacer en las ciudades de México, Los Ángeles y la nueva Veracruz.
El Lic. Martín de Albistar, presbítero, residente al presente en este pueblo, vecino de la ciudad de México, dio su poder cumplido al Bachiller Nicolás de Albistar su hermano vecino de la dicha ciudad, generalmente para en todos sus pleitos causas civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar cualesquier pesos de oro, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones que le fueren debidos en esta Nueva España.
Antonio de Castro, y su esposa, Francisca Manuela, vecinos de Jalapa, se obligaron a pagar a Juan Ruiz, vecino de la ciudad de México, 600 pesos de oro común de una escritura de obligación de plazo vencido, para fin del mes de diciembre del presente año, juntos en una paga.
El Lic. Juan Díez de la Barrera, presbítero, vecino de la ciudad de México, residente al presente en este pueblo, dio su poder cumplido a Pedro de Ledezma, para que en su nombre pueda recibir y cobrar los pesos de oro y otros bienes que le deban en este pueblo o en otra cualquier parte.