Petición presentada ante el Capitán Juan José de León, Alcalde Mayor, en la que Pedro Lucas, indio natural del pueblo de San Salvador el Seco y avecindado en el pueblo de Ixtaczoquitlán, de esta jurisdicción de Orizaba, expone que hace tres años le hurtaron una mula prieta y dos machos de carga, y que no las había podido hallar hasta que vio una mula y un macho en la recua de María Briseño, viuda de José Demitre, vecina de la provincia de Tepeaca; por lo que pide se mande traer el macho y la mula y se le adjudiquen como suyas. \n
INDIOS
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Se tomó la razón de 8 botijas de vino, que lleva Andrés Hernández, indio, para entregar en la Mixteca a sí mismo\n
El Capitán Rodrigo Serrano, Alcalde Mayor, dijo que algunos carreteros, arrieros y criadores de ganado han pasado ocultando sus mercaderías sin llegar al registro; y los indios que les sirven y otras personas los llevan forzados y sin pagarles, en particular se habla de Sebastián Ponce, Diego Ponce, Antonio Báez y Agustín de Castañeda; por lo que manda se traigan a los citados y a los demás que se pasaren, y se castigue con una pena de 50 pesos aplicados por tercias partes, para la Cámara de Su Majestad, el juez y el denunciador.
El Capitán don Francisco de Aguirre, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y Cobranza de los Reales Tributos, dijo que por cuanto tiene noticia que en la avenida del río Blanco ocurrida el 12 del presente mes y año, cuyo río pasa entre los pueblos de Orizaba, Tequila, Tilapa y Zongolica, se llevó el puente por donde transitan los indios de esos pueblos al de Orizaba para vender sus legumbres y semillas; por lo que los ministros de la doctrina y justicia mandaron a los mencionados indios a hacer y poner el dicho Puente. Y habiendo terminado el puente y aderezado la entrada y salida y estribado, los indios de Tequila y Zongolica dijeron por medio de un intérprete, que los indios, gobernadores y alcaldes de Orizaba, les impedían pasar por el puente para vender sus mercaderías y legumbres. Por lo que visto por el alcalde mayor, dictó auto en el que ordena que viniesen y pasasen libremente a vender sus mercaderías y legumbres, y que se notifique al gobernador y alcaldes de este pueblo para que no les impidan el trajino ni la venta de sus mercaderías.
Don Gaspar de Aburruza, Corregidor por Su Majestad en este partido, Juez de Caminos y de Registros y demás comisiones agregadas, dijo que para el bien público y República de este pueblo, así como, para la cobranza de las reales alcabalas de Su Majestad, ordena que todos los panaderos de este pueblo y jurisdicción, que acostumbran hacer y vender pan, amasen y den libra y media de pan cocido sin que falte cosa alguna, en el inter que se provee otro remedio por andar el trigo caro; ordena que todos los vecinos y moradores entrantes y salientes y los que tienen tienda, manifiesten ante el escribano público todas las mercaderías que al presente tienen para vender y las que vayan metiendo en su tienda, para que cada cuatro meses mediante dichas manifestaciones se haga cuenta y se cobre a ellos lo que deban a Su Majestad, lo cual se asentará en el libro de su cargo, y los que vendan vino lo manifiesten so pena de perdido; ordena que ningún vecino de este pueblo y jurisdicción compre a indios mercaderías ni géneros de comer, sino que los dejen venir a la plaza pública de este pueblo para que allí todos lo compren y se prevengan de lo necesario, y los que compren a los indios fuera de dicha plaza incurrirán en pena de 2 pesos de oro común cada vez que contravengan los unos y los otros comprehendidos en este auto; y para que venga a noticia de todos y ninguno pretenda ignorancia, ordena se pregone este auto en las partes acostumbradas.
Francisco Borjes Pacheco, vecino y mercader de este pueblo, en conformidad del auto del 9 de febrero de 1636, manifestó haber comprado 20 fanegas de maíz a los indios de Santa Ana y 6 a Francisco de Prado, de Zapoapa, para vender en su tienda; 200 tablas que compró a don Lorenzo de Cubas, vecino de este pueblo; a Jusepe [José] Martín Durán, dueño de carros, vecino de este pueblo, 4 botijas de vino para vender en su tienda; así mismo, manifestó haber comprado un cajón de jabón a Cristóbal de Figueroa, vecino de este dicho pueblo.
Juan de Etor, vecino del pueblo de Acultzingo, hijo legítimo de Etor Gallego Dame, español, y de doña Francisca Hernández, india principal y natural del pueblo de Acultzingo, difuntos, en virtud de los títulos y recaudos de las tierras que la dicha su madre tiene en el pueblo de Acultzingo y le pertenecen por vía de cacicazgo, solicita a la justicia mayor del partido de Orizaba, don Gabriel de Moscoso, se le ordene a Juan Pérez, mestizo, dejase las dichas tierras y no lo inquiete, pues éste las ha invadido y edificado casas en ellas; así mismo, solicita se saque del archivo copia de los títulos y recaudo.
Petición de Francisco de Camas de León, en nombre del Capitán Baltazar Domínguez, vecino del número de los fundadores de la villa de Córdoba, para que lo dejen libremente trajinar con su recua por el camino de la Veracruz, sin llevarle derechos de las visitas que hicieren a su recua, para lo cual presentó mandamiento del Marqués de Cerralbo, con copias insertas de la ordenanza del Marqués de Guadalcázar (1619), confirmación del Marqués de Cerralbo (1625), mandamiento del Marqués de Montesclaros (1607), confirmación de don Luis de Velasco (1610), y mandamiento del Marqués de Gelves (1622), los cuales hacen alusión a que sólo carretas y carreteros deberán llevar derechos por las visitas que hicieren a los carros y carretas, exceptuado de este derecho a las recuas, así mismo no haberse de entender con los dueños de recuas la prohibición de bajar con indios en tiempo señalado a la Veracruz, sino tan solamente con las cuadrillas de carros. En cuyo auto el corregidor de Orizaba, hace mención de una causa de denunciación en contra de dicho Domínguez, por bajar con indios en servicio de su recua a la Nueva Veracruz en tiempo prohibido, resolviendo enviar al Señor Virrey los mandamientos presentados por parte de Baltazar Domínguez, junto con la ordenanza que revocó el Señor Marqués de Guadalcázar y confirmó el Señor Marqués de Gelves, y provea lo que fuere servido.
Francisco de Espinosa, Alguacil Mayor y Alcaide de Cárcel, manifestó haber aprehendido a dos indios llamados Miguel Francisco y Gabriel Matías, por amancebados y ellos lo declararon así, y el alcalde mayor por ser la primera vez, mandó se les notificase auto ordinario para que no se comuniquen con las mujeres con quien se les cogieron, pena que serán castigados con todo rigor.
Don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor de este partido, dijo que por cuanto en las cosas y casos de los indios e indias es necesario que haya persona en el juzgado que entienda y sepa hablar la lengua mexicana, por lo que para tal efecto, nombra por intérprete a Marcos de Espina, quien lo aceptó y se obligó a guardar secreto a las partes a lo que él fuere encargado.