Andrea de Osses, vecina de esta villa de Córdoba, viuda, mujer que fue de Francisco de Arano, dijo posee en esta villa una casilla cercada [de madera] y por una parte paredes de [cal], cubierta de teja, con solar en que esta edificada [roto] de varas de frente y 50 de fondo, que linda por la parte del poniente con solar de Domingo Merodio [roto]; y por el sur con otro que fue del Capitán [roto] que quedó por bienes del dicho su marido. El solar y casa tienen situados y cargados [118 pesos y 6 reales] a censo redimible a favor de [la cofradía de Jesús] de Nazareno de las Tres Caídas, sita en la [iglesia] parroquial de esta dicha villa. Dicha cantidad resultó del alcance que tuvo su marido en la cuenta que dio de los bienes de dicha cofradía durante el tiempo en que fue mayordomo de ella, y por no tener con que pagar los cargó a censo sobre dicho solar y casa, con licencia que tuvo de la Real Justicia. Por tanto, otorga que traspasa a Alonso Gómez Dávila, sus herederos y sucesores dicha [casa y solar], por la mencionada cantidad de censo, con obligación de pagar anualmente al mayordomo de dicha cofradía 5 pesos y 7 reales y medio en tanto no se redima el censo, y a guardar y cumplir las cláusulas y condiciones de la escritura de su fundación.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOMAYORDOMOS
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Joseph [José] de Nares, Capitán actual de la Compañía de Pardos libres de esta villa de Córdoba, vecino de ella y natural de la ciudad de Jibraltar [Gibraltar] en los Reinos de Castilla, hijo de Antonio de Nares y Suárez, y de [roto] Suárez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito de San Francisco y sepultado en la iglesia de esta villa, delante del altar de Jesús Nazareno de las tres caídas, de cuya cofradía es hermano y actual mayordomo. Manda se dé limosna a cada una de las cofradías citas en la iglesia de esta villa. Declara por bienes suyos, la casa de su morada con sus dos tiendas y el solar en el que está construida; la cantidad de 3 170 y 2 reales en géneros de mercaderías de la tierra de Castilla que tiene en una de las mencionadas tiendas, la cual está administrada por Francisco de Escamilla, pardo libre; 200 pesos de mercaderías de Castilla que tiene en la otra tienda, además de una mulata su esclava, nombrada Jacinta, que está en poder de Agustín Domínguez, su compadre, a quien la tiene vendida en 200 pesos y de la que no le ha dado cosa alguna. También se incluyen por bienes suyos los trastes, muebles, ropa de vestir, dos mulas de silla, 200 pesos en reales, cuatro marcos de plata en pasta. Señala le adeudan diferentes personas cantidades de pesos, que constan por libro de cuentas. Él tiene deuda con Pedro Pablo Sánchez [López], Sargento Mayor de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, de la cantidad de 4 000 pesos, que empleó en mercaderías. Declara estar casado con Ygnacia [Ignacia] Díaz [de Salazar], y durante el matrimonio procrearon a Agustín, María [de Jesús], Joseph [José], Beatriz, Juana, y Rosa de Nares. Nombra por sus albaceas testamentarios, cumplidores y pagadores a la dicha Ygnacia [Ignacia] Díaz, Francisco de Escamilla y Domingo Merodio; por tenedora, tutora y curadora de las personas y bienes nombra a la dicha Ygnacia [Ignacia]. Por último, nombra herederos a sus hijos. Señala por sus hijos naturales a Francisca Hernández, y Pascuala Hernández, hijas de la difunta Juana Hernández.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOAndrea de Osses, mujer de Francisco de Arano, pardo libre, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que su marido ha sido mayordomo por tiempo de dos años de la cofradía de Jesús de Nazareno de las [tres caídas], sita en la iglesia parroquial de esta villa, y de [roto] de oro pertenecientes a dicha cofradía que fueron a cargo [del dicho] su marido como tal mayordomo, de cuyo cargo restó debiendo 118 pesos y 6 reales, como parece del ajuste de cuentas que está en el libro de dicha cofradía. Y porque el mayordomo y diputados de ella quieren cobrarlos de los pocos bienes que