Juan Bautista Raba, originario de Nazia de Piamonte en Italia, hijo legítimo de Bertume Raba y de María Pisana, hallándose enfermo, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser de estado soltero y sin sucesión alguna. Declara que sus bienes consisten en los intereses que tiene en Veracruz y en lo que le deben varios sujetos de aquella plaza, de esta villa y de otros puntos. Declara que a su criado José María Molina le está debiendo su salario y ordene se le pague, e igualmente se le satisfaga al facultativo doctor don José María Pérez el importe de las visitas que le ha estado haciendo en su enfermedad. Ordena que de sus bienes se le den 100 pesos al nominado su criado José María Molina. Ordena a su albacea procure saber si aún viven sus padres, en cuyo caso instituye a ellos como sus universales herederos, pero en el caso en que hayan fallecido, nombra a su alma como su heredera universal invirtiéndola en misas. Nombra albacea a don Alejandro Troncoso, vecino de Veracruz.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICOITALIANOS
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Don Andrés Semeria, originario del obispado de Albenga en Italia, hijo legítimo de don Antonio Semeria y de doña María Catalina Andrey, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara fue casado en primeras nupcias con doña Manuela Ortiz de Zárate, con quien procreó un hijo nombrado Pedro [Semeria], que murió ya grande sin dejar sucesión. Declara que pasó a segundas nupcias con doña María Lugarda Gutiérrez, en cuyo matrimonio no han tenido hijos. Declara por bienes la casa de su morada, la cual reconoce 300 pesos a favor de la cofradía del Santísimo de esta parroquia; los muebles que existen y unas frioleras de muy poca monta en el vendaje. Nombra heredera a doña María Estanislao Toral, de veintinueve años, hija de su actual esposa y de su difunto marido. Nombra albacea a don Ramón Lozada, de esta vecindad.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOJuan Vitalba y Cayetano de Moro, italianos transeúntes en esta ciudad, sin necesidad de intérprete, porque entienden bien y pronuncian el idioma vulgar, otorgan el primero que substituye en todo y por todo en don Juan Devincentis, de este comercio, el poder especial que ante el presente escribano le confirieron Juan Bautista Boulos, José Wanson y Juan Hauser el día 22 del corriente. Y ambos dan y confieren a Devincentis el mismo poder del mismo modo y con todas las clausulas y facultades que en él contienen.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO