Don Miguel de Leiva Esparragosa, Regidor por Su Majestad en eta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, la cantidad de 1 559 pesos y 5 reales, de los cuales 906 pesos 4 reales de los diezmos causados en dicha hacienda en los años 1699, 1700 y 1701; y los 653 pesos 1 tomín que don Nicolás de Olivera, difunto, vecino que fue de esta villa, debía de diezmos de esos años, y como albacea que es el otorgante de dicho difunto, se obliga a pagarlos en los plazos y tiempos expresados en el acta.
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Manuel Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, la cantidad de 1 000 pesos de oro común en reales que importan los diezmos causados en dicha hacienda y frutos de ella de los años de 1699, 1700 y 1701; los cuales pagará en los tiempos y plazos expresados en el acta.
UntitledAlonso Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, la cantidad de 200 pesos y 6 reales de oro común que importan los diezmos causados en dicha hacienda de tres años cumplidos a fines de diciembre de 1701; los cuales pagará a la Masa Capitular de dicha santa iglesia en las tiempos y plazos expresados en el acta.
UntitledDon Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor en esta villa de Córdoba por Su Majestad y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, la cantidad de 468 pesos y 2 reales de oro común, que importan los diezmos causados en dicha hacienda por los años 1699, 1700 y 1701; los cuales pagará en las tiempos y plazos expresados en el acta.
UntitledJuan de Piña, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 456 pesos y 2 reales de oro común que lo importaron los diezmos causados en dicha hacienda de los años 1699, 1700 y 1701, los cuales pagará en el plazo y tiempos expresados en el acta.
UntitledEl Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, Subdiácono de este obispado, domiciliario, administrador de la hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada San José; de que es dueña doña María de Brito Lomelín, madre del otorgante; otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 969 pesos y 7 reales de oro común que importaron los diezmos causados en dicha hacienda de los años 1699, 1700 y 1701, cuya paga hará en los plazos y tiempos establecidos en el acta.
UntitledEl Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 400 pesos de oro común en reales que lo importaron los diezmos causados en dicha hacienda de los años de 1699, 1700 y 1701; cuya cantidad pagará de la siguiente manera: 200 pesos para el último día del mes de enero y el resto para el día fin de junio del año venidero de 1703.
UntitledDon Francisco de Aguilar, vecino y Regidor de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de trapiche en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 189 pesos de oro común en reales que importaron los diezmos causados en dicha hacienda en los años de 1699, 1700, y 1701, de cuya cantidad pagará en los tiempos y plazos expresados en el acta.
UntitledDon Gaspar del Monge y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 470 pesos y un real de oro común que importaron los diezmos causados en dicha su hacienda los años de 1699, 1700 y 1701, cuya cantidad pagará en los tiempos y plazos que se expresan en el acta.
UntitledEl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacederos de esta santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 839 pesos y 4 reales de oro común en reales que importaron los diezmos causados en su hacienda y los debe de sus frutos de los años de 1699, 1700 y 1701, cuya cantidad pagará el último día del mes de junio de 1703.
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