HUÉRFANOS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0015 · Unidad documental simple · 1705/01/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Juan Jiménez, Escribano de Su Majestad, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Andrés Jiménez y de doña Antonia de Barrios, difuntos, dijo que por cuanto los descargos de su conciencia los tiene comunicados con el Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, y con doña Petrona Cortés, residente en el pueblo de Orizaba, por tanto, en aquella vía y forma otorga que da su poder a ambos para que hagan su testamento. Declara que su cuerpo sea amortajado con el hábito de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa al pie de la pila principal de agua bendita. Nombra como albaceas testamentarios a los citados Antonio Sebastián Pérez Padrón y Petrona Cortés y como única tenedora a Petrona Cortés. Por último, nombra como universales herederos a doña Petrona Cortés y a Agustín Jiménez Cortés, niño huérfano, su ahijado que a la fecha tiene cuatro años y se halla criando en la casa de dicha Petra, y como es menor de edad, nombra a Petrona Cortés como su tutora.

              NICOLÁS RODRÍGUEZ DÁVILA, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0032 · Unidad documental simple · 1712/04/03
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Rodríguez, vecino y natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Nicolás Rodríguez del Pulgar y de María de los Ángeles, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que hace veinte años, poco más o menos, contrajo primeras nupcias con María Sánchez, difunta, con la cual procreó a Felipa Rodríguez, mujer legítima de Gabriel Pérez. Asimismo, declara que hace siete años contrajo matrimonio con Isabel Sánchez, con quien no ha tenido hijos. Declara que le dio a Gabriel Pérez, su yerno, veintidós mulas aparejadas de su propiedad para que las administrara y fletara, y le dio orden para que fuera a la Nueva ciudad de la Veracruz, y éste desobedeciendo subió para la ciudad de México, donde se valió de sus fletes y de más a menos perdió dichas mulas y nunca le dio cuentas de ellas ni de sus fletes, y solo le trajo cuatro varas de paño de la tierra, y aunque muchas veces le ha pedido cuentas solo lo entretiene, y aun dice que él otorgante le debe 80 pesos. Manda se le den de sus bienes a Antonio Rodríguez, huérfano que crio en su casa, de catorce años de edad, una vaca de vientre y una yegua. Declara por bienes un rancho de vacas fundado en tierras del Muy Ilustre Cabildo de esta villa, a quien paga 8 pesos de arrendamiento cada año, una casa de vivienda de zacate, cuarenta reses grandes y chicas, tres caballos, nueve yeguas, doce marranos, siete mulas de carga aparejadas. Asimismo, un herramental y hierro de herrar ganado, una silla de cabalgar con su freno y cojinillo. Declara que dicha Isabel Sánchez fue casada en primeras nupcias con Jerónimo Jaramillo, difunto, vecino que fue del pueblo de Quichula [Quechula], y durante dicho matrimonio tuvieron a Petrona Jaramillo, mujer legítima de Matías Guzmán. Manda se le dé a dicha Isabel Sánchez el remanente del quinto de sus bienes, de que le hace manda graciosa, juntamente con la mitad de los gananciales por haberlos ganado y multiplicado los dos durante su matrimonio. Nombra como albaceas a don Francisco Valero y Alvarado, y por su falta a Nicolás Cano de Montezuma, vecino del pueblo de Orizaba, y a Isabel Sánchez, su mujer, y por tenedor de bienes a dicho Francisco Valero. Nombra como heredera universal a su hija Felipa Rodríguez.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0038 · Unidad documental simple · 1728/12/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Pedro Fernández Roldán, vecino del pueblo de Orizaba, residente en esta villa, exhibió una escritura, su data en el pueblo de Orizaba a 7 de presente mes y año, por el cual consta que el 4 de este mes y año don Juan de Villegas, vecino del citado pueblo, dueño de molino de pan moler fundado en el despeñadero, jurisdicción de esta villa, nombrado Nuestra Señora de los Dolores, situó y cargó sobre el molino una capellanía de misas rezadas por su alma, las de sus padres y demás de su intención de 4 000 pesos de principal y por ellos 200 pesos de réditos, y nombró por primer capellán propietario al Bachiller don Manuel Masín, Clérigo de menores órdenes, estudiante en sagrada teología, hijo legítimo de don Tomás Masín, difunto, y de doña María de Espinosa, español noble, y fallecido nombró por segundo capellán a Justo José de Villegas, su huérfano, y en tercer al capellán propietario a don Diego Antonio Roldán, hijo de don Pedro Roldán y doña María de Espinosa, con obligación de decir y celebrar todos los domingos del año una misa rezada por el alma de dicho fundador, las de sus padres y Benditas Almas del Purgatorio en el altar de la capilla que está en dicho molino y en tanto que se acabe dicha capilla se ha de poder celebrar en el trapiche del beneficio de hacer azúcar, cuyas tierras tiene de arrendamiento a la linde de dicho molino, para que no dejen de oír misa cada ocho días los sirvientes de dicho molino y trapiche nombrado Quacitlapa (Cuacitlapa), y para que conste de pedimento de don Pedro Fernández Roldán la registró en este libro del becerro.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0007 · Unidad documental simple · 1714/01/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María de Barrios, hija de don Francisco de Barrios y de doña Isabel Rodríguez, difunta, mujer de Juan José de Cuevas, otorga haber recibido del Secretario Juan de Espinosa, vecino del pueblo de Orizaba, a saber 300 pesos de oro común en reales, como patrón que es de la obra pía que instituyó y fundó el Licenciado Juan Sánchez Niño, para la dote de una niña de sus parientes que mandó saliese el día de los Desposorios de Señor San José en su procesión, y que se le diese dicha cantidad para ayuda de tomar estado, respecto de haber sido nombrada la otorgante por dicho patrón y haber salido de huérfana el año pasado de 171, el día asignado, y estar casada con el otorgante y tener recibida dicha cantidad, de ella se dieron por entregada a su voluntad, y entregaron carta de pago y recibo en forma.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0085 · Unidad documental simple · 1716/08/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Ortega, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Orisava [Orizaba], natural de la Puebla de los Ángeles, hijo de Luis de Ortega y Antonia Ferrer difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Tercera Orden es hermano, y sepultado delante del altar de Jesús Nazareno, en la parte y lugar donde fuere su fallecimiento. Declara hace veintiséis años poco más o menos contrajo matrimonio con Agustina Ramírez, quien llevó a su poder por sus bienes una mulata nombrada Teresa Carmona, la cual ha procreado algunos hijos, y él tendría de caudal como 2 000 pesos poco más o menos, durante dicho matrimonio no han procreado hijos. Señala haber criado en su casa y compañía a Benito José de Ortega, María de Ortega, Pedro de Ortega y José Manuel de Ortega, huérfanos. No debe a persona alguna. Declara que algunos vecinos del pueblo de Orisava [Orizaba] le están debiendo algunos reales que constan por vales. Manda que a Benito José se le dé el banco de herrar y toda la herramienta para que la use y mantenga a Agustina Ramírez, su mujer, hasta que ésta fallezca y después la use como suya propia. Asimismo, manda que a Benito se le dé toda la ropa de color y blanca, y un aderezo de espada de plata. Que se le den a María de Ortega los cuadros y sillas de su casa. Por bienes señala cuatro casas bajas en el pueblo de Orisava [Orizaba], cubiertas de tejas, contigua una de la otra en la calle Real. Nombra por sus albaceas a Agustina Ramírez y al Bachiller don Miguel Pérez; por tenedora y heredera a Agustina, en atención a no tener herederos forzosos y con cargo de que paren en su poder las cuatro casas y tenga en su compañía a los cuatro huérfanos y que no pueda vender las casas, censuarlas ni gravarlas a capellanía ni a tributo ni otro gravamen, sino que con sus arrendamientos las mantenga y repare en lo que necesitaren. Manda