Don Dionisio y doña Gertrudis Noriega, doncella mayor de 25 años, hermanos y vecinos de esta Villa, deben y se obligan a pagar a don Miguel Ignacio de Miranda, vecino y del comercio de la Ciudad de Veracruz, la cantidad de 1 000 pesos, en el término de 4 años, cantidad que le ha prestado sin premio alguno por hacerle bien y buena obra para la reedificación de una de sus casas, y para mayor seguridad de dicho adeudo, hipotecan 3 casas de edificio bajo, contiguas, de piedra y madera, cubiertas de tejas, situadas en la Calle de la Raqueta, por donde linda al oriente con casas de doña Ana Petra Borja, doña Juana Rita Cardeña y doña Mariana de Cardeña, al sur y poniente con casas de don Nicolás Fernández, al norte con el callejón de Quiñones y casa de don Rafael José de Facio.
HIPOTECAS
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Don Pedro Farfán de los Godos, vecino de esta Villa, debe y se obliga a pagar a don Diego Leño, de esta misma vecindad, la cantidad de 4 100 pesos en efectivo de oro común en la parte y lugar que se lo pidan, según auto del 29 de agosto último que proveyeron los señores diputados del Real Tribunal del Consulado de la Nueva Veracruz, relativo a la sentencia pronunciada por el mismo tribunal el 21 de marzo del presente, en que se condenó al compareciente al otorgamiento de la escritura de paga de la referida cantidad, resultado de la compañía de comercio que tenían ambos en el paraje nombrado La Banderilla. Como seguro de la deuda hipoteca una casa de edificio bajo, ubicada en la calle del Calvario.
Don Carlos Díaz y Herrero, Regidor Decano y Alguacil Mayor de esta Villa, dijo que por cuanto don Juan Esteban de Elías, albacea testamentario fideicomisario y heredero del difunto don Fernando Gómez Muñoz, en consorcio con don José de Arias, le vendió el molino que llaman de Pedreguera, con su ladrillera, tenería y rancho agregado de San Roque en cantidad de 11 000 pesos, de los cuales 5 600 reconoce de principales de capellanías, 3 900 pesos exhibió al contado, y los restantes 1 500 pesos se obliga por la presente a tenerlos en calidad de depósito irregular a favor del vendedor, pagando los réditos del 5 % anual por el tiempo que sea voluntad de dicho don Juan Esteban de Elías y del otorgante, corrientes desde la fecha de la escritura de venta. Y para seguro de dicho principal, hipoteca la citada finca con su ladrillera, tenería y rancho agregado de San Roque, que se halla a media legua de distancia de esta Villa hacia la parte del poniente.
Don Pedro Miguel Martínez y doña Rosa Laureana de Castro, marido y mujer, vecinos de esta Villa de Jalapa, fiadores de su hijo don José Uribarry para pagar a don Pedro Ignacio de Arístegui, la cantidad de 400 pesos en el plazo de 6 meses, con hipoteca de dos casas, cantidad que no pudieron pagar y que su otro hijo Manuel de Goiri se ofreció a libertarlos de esta obligación con el acreedor, por lo cual se obligan a pagar a don Manuel de Goiri, vecino de esta villa, la cantidad de 368 pesos 7 reales, cantidad que usarán para pagar el adeudo del cual son fiadores.
Doña Catarina Viviana Ortiz de Zárate, viuda de don José Antonio Rincón, vecina de este pueblo de Jalapa, funda una obra pía de misas a favor de su alma por la cantidad de 300 pesos de principal, de los cuales 200 pesos los tiene prestados a Marcela Baizabal, viuda de Felipe Gorrón, en calidad de depósito irregular, con hipoteca sobre sus 2 casas, ubicadas una en la calle de Santiago y la otra en la de la Amargura, y como la primera fue vendida, la hipoteca se cargó a la segunda casa, y los restantes 100 pesos a una casa de la declarante que linda al sur con la Calle Imperial y casas de doña Juana Antonia Robledano, al oriente con casa de don Sebastián Bobadilla, al norte con solar y casas del Rey, y al poniente con casas de las Camino.
Don Tomás y don Marcos Roso, vecinos de la Villa de Xalapa, el primero como principal deudor y el segundo como su fiador, otorgan que el primero ha recibido del Licenciado don Bernardo María Sánchez de Ibáñez, Cura Propietario, Vicario y Juez Eclesiástico de la parroquia y Doctrina de San Francisco Actopan, jurisdicción de la Antigua, la cantidad de 900 pesos en calidad de depósito irregular, por tiempo de 5 años, cantidad que pertenece a la Hermandad de las Benditas Ánimas, obligándose a contribuir con 45 pesos anuales, y para su seguro pago hipoteca una casa con su sitio que le pertenece, ubicada en la calle de la Amargura, al norte linda con de don Domingo de Castro, al sur con casa de don Juan de Bárcena y al poniente con solar de don José de Zárate.
Don José María Durán, vecino de la Villa de Xalapa, dijo que don Juan Antonio Gómez de Guevara, en el discurso de los autos que siguió sobre la venta de la hacienda del Encero, para facilitar la aprobación de ésta, cedió 300 pesos a favor de doña María Gertrudis Díaz Mier, hermana del otorgante; al venderse ésta se depositaron los 300 pesos en don Juan de Abecia, por ser menor de edad doña María Gertrudis, pero el otorgante se ha presentado alegando se le entregasen a él dicha cantidad por ser su familiar más cercano, lo que fue aprobado, por lo que otorga que ha recibido dicha cantidad de don Juan de Abecia, obligándose a que los devolverá a su hermana cuando cumpla mayoría de edad o luego que tome estado y para asegurar su pago hipoteca una casa en la esquina de la Plaza del Rey de esta Villa.
José Cagigas, vecino de la Villa de Xalapa, otorga que se obliga a pagar a doña María Terrazas, de estado doncella, hija de Joaquín Terrazas, 196 pesos dentro de 5 años contados desde el día de hoy, y como seguro pago de la deuda hipoteca la casa de su morada, situada en la calle del Molino de Maniau, por el costado del norte linda con casa y solar de Manuel Garcés, al sur con casa y solar de don Antonio de Castro, y por el fondo al poniente con una callejuela que va al dicho Molino.
Gertrudis González, mujer legítima de Antonio Cagigas, vecina de la Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de don Juan Pérez Pensado, de esta vecindad, albacea de don Miguel Robles Tejeda, 100 pesos en calidad de depósito irregular por tiempo de 9 años contribuyendo en cada uno de éstos con 5 pesos, los cuales se convertirán en aceite de la lámpara del Divinísimo Señor Sacramentado de la Iglesia del Señor San José de la Laguna de esta Villa y como seguro pago de la deuda hipoteca una casa ubicada en la calle de San Francisco de Paula en el barrio de la Laguna, con la que hace frente al norte, al oriente linda con tierra de la misma cofradía, al sur con calle que de la tenería va a la Laguna, al poniente con solar de Pascuala Mendoza.
Don Marcos Rubio Roso vecino de la Villa de Jalapa, apoderado de sus hermanos, otorga que ha recibido de doña María Josefa de la Torre, viuda y albacea del difunto don Miguel de Barros, de esta vecindad, la cantidad de 1, 000 pesos de oro común, obligándose a mantenerla en depósito irregular por tiempo de 4 años, y se obliga a contribuir con 50 pesos anuales. Y como seguro pago de la deuda hipoteca su casa situada en la calle de la Caridad.