Simón, indio natural del pueblo de Totutla, dijo que por cuanto Gaspar de Rivadeneira, vecino y Regidor de la ciudad de México, pidió y sacó un mandamiento acordado para un sitio de estancia de ganado menor, el cual señaló junto a la peña de Zacatepec, y por haber el susodicho hecho las diligencias necesarias, que fue cantidad de pesos de oro lo que pagó al juez, escribano e intérprete y otros gastos, declara que el dicho sitio es y pertenece al dicho Gaspar de Rivadeneira.\n
INDIOS
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Juan García, Gobernador de este pueblo de Orizaba; Diego Hernández y Alonso Hernández, Alcaldes; Baltazar del Castillo, Regidor del dicho pueblo; en nombre de su comunidad se obligan a pagar al Padre Tomás Ruiz de Zúñiga, Vicario del dicho pueblo, 80 pesos de oro común por razón de una casulla de Damasco presada de Castilla con su azanefa de terciopelo carmesí y su alba de ruan, para que se diga misa en la iglesia de este pueblo, cuyos 80 pesos pagarán en el mes de agosto de este año.\n
Mandamiento del Rey dirigido a Juan de Orfanel, Corregidor del pueblo de Maltrata, para que no eche ni destierre de dicho pueblo a Juan de Torres, en virtud de que en un auto con fecha de 21 de octubre de 1598, lo desterró por causar entre los vecinos y naturales muchos daños, revueltas, escándalos, pendencias y alborotos que provocaron pleitos y marañas a los indios entre los españoles, aconsejándoles echen derramas entre los naturales y por otras ofensas hechas en servicio de Dios, a cuyo auto presentó apelación Juan de Torres, quien se dijo ser español y no mestizo, nacido en la ciudad de los Ángeles, hijo de Francisco Hernández de Torres y de Ana de Guzmán, vecinos que fueron de la dicha ciudad y naturales de Zamora en los reinos de Castilla, además de estar casado en el pueblo de Maltrata con Juana Rodríguez, española nacida en el mismo pueblo, hija de Catalina Rodríguez y Martín Buchan, español, declarando que ninguna de las causas que ha fundado el corregidor son verdaderas.
Gaspar Asencio Cornejo, Corregidor en esta Jurisdicción, visitó los carros de la viuda de Gerónimo [Jerónimo] de Villegas, vecina de los Ángeles, que bajan a la ciudad de Veracruz a cargo de Juan Benítez, y halló la gente e indios siguientes: Melchor, Capitán, natural de Amozoque [Amozoc] y su mujer Catalina; Diego, de Tepeaca; Francisco, de Tecamachalco, y su mujer María; Pablo Maldonado, natural de la Puebla, viudo; Jusepe [José] Miguel, soltero, de Tlaxcala; Gaspar de Santiago, de Tecali; Juan Miguel, de Puebla; Jusepe [José], de la Puebla, y su mujer Francisca; y Juan, soltero, de la Puebla.
El Capitán [Miguel] de Orbaiceta, Alcalde Mayor de este partido, Juez Comisario de este nuevo camino, de visita en la cárcel de dicho pueblo, halló presos a Manuel López por causa criminal y querella que en contra de él dio Juan de Etor; a Juan de la Cruz negro esclavo de Francisco López por denuncia de Lope de Gainza, Alguacil Mayor por haber huido; Marcos de la Cruz, por causa criminal; Juan Francisco, indio que está preso por solicitud de una india sobre haberle sacado un machete, pero por no haber causa contra él se le dejó libre; y Melchor Baltazar, indio declaró estar preso por orden del Gobernador Pablo Jiménez, por 10 reales que debe de tributo y él como Alcalde Mayor mandó que pagándolos quede libre.\n
El Capitán Francisco de Aguirre, Alcalde Mayor de este partido, Juez de Caminos y de Registros, dijo que por la distancia que existe entre los pueblos de este partido y agregados del de Zongolica, y no se puede faltar al despacho de los trajinantes y por la necesidad que tienen los naturales de ser bien tratados y administrados, y porque hay muchos mercaderes que entran y salen a vender defraudando, situación por la cual nombra por su Lugarteniente a Juan Barbón, para que en su representación aprehenda y desarme a todos lo que delinquieren, principalmente cuide que no agravien a los naturales ni a ninguna otra persona.\n
Despacho de comisión de don Juan de Ursúa, Alcalde Mayor en este partido, a Diego de Altamirano, vecino del pueblo de Acultzingo para aprehender a los delincuentes y otras personas salteadoras en la cuesta de Acultzingo y potreros de Maltrata, que entran en casas de los indios a hacerles agravios, para que presos los encarcele y castigue.\n
Francisco de Espinosa, Teniente de Alguacil Mayor y Alcaide de la Cárcel, manifestó haber apresado a un indio nombrado Nicolás por estar amancebado con una mujer casada, que por serlo no se pone aquí su nombre, y les cogió esta noche pasada y el dicho alcalde mayor se hubo por manifestado y mandó se tenga preso y a buen recaudo. \n
El Capitán Cristóbal de Soria Caballero, Alcalde Mayor y Capitán a Guerra de este pueblo y su partido, Juez de Caminos, Registros y otras comisiones, dijo por cuanto a la seguridad que deben tener los caminos que se transitan y comercian para la ciudad de Veracruz y otras partes que están a su cargo, es conveniente nombrar un lugarteniente en los pueblos de Maltrata y Acultzingo, de esta jurisdicción y su partido, donde no puede asistir personalmente, y conforme a la facultad que tiene nombra por Teniente General a don Pedro Bernárdez de Rivera, residente en este pueblo, para que como tal ejerza justicia a las partes civil y criminalmente actuando antes como juez receptor con dos testigos de sus asistencia no habiendo escribano real sustanciando las causas que se ofrecieren, se encargue del cuidado de los naturales, vecinos y residentes, no consintiéndoles embriagueces, guarapo ni tepache.
Don Gaspar de Aburruza, Corregidor por Su Majestad en este partido, Juez de Caminos y de Registros y demás comisiones agregadas, dijo que para el bien público y República de este pueblo, así como, para la cobranza de las reales alcabalas de Su Majestad, ordena que todos los panaderos de este pueblo y jurisdicción, que acostumbran hacer y vender pan, amasen y den libra y media de pan cocido sin que falte cosa alguna, en el inter que se provee otro remedio por andar el trigo caro; ordena que todos los vecinos y moradores entrantes y salientes y los que tienen tienda, manifiesten ante el escribano público todas las mercaderías que al presente tienen para vender y las que vayan metiendo en su tienda, para que cada cuatro meses mediante dichas manifestaciones se haga cuenta y se cobre a ellos lo que deban a Su Majestad, lo cual se asentará en el libro de su cargo, y los que vendan vino lo manifiesten so pena de perdido; ordena que ningún vecino de este pueblo y jurisdicción compre a indios mercaderías ni géneros de comer, sino que los dejen venir a la plaza pública de este pueblo para que allí todos lo compren y se prevengan de lo necesario, y los que compren a los indios fuera de dicha plaza incurrirán en pena de 2 pesos de oro común cada vez que contravengan los unos y los otros comprehendidos en este auto; y para que venga a noticia de todos y ninguno pretenda ignorancia, ordena se pregone este auto en las partes acostumbradas.