que la casa en donde vive Sebastián Ramírez se le dé a Benito José de Ortega para que éste la goce sin gravarla a censo ni otro tributo, porque es su voluntad que, aunque se case o tenga hijos pase dicha casa a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, del pueblo de Orisava [Orizaba], con el cargo de que su mayordomo mande a hacer misas anuales por su alma y la de su mujer. De la segunda casa manda se le dé, después del fallecimiento de su mujer, a María de Ortega con la condición de no gravarla ni hipotecarla a censo ni deuda alguna y por fin de ella pase a la cofradía del Señor San Francisco Xavier [Javier]. De la tercera casa, en que actualmente vive el Bachiller don Miguel Pérez, pase a Pedro de Ortega con las mismas condiciones que las anteriores y por fin de sus días hace gracia y donación a la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, con la misma obligación y cargo de las otras. Y de la cuarta casa, manda se de a José Manuel de Ortega para que la goce como suya con el mismo cargo y no las hipoteque a censo, tributo, capellanía ni otro gravamen, porque por fin de sus días le hace manda de dicha casa a la cofradía de Jesús Nazareno, del pueblo de Orisaba [Orizaba], con el cargo de otras 10 misas rezadas por su alma y la de su mujer. Las cuales gocen las cofradías por fin de los días de su mujer y huérfanos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0041 · Unidad documental simple · 1707/03/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juana Rodríguez Romano, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de Benito Rendón, su marido difunto, vecino que fue de esta villa y natural que fue del puerto de Cabarro Cohuto [Combarro Couto] del convento de San Juan del Pollo [San Juan de Poio] del reino de Galicia y arzobispado de Santiago, hijo legítimo de Andrés de Renda y de Catalina Díaz Fernández, vecinos y naturales que fueron del citado puerto; y en virtud de su poder para testar que se otorgaron el uno al otro el pasado 15 de abril de 1703, y de dicho poder usando otorga que ordena su testamento bajo las cláusulas y legados que le tenía comunicado en la forma siguiente: Declara que su marido murió el 27 de febrero del presente año en el pueblo de Orizaba, que fue amortajado con el hábito de San Francisco de cuya orden era uno de sus hermanos terceros y sepultado en la parroquia del pueblo de Orizaba, debajo de la lámpara del Santísimo Sacramento y que el día de su entierro, 28 de febrero, se le cantó misa de cuerpo presente. Le comunicó y en su nombre declara que el día de su fallecimiento se contaran los presos de la cárcel pública de esta villa y a cada uno se le dieran 2 reales de limosna, lo cual tiene ejecutado. Ítem le comunicó y en su nombre declara que fue su voluntad se diesen 25 pesos para la fábrica de la obra material de la iglesia parroquial y 10 pesos al convento del Señor San Antonio. Ítem le comunicó su marido se diesen 100 pesos a Ana Margarita, doncella, huérfana que tienen en su casa. Ítem, le comunicó el dicho su marido se den 200 pesos y toda la ropa de color de su poner a Benito Caravallo, su sobrino. Ítem le comunicó su marido, era su voluntad que después de su fallecimiento se fundara una capellanía y memoria perpetua para que todos los días de fiesta y domingos del año se diga la misa de once rezada en la parroquia de esta villa, y para ello se saque de sus bienes hasta 4 000 pesos y se cargue a censo redimible en finca segura y permanente, para que con sus réditos se digan dichas misas, y al título de dicha capellanía se puedan ordenar los parientes de él y de ella, para lo cual y cuando llegue el caso llamó por primer patrono de la capellanía a la presente otorgante y por capellán de ella a cualquiera de los hijos, sobrinos y hermanos de la otorgante. Ítem declara que habrá tiempo de veinticinco años que contrajeron matrimonio y que durante él no tuvieron hijos. Y en voluntad de dicho poder la nombró y eligió por albacea, tenedora de todos sus bienes y asimismo la instituyó como su universal heredera.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO