Don Juan Esteban de Elías, de esta vecindad y comercio, arrendatario que es de las tierras pertenecientes al Mayorazgo de la Higuera El señor Conde Santiago, otorga que da en subarrendamiento a favor de don Juan Ferra, de esta misma vecindad, la venta del Plan del Río con la tienda que hay en ella, casa, posta, cocina y sus correspondientes tierras desde Cerro Gordo hasta el paraje nombrado Calera, con todos sus ranchos y arrendatarios de todas clases a excepción del paraje nombrado el Palmar, por ser potreros de las yeguas, bajo los términos y condiciones que se mencionan en la escritura. El arrendamiento lo hace por el término de 9 años en 3 300 pesos anuales, y para seguridad del principal, ofrece por su fiador a don José Antonio Domínguez.\t
MAYORAZGO DE LA HIGUERA
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Doña Eugenia Francisca de Amilibia Guraya y Lezama, tutora y curadora de Doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, sucesora en el Mayorazgo de la Higuera y otras haciendas, y como patrona de la capellanía que instituyeron sus bisabuelos Don Juan Díaz Matamoros y Doña Magdalena Díaz, y respecto de haber quedado vacante dicha capellanía por muerte del Doctor Don Pedro de Gorospe, canónigo penitenciario de la Catedral de la ciudad de Los Ángeles, su último capellán, y usando del derecho de dicho patronato, nombró por capellán propietario al Bachiller Don Miguel de Ceballos, su sobrino, clérigo de menores órdenes, vecino de la ciudad de Los Ángeles, para que sirva dicha capellanía.
Doña Eugenia Francisca de Amilibia Guraya y Lezama, viuda del Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, como madre y tutora de Doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, sucesora del Mayorazgo de la Higuera, dio su poder cumplido al Lic. Don Juan de Dios Ocampo, presbítero, domiciliario del Arzobispado de la ciudad de México, para que en su nombre celebre y otorgue una escritura de transacción con dos pensionarios del Mayorazgo de la Higuera, con el propósito de que acepten 400 pesos de renta anuales cada uno, ínterin que se da en arrendamiento el ingenio La Santísima Trinidad.
Doña Josefa y doña Mariana Díaz Mier, doncellas, hijas y herederas del difunto don Domingo Díaz Mier; don Pedro Miguel Martínez, curador de don José María Durán, menor que representa a su abuela difunta, doña Juana Urbina Díaz Mier, hermana de las antecedentes; y don Juan Cardeña, defensor de don José Ignacio Díaz Mier, que representa a su difunto padre don Pedro Díaz Mier, vecinos todos de la Villa de Jalapa; otorgan que venden a don Baltazar Ruiz Fernández y a don José Antonio de la Madrid y Lobiano la hacienda El Lencero, con su trapiche, venta, casas, tierras, cañas, aguas. Ganado y aperos que contiene y merced de molino e ingenio, ubicada en esta jurisdicción en el camino que va a la Veracruz, a dos leguas de esta villa, que linda al sur con tierras del mayorazgo de la Higuera, que hoy posee don Ignacio Leonel Gómez de Cervantes de la Higuera Urrutia y Vergara, al oriente con tierras de don Fernando de Bárcena y de Juan Pensado,al norte con las del Castillo, propias de don Roque Jacinto Florido, al oriente con las de don Juan de Bárcena. La venta la hace en 30, 000 mil pesos.
Don Manuel José de Cervantes Casaus, administrador del Mayorazgo de la Higuera en esta jurisdicción, otorga poder especial a su primo el Señor Ignacio Leonel Gómez de Cervantes de la Higuera Urrutia y Vergara, Marqués de Salinas, Gentil Hombre de Cámara de Su Majestad y Caballero Maestrante de la Real de Ronda, vecino de la capital de México, para que en su nombre se presente en el Juzgado de Capellanías del Arzobispado de México y en los demás Arzobispados que necesario fuere, y pretenda las que por retrato de sangre o por algún derecho le corresponda.
Don Luis Ortiz de Zárate, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que subarrienda la hacienda de Cempoala a don Manuel Pérez Tirado, vecino de este pueblo, con todas sus tierras, aguas, pastos, montes, abrevaderos que pertenecen al mayorazgo de la Higuera, cuyo propietario es don José Leonel Gómez de Cervantes y la Higuera, por tiempo de 3 años, en 350 pesos anuales, quedando hipotecadas al seguro de la renta todas las siembras de frutos y aprovechamiento que resultaren de dicha hacienda con los demás bienes que introduzcan en ella, por lo que dicho Tirado dio como fiadores a don Joaquín Toraño y a don Nicolás Molina.
Don Bernabé de Elías Vallejo, de esta vecindad y comercio, otorga poder especial a su socio don Francisco González, residente en esta ciudad, para que en nombre y en representación de su persona proceda a entregarles formalmente a don Francisco Fernández y Agudo, como represente del señor General don José María Cervantes, la hacienda Mahuixtlán y demás fincas que comprende el mayorazgo de la Higuera, de las cuales ha sido arrendatario el comparente.
Sem títuloDon Antonio Primo de Rivera, ex Teniente General de la Antigua Veracruz y residente en el pueblo de Jalapa, con poder general, otorgado a su favor por doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, viuda del Capitán don Fernando Niño de Córdoba de la Higuera, da en arrendamiento a don Francisco Gómez de Cervantes, Abogado de la Real Audiencia y Catedrático jubilado de Prima en Sagrados Canones de la Real Universidad, las tierras del mayorazgo que fundaron don Francisco Hernández de la Higuera y doña María González, su mujer; por el periodo de 9 años, en el precio de 60 pesos en cada año.
Don Antonio Primo de Rivera, vecino del pueblo de Jalapa, arrendatario de las tierras del Mayorazgo de Cervantes y la Higuera, otorga en arrendamiento a don Antonio Ribot, vecino de este pueblo, las tierras del potrero del Coscorrón y las del paraje de la Alhaja, donde ponga un rancho en el Camino Real, al precio de 50 pesos anuales.
Los Bachilleres Mateo Antonio y Antonio Mateo Ortiz de Zárate, Clérigos Presbíteros de Puebla y Luis Antonio de Zárate, vecinos del pueblo de Jalapa, los 2 primeros informan que don Antonio Vázquez Ruiz, arrendatario de los Mayorazgos de Cervantes y la Higuera, les otorgó en arrendamiento la hacienda de Santa Fe, por 9 años, al precio 1, 350 pesos anuales, ubicada en la Nueva y Antigua Veracruz, razón por la cual otorgan que acordaron en intercambiar los lugares que tienen en dicha escritura, es decir que Luis y Mateo se nombran como arrendatarios principales y Antonio como fiador.