HIPOTECAS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0076-PX_0076_0109 · Unidad documental simple · 20/09/1814
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Ignacio Paz, de esta vecindad, otorga que recibió de su señora doña Rita García Nieto, vecina del pueblo de Teziutlán, viuda de don Domingo [Antonio] de la Torre, la cantidad de 1 800 pesos, cuya suma percibió en los términos siguientes: 1 000 pesos de una libranza que por endoso cobró don Gregorio Sáenz de Sicilia Valiente, por cuenta de Lino Carasa Jiménez y los 800 restantes que le entregó en esta Villa don José Antonio de Bárcena. Los 1 000 pesos se obliga a pagar con sus correspondientes premios de 5 % en el término de 1 año, y los 800 pesos, la acreedora se los descontará de las mesadas que por la enseñanza y pupilaje debe satisfacerle de dos hijos que están a cargo de él. Para el pago de esta deuda hipoteca una casa ubicada en la Calle del Beaterio.\t

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0141 · Unidad documental simple · 13/12/1816
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Antonia Amaya, de esta vecindad, mujer legítima de don Cayetano Gándara, de este comercio, del que tiene licencia para otorgar este instrumento, ha recibido de don Juan Andrés de Azcárate, vecino y del comercio de la Puebla de los Ángeles, residente en esta Villa, la cantidad de 2 000 pesos que le ha suministrado por hacerle bien y buena obra, cuya cantidad se obliga a pagar en el término de 4 años con sus réditos anuales del 5%. Y para que a un tiempo mismo pueda usarse a favor de sus acreedores, hipoteca una casa ubicada en una esquina al confín de la Calle del Beaterio y principio de la que llaman de los Ingenios.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0060-PX_0060_0022 · Unidad documental simple · 27/02/1795
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Mariano Seoane, vecino de la Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de don Francisco Javier Fernández de Ulloa, Ministro Hermano Mayor de la Venerable Orden Tercera de Penitencia de Nuestro Señor San Francisco, 150 pesos en calidad de depósito irregular por tiempo de 9 años, cuya cantidad es con la que don Juan Montañés de la Cueva impuso una obra pía, contribuyendo cada año con 7 pesos y 4 reales y como seguro pago de la deuda hipoteca 2 casas ubicadas en la calle del Beaterio.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0052-PX_0052_0383 · Unidad documental simple · 02/10/1783
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Becerra, vecino del pueblo de Jalapa, declara que ha recibido del Capitán José Antonio de la Pedreguera, Mayordomo de la Archicofradía del Divinismo Sacramento, la cantidad de 100 pesos de oro común, los cuales se obliga a tener en calidad de depósito irregular por el periodo de 5 años y para la seguridad de su pago hipoteca la casa de su morada ubicada en el callejón que de la calle del Beaterio y frente de su puerta va para el barrio de los Luises.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0051-PX_0051_0019 · Unidad documental simple · 23/02/1780
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Nicolás Manuel Fernández, vecino de Jalapa, vende a don Francisco Hidalgo, de la misma vecindad, una casa de cal y canto, cubierta de madera y tejas, con su solar cercado de paredes y otro pedazo de solar ubicado en el barrio de Tecuanapa, cuya casa tiene al norte 17 varas y 1 sesma, linda por este rumbo, Calle del Beaterio en medio, con casa de los herederos de don Domingo Bonares, de fondo mide 46 varas y linda con el pedazo de solar que mide 21 varas en cuadro y que se incluye en este venta, al sur con un pedazo de solar que el otorgante le ha cedido a don Joaquín Campos, al oriente con casa y solar de don Nicolás Hickie, cuya pared de división es común a ambos, el solar linda con otro de los herederos de don José de Castro, al poniente con el boquete que ha quedado para calle entre ésta y la casa de la Maestra Magdalena. La venta la hace en 1, 900 pesos que pagarán dentro de 5 años, entregándosele 90 pesos anuales con réditos del 5 %. El comprador se obliga a pagar e hipoteca dicha casa con el gravamen de 1, 500 pesos a favor del otorgante quien la sitúa con otros 400 pesos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0060-PX_0060_0023 · Unidad documental simple · 27/02/1795