tienen, cosa que es de notable prejuicio para la otorgante por quedarse sin casa en que vivir y sin las pocas alhajas que tiene, ha convenido con ellos, con consentimiento del cura beneficiado de esta villa, el Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Paba [Pava], en que en el ínterin en que el dicho su marido vuelve a su juicio, del que está falto, o la otorgante pueda satisfacer dicha cantidad en que el dicho su marido fue alcanzado, pagará a la cofradía el rédito a razón de cinco por ciento anual, con cargo de que lo que vaya pagando prorrata, se le ha de descontar el rédito que le corresponda, para lo cual ha de hipotecar la casa que tienen en esta [villa]. Y por cuanto este convenio le es de mucha utilidad y por que es mujer casada y no puede otorgar dicha escritura sin la licencia [de su marido], quien esta dementado, suplica al alcalde mayor se sirva recibir información del impedimento de su marido para darle dicha licencia y le conceda él la licencia para otorgar la escritura.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOAndrea de Osses, mujer de Francisco de Arano, pardo libre, vecina de esta villa de Córdoba, se obliga a pagar a la cofradía de Jesús Nazareno de las tres caídas, sita en la iglesia parroquial de esta villa, 5 pesos y 7 tomines y medio de réditos anuales de 118 pesos y 6 reales a razón de cinco por ciento, por tercios corridos al fin de cada cuatro meses, cantidad en que fue alcanzado su marido cuando fue mayordomo de dicha cofradía y quien al presente se encuentra dementado. Para seguridad de la deuda hipoteca una casa de vivienda, que linda por el poniente con solar de Domingo [roto], y por el sur con uno del Capitán Joseph [José] Blanco.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOBenito Rendón, vecino de esta villa, Mayordomo de la cofradía del Santísimo Sacramento sita en la iglesia parroquial de esta villa, otorga que ha recibido de doña María de Brito Lomelín, viuda del Capitán don Tomás López de Sagade, la cantidad de 300 pesos de oro común en reales que son los mismos que estaba obligada a pagar a dicha cofradía, procedidos de la venta de Domingo, negro, donado por don Tomás López de Sagade a la cofradía, y como tal su mayordomo lo vendió a la susodicha.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALDoña María de Brito Lomelín, viuda del Capitán don Tomás López de Sagade, vecina de esta villa de Córdoba, dueña de hacienda del beneficio de fabricar azúcar en su jurisdicción, otorga que vende a la cofradía del Santísimo Sacramento sita en la iglesia parroquial de esta villa, en su nombre a Benito Rendón, su actual Mayordomo, 15 pesos de oro común de censo tributo y rédito en cada un año de los que corrieren desde hoy día hasta la redención del principal, los cuales impone a censo principal redimible sobre sus bienes, especialmente sobre la hacienda de trapiche de fabricar azúcar nombrada San Joseph [José Suchiatl], la cual se compone de 14 caballerías de tierra, con sus casas y viviendas, calderas, moliendas y de purgar, 17 suertes de caña dulce, esclavos y demás aperos. Dichos 15 pesos los vende a la cofradía por precio de 300 pesos de oro que Benito Rendón le ha entregado.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALDon Francisco Estévez, Alcalde Ordinario de esta villa, mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de ella, exhibió una escritura de obligación, su fecha en esta a 23 del presente mes y año, que otorgó don Juan Rodríguez Teiseira, por la cantidad de 200 pesos y de pagar sus réditos de 5 por ciento en cada un año al mayordomo que es o fuere de dicha cofradía, con obligación de hipoteca de una casa de cal y canto cubierta de teja, en un solar de 25 varas en cuadro, que posee en esta villa, en esquina que hace frente calle en medio, con esquina y casa de Francisco del Pino y por el otro lado con casa del Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, y hace frente calle en medio con esquina y casa de don Francisco de la Peña, y por el fondo linda con casa de Diego de Palma; y para que conste hizo este registro.
