Don Carlos José Garzón y doña Juana Morales, marido y mujer, vecinos de este pueblo, se obligan a pagar a don Agustín Benítez, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de esta jurisdicción de Jalapa y Jalacingo, Mayordomo de la Cofradía de la Concepción, la cantidad de 50 pesos, en el plazo de 5 años, con réditos anuales de 5%, y para seguridad de esta deuda hacen hipoteca especial de unas casas, cargadas con un censo redimible de 60 pesos del Santísimo Sacramento, de esta Cofradía, junto con otra casa de José de la Calle, cargada con 500 pesos.
HIPOTECAS
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Don Diego Cardeña, Escribano Público de este juzgado, dijo que por orden del señor don Agustín Benítez, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de esta jurisdicción y la de Jalacingo, por auto de los inventarios de don Felipe de Acosta, a recibido de don José de Castro, curador y tutor de los menores hijos de dicho Acosta, la cantidad de 150 pesos los que se obliga a pagar en un año. Como seguro de esta deuda hipoteca una casa que tiene en este pueblo ubicada en la calle que va para Santiago, con la que hace frente.
Don Diego de Alcalde, vecino del Pueblo de Perote, residente en esta Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de don Salvador Martínez, de la misma vecindad, la cantidad de 10 000 pesos, los cuales se obliga a satisfacer en el término de tres años, con sus 5 % en cada uno; y para seguridad del principal, hipoteca, sujeta y grava dos haciendas de ganado y labor, nombradas Altiyucam [San Juan Alteyuca] y Tehuetla, que posee en las inmediaciones del Pueblo de Perote, Jurisdicción de Jalacingo.\t
Don José de Trapaga, vecino del pueblo de Perote Jurisdicción de Jalacingo, informa que el difunto Andrés de Somoza le quedó debiendo 608 pesos 1 real y para cobrar dicha cantidad otorgó poder a don Bartolomé Pico Palacios, vecino de México, de lo que resultó que el Juez General del Juzgado General de Bienes de Difuntos decretó satisfacerle dicha cantidad con la condición de que si salía un acreedor de mejor derecho tenía que devolver el dinero, saliendo dicho apoderado por su fiador, por lo que el otorgante se obliga a sacar a su fiador a paz y salvo, de tal manera que no gaste de su caudal cosa alguna. Como seguro hipoteca una casa y una tienda mestiza que posee en este pueblo en la Calle Real.