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Mariano Seoane, vecino de la Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de don Juan Gómez de Estrada, Mayordomo de la Cofradía de Ánimas, la cantidad de 250 pesos en calidad de depósito irregular por tiempo de 9 años, cuya cantidad es la misma que le entregó dicho mayordomo por disposición de doña Clara Elena de Reina, difunta, contribuyendo cada año con 12 pesos y 4 reales y como seguro pago de la deuda hipoteca 2 casas, una ubicada en la calle del Beaterio y la otra en la calle que baja al Barrio de Canta Ranas.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0153 · Unidad documental simple · 1825/10/05
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Miguel de Iriarte y Alba, de esta vecindad, dijo que por cuanto este día acaba de otorgar obligación en favor de don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio y vecindad, por cantidad de 1 000 pesos pagaderos en el término de dos años, contados desde hoy, con más sus premios de 5 por ciento anual. En cuya obligación se constituyó por su fiador don Juan Lucas de Olavarrieta, también de esta vecindad, y deseando caucionar a éste de toda responsabilidad por el servicio que le hace en caso de sufrir el lasto, hipoteca a su favor la parte que le pueda corresponder en el valor de la casa que fue de la habitación de su señora madre, doña Juana Manuela de Alba, ubicada en esta villa, haciendo esquina a las calles del Beaterio y de Alba, con frentes al norte y oriente, la cual no podrá enajenar hasta que no esté satisfecho íntegramente el principal e intereses.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0155 · Unidad documental simple · 1825/10/07
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Cayetano Gándara, de este comercio y vecindad, y doña Ana Josefa de Abraga, su esposa, ella con su respectiva licencia, otorgan que venden en favor de don Guillermo de Espino, labrador, vecino de esta jurisdicción, una casa de paredes de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, con unas viviendas altas al confín por el rumbo del oriente y todas las demás bajas, con su horno, amasijo y útiles para hacer pan y una pila de agua corriente, en esta villa, en el confín de la calle que llaman del Beaterio, con la que hace su frente principal, y a la boca de la calle que va para los ingenios, mirando hacia el sur, y del otro lado, en su principio, casa de don José Domingo de la Rocha, por cuyo rumbo tiene 37 y media varas y 35 y media de fondo hacia el norte, por su confín hacia el oriente; y por la otra mitad hacia el poniente con 24 varas y por cuyo rumbo linda con el de casa de doña María Josefa González y Echeverría y hermanas; por el costado del oriente hacen otro frente las viviendas altas, a una callejuela que nace en el callejón de la Cerbatana o de las Bochas de Arrieta y se une con la citada de los Ingenios, y del otro lado huerta cerrada y paredones de los otorgantes y otras casitas de distintos dueños, haciendo esquina dichas viviendas altas; y por el costado del poniente linda con el de casa concursada del finado don Pedro Martín del Puerto Vicario. Cuya deslindada finca es la misma, que hubieron por mitades ambos otorgantes por herencia de doña Antonia Amaya, consorte del primero y tía de la segunda, y la misma que aquella adquirió por fallecimiento de su primer marido don Antonio Gomila. La venden con solo la hipoteca de 800 pesos de principal, que hoy pertenecen a la Tercer Orden de San Francisco de esta villa, que impuso Gomila sobre ella a premio de 5 por ciento por el término de cinco años. Y otros 2 000 pesos a que la gravó Antonia Amaya, en favor de don Juan Andrés de Azcarate, vecino de la Puebla de los Ángeles. Cuya enajenación la hacen por la cantidad de 6 500 pesos, 2 800 de ellos impuestos sobre dicha casa por el tiempo y orden que se menciona en el acta y los 3 700 pesos restantes que el comprador le ha pagado en reales de contado.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0129 · Unidad documental simple · 1821/06/06
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, otorga poder especial a don Ángel Pablo Novo, vecino y del comercio de la Puebla de los Ángeles; para que en su representación reciba del Juzgado Eclesiástico de Capellanías y Obras Pías de la misma ciudad, 422 pesos y 2 reales, complemento de 2 222 pesos 2 reales pertnecientes al principal de la capellanía de la Santa Escuela de Cristo de la iglesia parroquial de esta villa, de la cual es propietario capellán, y mandó fundar el señor conde de Reparaz; y lo constituya y obligue a reconocer esta suma al rédito de 5 por ciento, con especial hipoteca de una casa que posee en esta villa, en la calle del Beaterio; otorgando para ello la escritura que corresponda.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0002 · Unidad documental simple · 1834/01/04
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Josefa Ramona Díaz de Oronoz y doña María Francisca Peredo, ambas de esta vecindad, dijeron que la primera como propietaria de la hacienda y molino de San Roque conocida con el sobrenombre de Pedreguera ubicada en cercanía de esta ciudad, se la da en arrendamiento a la segunda, bajo las condiciones siguientes: Primera. El arrendamiento es por cinco años. Segunda: En él se incluyen todos los ramos, siembras, tenería, ganados y utensilios, y al vencimiento de éste se devolverá todo. Tercera: Que los utensilios de capilla e imagen se entregarán por inventario. Cuarta: que a las pieles de ganado mayor que hay en la curtiduría se le fijarán los precios que se citan en la escritura. Quinta: Que el ganado lanar se valuará por dos nacateros o criadores. Sexta: Que el importe de las pieles y ganado lanar se ha de exhibir por la arrendataria tan luego como se haga la liquidación. Séptima: Que todos los gastos que se hagan por comodidad de la arrendataria se hagan por ella misma y en caso de algún accidente como la caída de un techo, el gasto será cubierto por la dueña. Octava: Se reconocerán todos los corrales a fin de que las reformas que demanden se hagan por cuenta de la dueña. Novena: Que en cuanto a todo lo demás de la finca y oficinas lo recibirá la arrendataria en los términos que existe. Décima: Que las deudas de los sirvientes y arrendatarios que haya pendientes queda por cuenta de la dueña y encargada la arrendataria o sus administradores del cobro. Undécima: Que si hubiera una inconformidad en lo pactado se nombraran dos personas, una de cada parte y un tercero por ambos en caso de discordia, para que arreglen las diferencias. Duodécima: Que los gastos que se causen en la devolución se costearan por ambas partes. Décima tercia: Que dicha arrendataria ha de pagar por la merced anual 1 100 pesos, exhibiendo adelantado cada seis meses 550 pesos que corresponden a medio año. Décima cuarta: Que no se habrá de variar en los cincos años el presente arrendamiento. Décima quinta: Que la señora Peredo ha de hipotecar una casa de su propiedad que está ubicada en esta ciudad en la calle de Gomila. Décima sexta: Que si la señora Oronoz llegase a necesitar algún dinero antes de la fecha se le franqueará por la señora Peredo. Décima Séptima: Que la señora Peredo puede subarrendar por su cuenta y riesgo. Décima octava: Que por muerte o falta de la señora Peredo ha de continuar en la negociación su hermano don Antonio José [Peredo] bajo las mismas condiciones. Bajos cuyas condiciones otorgan que celebran el relacionado contrato de arrendamiento, obligándose la señora Josefa Ramona Díaz de Oronoz a que le será cierto y seguro a la señora doña María Francisca Peredo por el tiempo y requisitos expresados. Y la señora doña María Francisca Peredo se obliga a cumplir por su parte cuanto está expresado en dichas cláusulas y para seguridad del pago hipoteca una casa ubicada en esta misma ciudad al confín de la calle que sigue de la del Beaterio a la cual hace su frente, y va a la boca calle que llaman de los Ingenios.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO