El Capitán Alonso de Alba, Alcalde Mayor de la jurisdicción de Jalapa y Jalacingo, otorga poder general a don Juan Francisco de Almanza, vecino de la Ciudad de México, para que pida, demande, reciba y cobre a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, plata, joyas y mercancías que le deban, también para que lo defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
JALAPA, JURISDICCIÓN DE
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Don Agustín Benítez, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la jurisdicción de Jalapa, Mayordomo de la Cofradía de la Limpia Concepción, vende a don Diego Méndez de la Granda, un solar que mide 52 varas de frente y 41 varas de fondo, linda al sur con la Calle Real que sale para la Ciudad de la Nueva Veracruz y tierras de la citada cofradía, al oriente con la laguna, al poniente con casas de don Antonio Díaz Parraga y una calle en medio de 8 varas, y al norte con tierras de la misma cofradía, en la cantidad de 150 pesos.
Don Agustín Benítez, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la jurisdicción de Jalapa, Mayordomo de la Cofradía de la Limpia Concepción, vende a Bernardo Gómez, vecino de este pueblo, un solar de 60 varas de frente y 36 varas de fondo, que linda al oriente con el camino que va para los Ingenios y tierras de dicha cofradía, al poniente con solar de los herederos de Antonio Cayetano y Miguel Ruiz, al norte con los herederos de Bonifacio Bonilla y al sur con solar de Manuel de los Reyes, en la cantidad de 75 pesos.
Don Agustín Benítez, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la jurisdicción de Jalapa, nombra a don Juan Francisco de Argüelles, Teniente de Alcalde en los pueblos de Naolinco, San Antonio Tepetlán, San Andrés Acatlán, San Miguel Aguasuelos, San Pedro Chiconquiaco, Yecuatla, San Juan Miahuatlán y San José Miahuatlán y ranchos que comprenden el curato de Naolinco.
El Licenciado Antonio Primo de Rivera, Alcalde Mayor de la jurisdicción de Jalapa y Jalacingo, hace aclaración respecto al documento anterior, en el cual dice que no se selló por que el del sello nuevo no se presentó y ante la necesidad de otorgar una copia del testimonio anterior a cada familia, sólo lo firmó y le puso fecha de 9 de enero del presente año.
Don Antonio Primo de Rivera, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de esta Jurisdicción de Jalapa y Jalacingo, vende a don Marcos Dionisio de Acosta, Administrador la hacienda de ganado las Cañuelas, en la jurisdicción de la Antigua Veracruz, propiedad del declarante; el ganado vacuno, caballar, mular y demás aperos, en la cantidad de 10, 600 pesos de oro común, que reconocerá a réditos a razón de 5% anuales, durante 5 años, cuyo rédito de 30 pesos deberá bonificar a María Refugia de Acosta, ahijada del otorgante.
Don Antonio Primo de Rivera, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la Jurisdicción de Jalapa y Jalacingo, revoca el nombramiento de Teniente General de la Jurisdicción de Jalacingo y Capitán de la Compañía Miliciana del mismo pueblo, otorgado a don José Martín de Vélez, nombrando en su lugar a don José Mariano Peláez, vecino del pueblo de Perote.
Don Antonio Primo de Rivera, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la jurisdicción de Jalapa y Jalacingo, nombra Teniente General de esta jurisdicción a su hermano don Enrique Primo de Rivera.
El Capitán José Camino y Velasco, Alcalde Mayor; el Bachiller Manuel de Estrada, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, el Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, don Pedro de la Cadena, los Capitanes Juan de Malpica y don José Robledano de Cardeña, los Alféreces Juan de Morales, Jerónimo de Acosta y Juan José Rincón, entre otros vecinos de la jurisdicción de Jalapa, quienes dicen que en el pueblo se carece de médico y cirujano, en grave daño de la causa pública para cuya solución han solicitado y convenido con don Joaquín Cortés, vecino de la Ciudad de los Ángeles, practicante en esas facultades, a darle por igual en cada año por la curación de sus familias, sirvientes y criados las cantidades que cada uno se compromete a dar, cuyo importe es de 252 pesos y 4 tomines.
Eugenio de Pro, vecino de la jurisdicción de Jalapa, se obliga a pagar al Capitán Bartolomé de Castro, 527 pesos de oro común, mismos que importan los Reales Tributos que paga al Alcalde Mayor y los fletes que suplió de 73 cajones de brea que de su cuenta remitió a la Veracruz, cuya cantidad ha de pagar en 6 meses de la fecha de esta escritura sin pleito ni litigio alguno, asimismo se obliga a sacarle a salvo con Juan Rodríguez de Tejada cerca de los 567 pesos que le demanda en fuerza de la carta de abono que le dio Tejada y para en su poder y al cumplimiento de esta escritura se obliga con su persona, bienes habidos y por haber e hipoteca 2 casa suyas, una en este pueblo y la otra en Perote.