Don Antonio Jerónimo, Gobernador del pueblo de Chapultepec, Domingo Hernández y Sebastián Juan, Alcaldes, Antonio Diego y Felipe de Mendoza, Regidores; y Juan Mendoza, Escribano, por medio de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, han convenido con Agustín Grajales, vecino de la jurisdicción de Jalapa, para que les asista en ese ministerio por 4 años, pagándole 70 pesos, le han de sembrar media cuartilla de maíz, y cada muchacho le ha de llevar 2 huevos cada semana.
INDIOS
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Gaspar de Heredia, vecino de la jurisdicción de Jalapa, vende a Marcos de Acosta, de la misma vecindad, 3 sitios de tierra de ganado, al pie del cerro nombrado Acatepec, uno ubicado en El Infiernillo más 7 caballerías y media de las cuales se han de sacar 4 que se darán al ingenio de Maxtlatlán a la linde de sus tierras y otras 2 caballerías que dio el padre Fray Antonio, Notario de la Sagrada Religión del Convento de Santa Bárbara de la Ciudad de Los Ángeles, a los indios de Chiltoyac, cuyos sitios y caballerías de tierra se encuentran en esta jurisdicción, en precio de 1,000 pesos de oro común que por su valor le ha dado.
Don Mateo de Santiago, indio Gobernador del pueblo de Tlacolula, jurisdicción de Jalapa, junto con don Dionisio Ortiz y don Jorge Durán, Regidores, don Marcos Hernández y don Francisco Aparicio, Escribanos, don Francisco Jerónimo y don Ignacio Durán, Alcaldes del pueblo de las Vigas, don Juan Pérez, Escribano y otros miembros de los cabildos, otorgan poder general a don Antonio de Ortega, Maestro de escuela del pueblo de Tlacolulan, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Don Juan Martín, don Antonio Hernández y don Miguel Francisco, Alcaldes, Antonio Francisco y Esteban Hernández, Regidores, Mateo Martín, Escribano, por sí y en nombre del común y naturales del pueblo de San Pablo Coapan, a través de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, se obligan a pagar a Manuel de Zárate, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 80 pesos de oro común en cada año, 12 fanegas de maíz y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana y él ha de ser obligado a asistir la enseñanza.
Parecieron diferentes indios que mediante Andrés Pérez, intérprete de la jurisdicción de Jalapa, dijeron nombrarse don Baltazar de la Cruz, Gobernador del pueblo de San Martín Tlacotepec de la jurisdicción de La Antigua Veracruz y don Diego Lucas, Gobernador del pueblo de San Francisco Tenampa, declarando que el Alcalde Mayor de La Antigua los tiene vejados y molestados en muchas cosas y especialmente en hacerlos trabajar en cosas de su provecho y utilidades sin pagarles su trabajo y asimismo para que le hagan nuevas casas reales en grave perjuicio suyo y de sus pueblos, en cuya virtud otorgan poder general a don Ventura González de Abreu, de la misma vecindad, para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales así como en todo lo que se ofreciere y los defienda como ellos mismos lo harían.
Andrés de la Peña, Gobernador de San Juan Miahuatlán, don Juan Martín y don Juan Bautista, Alcaldes, don Juan Andrés y don Juan Francisco, Regidores y Antonio Nicolás, Escribano, representando al común y naturales por quienes prestan voz y caución, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, se obligan a pagar a Francisco Solozabal, natural de la Ciudad de Logroño, en los Reinos de Castilla, residente en la jurisdicción de Jalapa, 100 pesos de oro común y 12 fanegas de maíz, pagado por tiempo de cuatro años y él ha de ser obligado a tener escuela permanente para enseñar a leer, escribir y enseñar la doctrina cristiana a indios e indias grandes y pequeñas, excepto que las indias han de cursarla hasta los 10 años cumplidos.
Don Tomás Rodríguez, Gobernador; don Pascual de la Cruz, Francisco Ignacio y Alonso de la Cruz, Alcaldes, Marcos Berriel y Antonio de Santiago, Regidores y don Lorenzo de Santiago, Escribano, por sí y en nombre del demás común y naturales del pueblo de Xilotepec, a través de Andrés Pérez intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Sebastián Lobato, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 96 en reales de contado, 12 fanegas de maíz, agua, leña que fuere menester y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana.
Don José de Molina, Procurador del Real Fisco en la cuenta y visita personal de los indios tributarios que pagan en la jurisdicción de Jalapa, otorga que ha recibido del Capitán José Camino y Velasco, Alcalde Mayor, 470 pesos de oro común por la mitad de los salarios devengados en la cuenta ejecutada en este año, en virtud de lo mandado por los señores presidente y oidores por Real Provisión librada el 26 de octubre de 1716, cuya cantidad es la misma que se dio en la visita que hizo don Manuel de Reino, su predecesor, por cuya cantidad se da por entregado.
Nicolás de la Cruz, Gobernador, Baltazar Juan y Juan Francisco, Alcaldes, Miguel Juan y Pedro de la Cruz, Regidores, y Pascual Juan, Escribano, todos naturales y oficiales del pueblo de Santa María Magdalena Xicochimalco, por medio de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Juan Eugenio Hernández, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 145 pesos de oro común en cada año, 12 fanegas de maíz y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana y él ha de ser obligado a asistir la enseñanza.