BERNARDINO DE TOVAR Y SOTELO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Ruiz, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Basilio Ruiz y doña Luisa de los Reyes, vecinos que fueron de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de donde es natural y Tercero Profeso de Hábito Exterior de la Tercera Orden de Penitencia del Seráfico Padre San Francisco, ordena su testamento de la manera siguiente: Señala que le deja a sus albaceas la forma de su entierro, manda que se digan veinticinco misas rezadas por la pitanza ordinaria, diez por el alma de sus padres difuntos y cuarenta por aquellas personas a quienes puede ser de encargo; dos reales a cada una de las mandas forzosas y acostumbradas. Declara estar casado con doña Margarita de Cuéllar y al tiempo cuando contrajeron matrimonio la susodicha trajo a su poder en dote 500 pesos en reales y él no tenía ningún caudal, y durante dicho matrimonio procrearon como hijo legítimo al Padre Fray Francisco Antonio Ruiz, Religioso Sacerdote de la Orden de Nuestro Padre San Agustín, el cual durante su profesión renunció a los bienes de sus padres y posteriormente el otorgante lo excluye del derecho que pudiera tener en sus bienes. Declara que le resta debiendo 74 pesos a Manuel Francisco, mercader y residente en esta villa, por el valor de dos marquetas de cera de Castilla; a Juan Lanceta Osorio, vecino de esta villa, dos marquetas de cera de Castilla; a Gaspar Rendón, vecino de esta villa, una marqueta de cera de Castilla. Ítem, declara tener en su poder una marqueta de cera de China, manda se le entregue al Regidor don Miguel de Leiva, como Mayordomo que es de la Cofradía de la Purísima Concepción de Nuestra Señora la Virgen María. Declara ser diputado de la Cofradía de Nuestra Señora de la Concepción, sita en la santa iglesia parroquial de esta villa, y de lo que ha sido a su cargo tiene dada la cuenta al mayordomo de ella. Nombra como albaceas a su mujer, doña Margarita de Cuéllar, y al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; como tenedora de sus bienes a dicha su esposa, asimismo, la nombra como su única y universal heredera.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOBartolomé Marques [Márquez] Pacheco, residente en esta villa, mayordomo de la hacienda de ganado mayor nombrada Las Lomas, en la jurisdicción de Cosamaloapan, de la cual es dueño don Gaspar Antonio de Rivadeneira, vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que por cuanto en una partida de ganado que trajo a la ocasión [roto] de dicho don Gaspar Antonio de Rivadeneira, a en[roto] al pueblo de Orizaba, Joseph [José] de Herrera Almazán, mayordomo de la hacienda de ganado mayor nombrada [roto] de que es dueño don Fernando Bentura de Riva de Neyra [Ventura de Rivadeneira], presentó petición ante el señor Alcalde Miguel de Leiva [Esparragosa], que lo es de esta villa, en la que manifestó que en dicha partida de ganado venían cien reses pertenecientes a su amo, asimismo, dijo que se habían sacado de dicha hacienda sin su orden, y por tanto pidió se embargaran y depositaran hasta justificar su procedencia. Y el presente otorgante aunque le conste lo contrario, para obviar inconvenientes, litigios, atrasos y serle preciso pasar con el ganado y hacer el entrego, otorga que se obliga a que tendrá disponibles para entregar dichas cien reses cada y cuando que José de Herrera Almazán justifique que pertenecen a su amo Fernando Ventura de Rivadeneira; y para mayor seguridad de esta obligación nombra por su fiador a Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan de Alfaro, vecino de la ciudad de los Ángeles, y Miguel Yáñez Morón, residentes en esta villa de Córdoba, dijeron que, en diciembre de 1700, el dicho Juan de Alfaro, en virtud de poder general de doña Josefa de Atienza Palacios, viuda del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecina del pueblo de San Andrés Chalchicomula, tutora y curadora de sus hijos, vendió al citado Miguel Yáñez Morón, actual mayordomo de la hacienda de ovejas de que es dueño don Gonzalo Francisco de Cervantes, un sitio de tierra que llaman el Novillero para ganado mayor, en términos de Guatusco [San Antonio Huatusco] por precio de 1 500 pesos. En la escritura de venta Miguel Yáñez dijo que la cantidad la pagaría el dicho Gonzalo de Cervantes luego que legase libranza suya, y que por defecto de no hacerlo los pagaría el dicho Miguel; pero debido a que la libranza no fue otorgada y Miguel Yáñez se hallaba sin dinero para la paga, de modo que, para excusar litigios y pleitos, los otorgantes hicieron convenio en el que Juan de Alfaro recibirá de nuevo el sitio de ganado, quedando así libre de la paga Miguel Yáñez Morón; por lo que, ambos dieron por cancelada la escritura de venta y obligación, y de esta manera el dicho Capitán Juan de Alfaro pueda vender libremente dicho sitio.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO