Agustín Adorno, vecino de la ciudad de Jerez de la Frontera en los reinos de Castilla, estante al presente en el pueblo de Acultzingo jurisdicción de la provincia de Orizaba, otorga y ordena su testamento en la forma y manera siguiente: manda que se pague a Juan Mejía, mesonero del presente pueblo; a Gaspar de Aguilar, encomendero de la ciudad de la Veracruz; y a Andrea Sofía, estante en la Veracruz. Declara que Santi Fantoni, vecino de la ciudad de Cádiz, registró y despachó en diferentes naos que vinieron en la flota, que al presente está en el puerto de San Juan de Ulúa, 199 pipas de vino de su propiedad, siendo su voluntad que el dicho vino se entregue a sus herederos. Que Alonso Guerrero, arriero, y él concertaron que le llevase en una recua suya 100 pipas de vino a la ciudad de Oaxaca, y por cuenta de los fletes le dio 100 pesos de oro común y ciertas cargas de corambre; llevando en el primer viaje 14 pipas de vino junto con cartas del otorgante dirigidas a Rafael Pinelo y otras personas de la dicha ciudad para que los vendiesen; es su voluntad que Gentil Basilio cobre lo que procediere dichos vinos. Que Santi Fantoni tomó sobre sí el seguro de 400 ducados de Castilla, los cuales venían de ida y vuelta sobre la nao Misericordia de Gentil Basilio, misma que vino en salvamento en la flota que al presente está surta en el puerto de San Juan de Ulúa, es su voluntad que el susodicho Basilio nombre otra nao por ambas las partes para que corra dicho seguro hasta los reinos de Castilla; y manda se le pague a Santi Fantoni 40 ducados de Castilla para la vuelta de esta flota. También declara que ratifica el testamento que otorgó en la ciudad de Cádiz, y aprueba el vínculo de mayorazgo que junto con doña María Adorno, su mujer, hizo en la ciudad de Jerez. Nombra herederos universales a sus hijos don Francisco Adorno, don Pedro de Hinojosa Adorno, don Agustín Adorno, doña Clara Adorno, doña Casiana Adorno, doña Juana Melgarejo Adorno, doña Luciana Adorno y doña María Adorno, su mujer; y a Gentil Basilio como albacea testamentario y administrador de los bienes que tiene en la ciudad de Veracruz y Oaxaca.
JEREZ DE LA FRONTERA, CIUDAD DE
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Testamento de Cristóbal Camacho, vecino de Jalapa, natural de la ciudad de Jerez de la Frontera, en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Bartolomé Camacho y de Lucía Benítez difuntos.
Don Gabriel Gutiérrez de Acuña, natural de la ciudad de Jerez de la Frontera en el Reino de España y residente ahora en esta villa, hijo del matrimonio don Juan Gutiérrez de Acuña, natural de la misma ciudad y de doña Juana Jurado Aguilar, natural de Lucena arzobispo de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que es casado con doña María Dionisia Virues y Figueroa, natural de la ciudad de Jerez de la Frontera, en cuyo matrimonio han procreado a cinco hijos. Dijo que en el año de 1812 al venirse a estos reinos otorgó poder para testar a su mujer doña María Dionisia Virues y Figueroa, el cual no está revocado y es su voluntad que continúe. Declara que todos sus bienes son de su mujer, así como las dependencias que le están debiendo en lo particular. Dijo que las dependencias que tiene a su favor las encomendó a su apoderado en México al señor don Ildefonso Maniau y a quién ratifica el poder que le tiene dado. Declara que tiene dos barras en la mina de San Esteban en el Mineral del Monte que con otras dos compraron en compañía de José María Ojeda, cuya mina está contratada con una casa iglesia y los papeles están en poder de don Ildefonso Maniau y del dicho don José María Ojeda. Expresa que una certificación dada por el Maestro Arquitecto en Méjico [México] don Joaquín Heredia sobre los gastos hechos en la compostura de las fincas, es de un haber de su dicha esposa, la cual la tiene entre los papeles que paran en su poder cuya inspección harán los señores don Antonio y don Francisco Badillo, vecinos de esta villa, a quienes nombra por sus albaceas, junto con don Ildefonso Maniau para que en la ciudad de México pueda representar sus derechos y los de su mujer e hijos. Declara que desde ahora regala al señor don Francisco de Paula Tamariz el Birloche que tiene con un tronco de mulas, el cual pagará lo que éste adeuda a sus criados Ignacio Reyes y Tranquilino Catedra, que le han conducido desde su salida de México. Explica que en el botiquín que tiene en poder de los señores Badillos hay algunas barras de oro de las cuales se le entregarán tres a la señora viuda doña María Herrasti en agradecimiento de lo bien que lo ha asistido durante su enfermedad. Finalmente revoca, anula y da por ningún valor, ni efecto otro cualquier documento que haya hecho y otorgado de palabra o por escrito.
