JUECES ÁRBITROS

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

    Nota(s) sobre el origen

      Mostrar nota(s)

        Términos jerárquicos

        JUECES ÁRBITROS

          Términos equivalentes

          JUECES ÁRBITROS

            Términos asociados

            JUECES ÁRBITROS

              3 Descripción archivística resultados para JUECES ÁRBITROS

              3 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0012 · Unidad documental simple · 1720/02/08
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Parecieron por una parte don Francisco Pibot y Tapia, marido y conjunta persona de [roto], por si y en voz de [roto] hijos legítimos y herederos de don Hipólito del Castillo de Altra, difunto; y de la otra parte el Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición en este reino, marido y conjunta persona de doña Gertrudis María del Castillo de Altra; y dijeron que por bienes de dicho difunto quedó una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, en jurisdicción de esta villa, que en arrendamiento tiene don Juan del Castillo de Altra, de la que se hicieron inventarios junto con otros bienes, habiéndose formado artículo por el dicho Capitán don José de Carvajal, pretendiendo nuevos avalúos además de los hechos para dicho arrendamiento y otros derechos. Y porque los pleitos son difíciles y sus fines dudosos, y acrecientan muchos costos y gastos, y porque algunas personas han intervenido a que extrajudicialmente se ajusten por personas peritas e inteligentes para dicha materia; por la presente don Francisco Pibot y Tapia, don Juan del Castillo de Altra y don Manuel Francisco de Urquía, nombran por juez árbitro al Señor Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa; y don José de Carvajal y Contreras, por su parte, nombra como juez árbitro al Capitán de Caballos de Coraza don Juan Valero Grajera, Regidor Perpetuo de esta villa; para que con los autos de dicha materia, cada uno puesto en los derechos y acciones de sus partes, determinen por dicho artículo y den su sentir; y en caso de discordia, nombran todos los otorgantes por tercero al Muy Reverendo Padre Predicador Fray Miguel Zapata, Guardián del convento de del Señor San Antonio de esta villa, para que determine lo que fuere justicia; asimismo, se obligan a estar y pasar por dicha determinación o determinaciones y en caso de que alguno falte a ella, se impone desde luego por pena convencional 500 pesos para la fábrica de la iglesia parroquial de esta villa.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0118 · Unidad documental simple · 1720/10/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero, Vicario de la doctrina del pueblo de San Pedro de Ysguatlan [Ixhuatlán] de la jurisdicción de la villa de Córdoba, en voz y nombre del común y naturales del pueblo de San Francisco Chocamán de dicha doctrina, en virtud del poder general que le otorgaron; y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de la villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar, de labor y de ganado mayor en jurisdicción de dicha villa; dijeron que están siguiendo pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, sobre tierras que pertenecen a dicho pueblo, y habiendo personas cristianas deseosas de la paz y porque de los pleitos se originan malas consecuencias, odios y discordias, han tenido a bien hacer composición, para lo cual les han pedido otorgar escritura de compromiso y nombrar jueces arbitrios, arbitradores y amigables componedores, para que éstos determinen en vista de los instrumentos y papeles que dicho capitán entregue, por haberse quemado los papeles que tenía el bachiller. Por lo tanto, el Bachiller don José García, en nombre de los naturales de San Francisco Chocamán, nombra por juez árbitro a don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa; y el dicho Capitán don Antonio de Leiva nombra por su parte al Capitán Francisco Pibot y Tapia; para que cada uno enterados de su derechos y acciones, procedan a dar su parecer y sentencia. Y en caso de discordia nombran por amigable componedor al Factor don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor, Juez, Oficial Real de la Real Audiencia y Caja de la ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa por Su Majestad, para que los tres den su sentencia, la cual harán y pasaran por ella, con pena convencional de 500 pesos al que a ella falte.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0013 · Unidad documental simple · 1720/02/08
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Parecieron de una parte don Juan del Castillo de Altra y de la otra parte el Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición en este reino, marido y conjunta persona de doña Gertrudis María del Castillo de Altra, hijos legítimos y herederos de don Hipólito del Castillo de Altra, difunto, [roto] don Juan del Castillo de Altra nombra como juez árbitro al Señor Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa; y don José de Carvajal y Contreras nombra como juez árbitro al Capitán de Caballos de Coraza don Juan Valero Grajera, Regidor Perpetuo de esta villa; para que con los autos de dicha [materia], cada uno puesto en los derechos y acciones de sus partes, determinen para dicho artículo [y den] su sentir; y en caso de discordia, nombran todos [los otorgantes] por [tercero] al Muy Reverendo Padre Predicador [Fray Miguel Zapata, Guardián] del convento de del Señor San Antonio de esta villa, para [que determine] lo que fuere justicia; asimismo, se obligan a estar y pasar por dicha determinación [roto] y en caso de que alguno falte a ella, se impone desde luego por pena convencional 500 pesos para la fábrica de la iglesia parroquial de esta villa.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO