Nicolás Antonio Rodríguez, vecino de las Rancherías de Totolapa en esta provincia, dijo que se le remataron unas milpas y otros muebles en el pueblo de San Miguel del Soldado, pertenecientes a los bienes que dejo intestados José Villarrasa, y que según avaluó que hicieron Manuel José de Lara y Antonio de la Huesca, labradores y vecinos del pueblo de Banderilla, su precio es de 445 pesos, por lo que otorga se obliga a pagar al Señor Alcalde Mayor de este pueblo, como Subdelegado del Juzgado General de Intestados, la referida cantidad y para el seguro del principal otorga como fiador a José Roque de Castro, vecino de este pueblo.
JALAPA, PUEBLO DE
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Doña Lucrecia María Báez, hija de don Juan Antonio Báez y de doña Tomasa Rodríguez, difuntos, natural del pueblo de Tabuco y vecina de Jalapa, otorga su testamento donde declara fue casada con don Fernando Antonio González, difunto, de cuyo matrimonio tubo por hijos a don Francisco González y don Juan González. Nombra como albaceas y herederos universales a sus hijos.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de este pueblo y su provincia, renuncia a dicho su oficio en don Pedro Rosete, en primer lugar, y por su falta en segundo en don Juan Lazon, y por la de ambos en tercero en don Francisco Flores de Castro, todos vecinos de este pueblo de Jalapa.
Don Leonardo de Mier y Mendoza, Teniente de Granaderos del Regimiento Inmemorial del Rey que reside en la Ciudad de la Habana, para donde esta próximo a viajar, dijo que el día de ayer llegó a posar al mesón de la plaza de este pueblo y habiendo salido de él esta madrugada el bagajero, de apellido Murrieta, dejó olvidado en el cuarto un cajón rotulado a lo largo por un Teniente Coronel, que asiste en la Habana, a quien lo remitía el Señor Oidor de México, apellidado Mier; y habiéndolo echado de menos a la salida del pueblo, el bagajero volvió en su búsqueda y halló que el huésped había cerrado con llave dicho cuarto, el que abriendo el registro no se encontró dicho cajón, a cuya noticia el otorgante ocurrió a la real justicia, quien ha puesto a prisión al huésped y a un muchacho que le ayuda, y por que el otorgante no se puede detener, otorga poder a don Pedro Miranda, Capitán de Zamora, residente en este pueblo, para la solicitud y recaudación de dicho cajón que incluye una caña con puño de oro.
Don Pedro de Cos, vecino y del comercio de la Ciudad de la Nueva Veracruz, residente en Jalapa, otorga poder especial a don José de Ureta, Regidor de la Nobilísima Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre solicite y saque de los caudales del cofre de la Santa Catedral de dicha ciudad, la cantidad de pesos que le prevendrá, las que cargará por vía de depósito irregular o censo redimible con obligación de réditos sobre las casas que tienes en la Nueva Veracruz.
El Capitán de Lanceros de la Costa de Barlovento don Cristóbal Antonio de Ortega, dueño de hacienda de ganado mayor en la jurisdicción de la Antigua, hijo de don Luis de Ortega y de doña María Escobedo Ladrón de Guevara, difuntos, vecino del partido de Misantla jurisdicción de la Antigua, de transito en este pueblo de Jalapa, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a su legítima esposa doña María Candelaria Romero, en segundo lugar a su hijo don Juan Francisco de Ortega y en tercero a su yerno don Juan Berman. Nombra como herederos a sus 10 hijos y 5 nietos.
Casilda María Rodríguez, mujer legítima de Joaquín Campos, vecinos de este pueblo de Jalapa, vende a don Juan González, de esta vecindad, un pedazo de solar de 19 varas de frente y 31 de fondo, linda por el frente, que es al poniente, con Calle Ancha nueva y del otro lado solar de la Maestra Magdalena; por el norte con casa del comprador; por el oriente, que es el fondo, con solar de las señoras castros; y por el sur con solar de Guillermo Felipe Orduña. Lo vende en 40 pesos.
Don Martín José de Saralegui, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Alonso de Ichaso, del comercio de España y vecino de este pueblo, para que en su nombre haga posturas, pujas y mejoras así en almoneda como fuera de ella a cualesquiera fincas que se quiera vender, aceptando en nombre del otorgante los remates o escrituras de venta que de ellas se celebraren y obligándome a satisfacer sus precios.
Don José de la Calle, vecino de la Jurisdicción de Cempoala y residente en este pueblo de Jalapa, como hijo y heredero de don José de la Calle y apoderado de don Guillermo de la Calle Hurtado y Mendoza, su hermano, y albacea de su difunto padre y así mismo de doña Teresa de la Calle, de doña Ana María de la Calle, de don Antonio Trejo, curador de don Juan de Dios de la Calle, de don Francisco Morales, albacea y heredero de su difunta madre doña María Rafaela de la Calle, y don José Antonio Zavaleta como curador de los menores hijos de doña Simona de la Calle, sus hermanas, otorga poder a don José de Uribarry, vecino y del comercio de este pueblo, para que en sus nombres administre 2 casas en este pueblo, cobrando sus respectivas rentas.
Don José Miguel de Iriarte y Lezeta y don Joaquín Cendoya y Arizabaleta, dueños de la hacienda e ingenio nombrada Pacho en esta jurisdicción, dijeron que por cuanto les útil y conveniente conducir a su trapiche las aguas del Río Santiago después de caídas a la barranca o que hayan servido para el uso del Molino de Cagigas, sito en las vertientes de este pueblo y propio de don Francisco Maniau y Ortega, vecino de México, habiendo obtenido su permiso, han emprendido la correspondiente obra para la conducción de dichas aguas, y para que en lo sucesivo no se ofrezcan dudas, ni por la tal gracia y permiso se le siga daño alguno a la expresada finca, declaran que de ningún modo usaran de las aguas de dicho río, que son propias del molino, hasta haberse despeñado a la barranca o que hayan servido al uso de dicho molino y salgan por los cárcamos donde están los rodeznos, sin tomarla por ningún caso de la presa ni de otra parte antes de entrar en ella o pasar por dichos cárcamos, obligándose al saneamiento de cualesquiera perjuicios o daño que por defecto de la indicada obra pueda seguirse a la finca ahora o en lo adelante.