Zonder titelDon Tomás Antonio Franco, natural de la Ciudad de Jerez de la Frontera y vecino de la de Veracruz, hijo legítimo de don Juan Antonio Franco, difunto, y de doña Teresa Ortiz Recio, que aun vive en dicha Ciudad de los Reinos de Castilla, otorga su testamento donde declara que contrajo matrimonio en esta Villa con doña [Juana] Juliana Rodazo, difunta, de cuyo matrimonio procrearon cinco hijos que aún viven, llamados José Joaquín, de 23 años; Agustina, de 20 años; María, de 16 años; Juan, de 13; y Bernardo Franco y Rodazo, todos menores de edad. Nombra como albaceas, en primer lugar a don José Gutiérrez Zamora, vecino y del comercio de Veracruz; en segundo lugar a don Bernardo del Castillo, de esta Villa. Como curador de sus menores hijos nombra a don Francisco Cortés, de esta vecindad y comercio. Nombra como herederos universales a sus hijos.
Testamento de Juan de Villanueva, vecino de la ciudad de Los Angeles, natural de Jerez de la Frontera, hijo legítimo de Juan de Villanueva y Doña María de Vique, su legítima mujer, sus padres difuntos.
Antonio Grajales Vela, vecino de Jalapa, natural de la ciudad de Jerez de la Frontera, en los reinos de Castilla, hijo legítimo del Capitán Don Pedro Grajales Vela y Gatica y de Doña María Ibáñez Palomino Rendón, difuntos, dio su poder cumplido a su yerno Francisco Díaz de la Cueva y a sus hijos Ana Grajales Vela, Pedro Grajales Vela y Juan Grajales Vela, vecinos de Jalapa, y del pueblo de Naolinco, para que en su nombre hagan y ordenen su testamento, con las declaraciones, mandas, legados y obras pías que les tiene comunicados.
Diego Cabezas, natural de la ciudad de San Lucar de Varrameda [Sanlúcar de Barrameda], residente en esta villa de Córdoba, hijo de Juan Luengo Cabezas y de doña Isabel Rodríguez Cabezas, vecinos que fueron de dicha ciudad, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara por sus bienes 1 000 pesos que le adeuda Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa; 448 pesos y 4 reales que le debe su compadre Juan José Coronado, y otras deudas que parecen en su libro de cuentas y manda se cobren. Ítem, declara por mas bienes una tienda con diferentes mercancías. Ítem manda que se digan por su alma en esta villa cuatrocientas misas, y esa misma cantidad en Sanlúcar de Barrameda, cuya limosna se paguen de sus bienes. Ítem, manda 50 pesos a cada uno de sus cuatro hermanos y si hubiesen fallecido se entreguen a sus hijos; 50 pesos a Manuela, su sobrina, hija de su hermana Juana Cabezas; 100 pesos a Francisco José, un mozo que crio “tío” Gonzalo de Herrera; 50 pesos a la cofradía de las Ánimas del Purgatorio de esta villa; 30 pesos a dos primas que están en el convento del Espíritu Santo en la ciudad de Jerez de la Frontera; entre otras mandas que se mencionan en el acta. Nombra por albaceas y tenedores de bienes a Gaspar Rendón y a Juan Marcos Rendón, vecinos de esta villa. Y por única universal heredera a doña María Cabezas, su hermana, mujer de Alonso Esteban de Vargas y por fallecimiento a Isabel Beatriz y Juliana sus hijas.
Zonder titelJuana Gómez, viuda de Baltazar Ruiz, por poder que tiene conferido del susodicho, otorga su testamento, que a su tenor dice: hijo de los difuntos Baltazar Ruiz e [Isabel] Rodríguez, natural de Jerez de la Frontera, manda se digan diversas misas, dentro de sus bienes se encuentra la casa de su morada con su solar y jacales, además de animales, tienda, una pipa de vino, y dentro de sus documentos se encuentran cédula y escrituras en contra de diferentes deudores.
Testamento de Juan Moreno, vecino de Jalapa, natural de Jerez de la Frontera, en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Alonso Martín Barroso y Leonor Martín, sus padres difuntos.
El Capitán Pedro Gatica, Regidor y Depositario general de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Francisco López Gil de Gatica y Juana de Contreras Aguilucho, sus padres difuntos, vecinos que fueron de Jerez de la Frontera en los Reinos de Castilla, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que está casado con Magdalena de Alcalá, hija legítima de Agustín de Alcalá, difunto, y de Olaya González; durante el matrimonio procrearon a Agustín, difunto [roto] Juana de Contreras Gatica, que está casada con Jacinto Pérez Padrón, vecino de esta villa; a Josepha Gatica [Josefa de Gatica] que está casada con Marcos Blanco, vecino de esta villa; y a Gerónima [Jerónima] de Gatica, doncella. Menciona que debe y le deben las personas que se citan en la escritura. Declara por sus bienes un Oficio de Regidor y Depositario General de esta villa; un solar y casa de vivienda; 3 caballerías de tierra; un negro esclavo llamado Lorenzo, una negra nombrada Luisa; una recua de mulas de carga aparejada con treinta y cuatro mantas y una mula de silla florentina; dos solares que linda con solar de Marcos Blanco y el otro con solar de Diego del Castillo; las piezas de plata y otros géneros que se mencionan en la escritura. Nombra albaceas testamentarios a Jacinto Pérez Padrón y Marcos Blanco, sus yernos, así como a su mujer Magdalena de Alcalá, para que entren en sus bienes y los vendan, y del remanente de ellos instituye como sus herederas a las dichas tres hijas.
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