Don Manuel Eugenio de Acosta, vecino de Jalapa, otorga poder general al Licenciado don José Francisco Ruiz Cañete, Abogado de la Real Audiencia de México, y a don Juan Atanasio Cervantes, Procurador Numerario de la misma Real Audiencia, para que como padre y administrador de los bienes de sus hijas, como nietas del Capitán don Agustín García Campomanes, cobren todas las cantidades de pesos y otros efectos que le deban al otorgante como a sus hijas. Así mismo para que lo representen en el litis que tiene pendiente en el Santo Oficio de la Inquisición de este reino con los naturales del pueblo de Naolinco, sobre un sitio de tierra que como heredero de su abuelo el Capitán don Manuel de Acosta le pertenece.
INDIOS
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Mateo de la Cruz, indio cacique, natural y vecino del pueblo de Naolinco, otorga codicilio al testamento que tiene realizado, en el que manda se revoque la cláusula en donde señalaba que le diese a la Cofradía de las Benditas Almas, un solar que compró a don Salvador de Castro.
Antonio de los Reyes, vecino del pueblo de Naolinco, vende a don José Julián Durán y Adame, vecino de dicho pueblo, un solar de 25 varas de frente y 51 varas de fondo, que linda al sur con casa y solar del Capitán don Salvador de Acosta, al oriente con casa y solar de Felipe de Zárate, al norte con solar donde vive Pedro de los Ángeles, indio y al poniente con casa y solar de Felipe de Rivera, al precio de 100 pesos.
Lucas Jiménez, indio y vecino del pueblo de Misantla, jurisdicción de la Antigua Veracruz, otorga libertad a una esclava, de nombre Gertrudis, de edad de mas de 3 años, algo blanca, hija de una esclava negra de nombre Josefa, difunta.
María Dorantes, viuda de Domingo Gómez, vecina de este pueblo de Naolinco, vende a Mateo Juan, indio y vecino de este pueblo, un pedazo de solar que mide 38 varas y media de frente y 9 varas y 3 cuartas de fondo, el cual linda poniente con solar de Felipe Martín y calle en medio, al oriente con solar de la vendedora, al sur con solar de Nicolás Rogel y al norte con la Calle de la Cruz de Mateo Juan; dicha venta la hace en la cantidad de 60 pesos.
Don José de Santiago, indio natural y vecino del pueblo de San José Miahuatlán, jurisdicción de Naolinco, casado con María Magdalena, india natural de este pueblo de Naolinco, realiza testamento, en el cual nombra como albaceas a Diego de Heredia, Maestro de escuela en este pueblo y Andrés Rodríguez, su yerno, y como herederas a su hija Luisa María y a su nieta Catarina.
Don Matías de la Cruz, Gobernador, don Mateo Francisco, Alcalde, Pedro de Santiago, Regidor y Bernabé de Santiago, Escribano, en voz y en nombre del común y naturales del pueblo de Santiago Coacoatzintla, por medio de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cedúla que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, a leer y escribir, han convenido con Lucas Manuel, vecino del pueblo de Naolinco, para que les asista en ese ministerio obligándose a pagarle 5 pesos 4 reales en cada mes, 2 huevos por muchacho cada semana, una fanega de maíz cada mes, leña, agua y una molendera.
El Licenciado Bernardo Rodríguez de Molina, Cura del pueblo de San Mateo Naolinco, de una parte, y de la otra don Ignacio de la Cruz, Gobernador de ese pueblo y demás oficiales, dijeron que por pedimento del Licenciado se ha seguido en este juzgado un pleito contra los naturales, por 553 pesos 2 reales y medio que le demandaba de derechos parroquiales devengados, para lo cual se procedió al embargo de bienes de su comunidad y en atención a las diligencias y gastos de los pleitos han concertado, don José Ramos, defensor de los naturales en esa causa y el mencionado Cura, en que queda concluido el litigio, bajo los principios que el Licenciado Bernardo Rodríguez se compromete cumplir.
Don Juan José Barradas, natural del pueblo de Naolinco y vecino del paraje de La Joya, enfermo en este pueblo de Jalapa, otorga su testamento donde declara ser hijo legítimo de don Juan José Barradas y doña María Antonia Guevara, difuntos, casado con María Guadalupe de Alarcón, a quien nombra albacea testamentaria junto con Miguel de Córdoba y don Antonio de Acosta, vecino del pueblo de Las Vigas, asimismo les otorga poder de albaceazgo para la recaudación y cobranza de los indios que le deben; nombra como herederos universales a sus hijos legítimos.
Don Francisco Javier de Olartegochea, don Mariano de Campo, don Francisco Torres, don Mariano de Acosta y don José Antonio Viveros, dijeron que el día 3 de febrero del presente año, en compañía de don José Reyes, vecino de Naolinco, como herederos del difunto Capitán don Manuel de Acosta, otorgaron escritura de venta a favor de don Miguel Rodríguez Rojo, de 18 caballerías de tierra en cantidad de 4 800 pesos, firmándola dicho don José Reyes con protesta, por razón de haberse obligado todos de mancomún e in solutum y con expresa condición de que el comprador pudiese repetir la evicción contra cualesquiera de los vendedores en el caso que por la superioridad de Su Alteza se revocase lo determinado en este Juzgado Real Ordinario a la venta de dichas 18 caballerías de tierra. Sobre cuya singularidad tiene don José Reyes protestado, y habiéndose juntado dichos herederos confirieron entre sí, que no se incluyese a don José Reyes en el saneamiento más que con la parte que le toque como uno de los herederos, en caso que los indios de Xilotepec obtengan providencia a su favor, de lo cual no sólo quedó entendido el comprador, sino que lo otorga y acepta para que se lleve adelante.