Pantaleón Guillieño [Gillino de Flores], vecino de esta villa de Córdoba, Profesor de Medicina y Cirugía, natural del lugar de Cogoleto en el Reino de Génova, hijo legítimo del Capitán Nicolás Guillén y de Ana María Guillena, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: A las mandas forzosas y casa de Jerusalén manda a cada una 2 reales. Manda se digan por su alma y la de sus padres 25 misas rezadas. Declara que fue casado de primer matrimonio en la ciudad de Cádiz con doña Francisca Pissarra y Salassar [Pizarra y Salazar], durante este matrimonio procrearon por su hijo a Juan Tomás. Declara estar casado en esta villa con Josefa de los Ángeles [roto]. Declara por sus bienes 100 pesos que le deben los bienes y herederos de Isabel Galván; otros 46 pesos que le es deudor don Juan Valero [de] Grajeda, Presbítero, procedido de la curación de una negra y una india “que curé en la hacienda de trapiche a donde les hice 23 visitas” manda se cobre. Asimismo declara por bienes 19 pesos que le son deudores los bienes y herederos de Agustín Martín, difunto, de la curación y medicinas; 13 pesos de que les es deudor Juan Milián, vecino de esta villa, procedido de la curación, sustento y medicinas de su hijo; 15 pesos de que le es deudor Juan de Betancur [Letancur], vecino de esta villa, de un caballo que le vendió; 34 pesos de que le es deudor Pedro [de] Aguilar, vecino de esta villa, de la curación y medicinas de una estocada que le dieron y sustento, por haberlo tenido en su casa y a su familia, curando y sustentando a su costa treinta y cuatro días. También, declara le ha asistido a Juan García de Miranda en su trapiche a curar los enfermos que se han ofrecido. Y para cumplir y pagar las mandas del presente testamento nombra albaceas a Juan García de Miranda y Josefa de los Ángeles, para que entren en sus bienes, los vendan y rematen. Nombra heredero universal a Juan Tomás.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOINDIOS
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Joseph [José] de Huribe [Uribe], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Diego Ventura, vecino del pueblo de Orizaba, una casa embarrada, cubierta de teja de 10 varas de largo que tiene en el pueblo de Orizaba, con un solar en que está edificada, con 50 varas de frente y 50 de fondo. Dicha casa está ubicada en la calle de la estación que llaman de Las Tres Cruces, que linda por una parte con solar de don Juan Antonio, indio principal de dicho pueblo, y por la otra con solar de Juan Maldonado; la cual hubo y compró de Josepha [Josefa] Valles. La vende en precio de 160 pesos.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Teniente General en lo político y [militar] de esta villa, San Antonio Huatusco y San Juan Coscomatepec, como principal; y los Regidores Joseph de Leyba [José de Leiva] y Miguel de Leyba, el Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparragosa, padre e hijos, Manuel Gómez Dávila, Pedro Trillo de Figueroa, Antonio [Martínez], Alonso Gómez Dávila, don Nicolás de Olivera, Diego de [la] Palma, Benito rrendón [Rendón], Diego de rroxas [Rojas], y Antonio Muñoz de Anaya, todos vecinos de esta villa de Córdoba, como sus fiadores y principales pagadores; mancomunados dijeron que se están siguiendo autos de [capítulos] por parte de la vecindad de esta villa contra el Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de esta villa, ante los señores presidente y oidores de esta Nueva [España] [roto]. Dijeron que durante los dos años que sea Teniente General de este partido el Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, se obligará a enterar a los oficiales reales de la ciudad de la Nueva Veracruz, la ciudad de la Puebla de los Ángeles y la de México, de todo lo que conste estar a su cargo de los ramos de reales tributos, alcabalas y [medio real] por ser de su costa y de su cuenta y riesgo. [roto] Asimismo, entregará al susodicho los tributos [de indios laborios], mulatos y negros libres por tasación, según [costumbres]; de manera que todo ha de quedar enterado y pagado a dichos reales oficiales, alcalde mayor y personas a cuyo cargo fuera su cobranza en los referidos años. Finalmente, se obligan a que el Alférez Antonio de Ábrego y Esquibel [Esquivel] cumplirá lo que está obligado [roto] o pagarán por lo que sea alcanzado.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOFrancisco Trujillo, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por bienes de Isabel López, su suegra, quedó un solar de 50 varas en cuadro en el pueblo de Orizaba, en el barrio de Ysguatlan [Ixhuatlán], que por la parte del oriente linda con casa y solar de Isabel de Aguilar; por el poniente con casa y solar de Juan de Maquisgua; por el sur con Lorenzo Crespín, indio cantor; y por el norte con casa y solar de Nicolás García. Cuyo solar fue donado por su suegra a Isabel de Aguilar, vecina del dicho pueblo, sin haber otorgado escritura en forma, por lo cual dicha Isabel de Aguilar le ha pedido al otorgante le haga donación y venido a ello, por la presente otorga hace donación de dicho solar a Isabel de Aguilar. El mencionado solar es el mismo que hubo y compró su suegra de Lorenzo Bernardo, indio natural y vecino de dicho pueblo, hijo legítimo que fue de don Nicolás de Santiago, cacique, por escritura hecha en el pueblo de Orizaba el 30 de septiembre de 1705.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Juan Lucas, cacique, hijo legítimo de don Baltazar Lucas, también cacique, y de María Antonia, difuntos; y su legítima mujer Petrona Francisca, hija legítima de Juan Nicolás, difunto, y de María de la Cruz; todos vecinos y naturales del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán] jurisdicción de la villa de Córdoba; se otorgan poder mutuo, para que después del fallecimiento de uno de ellos el otro pueda otorgar su testamento como se lo tienen comunicado. Ordenan ser sepultados en la iglesia [roto] del pueblo de Santa Ana. Se nombran mutuamente como albaceas testamentarias. Declaran haber procreado en su matrimonio a Martina Leonor, de diez años de edad; a Juan José, de ocho años; a María Antonia de seis; y a Bernardo Miguel [roto] meses. Nombran como herederos a sus hijos, y se nombran mutuamente tutores y curadores ad bona de ellos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOVentura de Santiago y Felipe de Santiago, indios naturales del pueblo de San Francisco Chocamán, jurisdicción de esta villa de Córdoba, en virtud de licencia que les concedió el Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor por Su Majestad de esta villa, su partido y jurisdicción; dijeron por medio de Juan de Rojas, intérprete del juzgado de dicho alcalde mayor, que se encuentran convenidos y ajustados en hacerle al Sargento Juan García de León, en el rancho que tiene en jurisdicción de esta villa, 20 brazas de casa en dos casas, de 10 brazas y 8 varas de ancho cada una; techadas con zacate, con horcones de encino de a tercia en cuadro; las 4 brazas embarradas, las dos por cada culata de barro, en una casa, y enquilotadas [sic] las 16 brasas para embarrar; todo ello en precio de 200 pesos, a 10 pesos por braza, dándole 100 pesos de contado y los otros 100 pesos cuando terminen. Por lo cual, se obligan a terminar una casa en la víspera de Pascua de Navidad de 1712 y la otra en todo enero de 1713, cada una como va referido, asimismo, para el cumplimiento de este contrato hipotecan una yunta aperada que tiene cada uno y Felipe una yegua castaña con su cría.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Pedro Bernal de la Cadena, cacique natural de este pueblo de Santa Ana Sacan, hijo legítimo de Baltazar de la Cruz, difunto, y de María Magdalena; otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que le deben algunos naturales vecinos de este pueblo, 241 pesos, asimismo, le deben los susodichos otros 227 pesos 6 reales, de que le hicieron obligación en idioma mexicano, cuyas cantidades les suplió para los pleitos de las tierras de Molloapa [Moyoapan] y el Gobernador don Baltazar Lucas, asimismo, para la compra de la tierra de don Nicolás [roto]. Declara hace veintiséis años contrajo matrimonio con Juana María, india, hija de padres conocidos, con quien procreó a Esteban, de veinticinco años de edad; a Juan de la Cruz, de dieciocho años; a Lorenza, de diecisiete años, casada con José Ramos; y a Martina, de catorce años, casada con Agustín Flores. Declara que hace diecisiete años contrajo segundas nupcias con María de la Candelaria, con quien ha procreado a Ignacio, de quince años de edad; José, de trece años; [Micaela], de doce años; y a [roto], de año y medio. Declara por bienes 40 pesos [roto] en una casa baja de cal y canto [roto]; una troje de cal y canto [roto]; una cocina de palos cubierta de teja; dos escaños; otra casa vieja; dos sillas de montar; tres yuntas aperadas; cinco lienzos con distintas advocaciones de una vara de largo; un Señor San Pedro de bulto de una vara de alto; un tambor; tres pedazos de tierra; diez vacas con seis becerros; dos novillos; cuatro yeguas; catorce mulas; un capote musgo de paño [de Castilla] con ribetón de oro, aforrado en piquin musgo; un capote de barracán, aforrado en sarga encarnada, con cuatro botones de plata; una hongarina de paño blanquizco [de] Castilla, aforrada con dos docenas de botones de [filigrana] de plata; una hongarina de paño de musgo con [cuatro] broches de plata; unos calzones de paño de Castilla [roto] musgo con dieciséis botones de plata; unos calzones de tripe encarnada; entre otros bienes. Nombra como albacea a María de la Candelaria, asimismo, tutora y curadora de sus hijos menores. Nombra como herederos a sus hijos.
JOSÉ DUARTE DE ACOSTA, JUEZ RECEPTORAlonso Sánchez, vecino de esta jurisdicción, dijo que los indios Juan Melchor, Joseph [José] Hernández y María Micaela están presos en la cárcel pública de esta villa por 100 pesos de oro común que le deben, y que los susodichos quieren pagarle sirviéndole en su casa, con más 10 pesos y medio del carcelaje y 10 pesos más de costas, por lo cual Andrés Sánchez, Alcaide de la Cárcel de esta villa, le hace entrega de dichos indios, asimismo, en caso de que los indios tuvieran otro [amo] antecedente y viniera por ellos, Alonso Sánchez se obliga a entregarlos luego de que le paguen lo que le deben.
El Capitán José Álvarez Ricardo, vecino de esta villa, dijo que habrá tiempo de dos años que le faltó un macho pardo obscuro de silla, herrado con el hierro que está al margen en esta acta, el cual lo conoció en poder de Francisco Diego, indio natural y vecino del pueblo de San Salvador Calcagualco [Calcahualco], y para eludir gastos y dilaciones Francisco Diego decidió entregar dicho macho con tal que el otorgante le diera carta de lasto en forma. Por lo cual, otorga haber recibido el macho y da poder y lasto a Francisco Diego, para que cobre a Antonio Gonzales, mulato, vecino del pueblo de San Andrés Chalchicomula, los 14 pesos en que se lo vendió.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJacinto de Peralta, vecino de esta villa, dijo que le hurtaron un caballo que tenía en su rancho, de color claro con el hierro del margen, por el cual lo conoció en poder de Andrés Martín, indio del pueblo de Ystalsoquitlan [Ixtaczoquitlán] de la jurisdicción de Orizaba, y queriéndoselo pedir judicialmente se convino con el otorgante de entregárselo de llano en llano por excusar gastos. Por lo cual otorga que recibió dicho caballo de Andrés Martín.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO