Doña María Manuela Montero, de esta vecindad, viuda del finado don Andrés Rodríguez Rojo, otorga que ha recibido de don Francisco Fernández y Agudo, de este comercio y vecindad, la cantidad de 1 100 pesos, que por hacerle beneficio y buena obra le ha suministrado; por lo cual, se obliga a satisfacer dicha cantidad en el término de tres meses, a partir de esta fecha; y para mayor seguridad del principal, hipoteca una casa de cal y piedra, cubierta de madera y teja, ubicada en esta villa, en la tercera cuadra de la calle del Calvario o Amargura, con su frente al oriente y del otro lado casa alta de los herederos del finado licenciado don José María Durán; por su fondo, al poniente, linda con el de casa de don José Mariano Lucido y corral de la casa de los Diezmos, con la que linda también por el costado del norte; y por el del sur con el de la casa de Pablo Álvarez.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOHIPOTECAS
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Don José Manuel Cruz y Bremont, de esta vecindad, como albacea de su difunto padre, don Anastasio Cruz, quién fue heredero y albacea único de su hermano don Pedro Mariano Cruz, ambos vecinos que fueron de esta villa, otorga que ratifica la obligación e hipoteca que otorgó su tío, don Pedro Mariano Cruz, en la escritura de venta de unas haciendas, rancho y otras estancias, su fecha en la Puebla de los Ángeles el 18 de febrero de 1801, que otorgaron a su favor el presbítero don Francisco Mateo Florido y su hermano don Mariano. Por lo cual, se obliga a satisfacer a los religiosos dominicos de la ciudad de Oaxaca, el principal que de su pertenencia está impuesto a premios sobre dichas fincas, siendo este el de 5 300 pesos y los intereses hasta el día devengados por este principal y los que adelante se devengaren hasta su absoluta redención, en los términos que ha convenido con el apoderado general de la orden, don Antonio Bandini, que son los siguientes: 1 000 pesos en reales que le ha entregado; otros 1 000 pesos que entregará para el mes de junio del año venidero; 4 400 pesos que don José María Barrientos le adeuda de renta como inquilino que es de la hacienda principal nombrada San Nicolás Tectipanapan [Tetipanapa], y que serán entregados a Bandini; y el resto hasta el complemento de dichos premios que ha de pagar en abonos de 1 000 pesos anuales a partir de este junio venidero. Y estando presente, don Antonio Bandini aceptó y declaró haber recibido los 1 000 pesos otorgando el recibo en forma.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María Concepción Bonilla, doña María Agustina Bonilla y don José María Bonilla y Flores, de esta vecindad, de estado honestas las primeras, mayores de veinticinco años; y el presbítero don Juan Manuel del Valle y Vieyra, curador ad bona de doña María Guadalupe, doña María Dolores y don Juan Manuel Bonilla, menores de veinticinco años y mayores de catorce años, todos hijos del finado coronel de Ejército don Juan Manuel Bonilla; otorgan que han recibido de doña María Salomé Pérez Mora, de esta vecindad, viuda de don Manuel Allén, y por mano de su apoderado general don Dionisio Camacho, la cantidad de 2 000 pesos de principal más sus intereses devengados hasta esta fecha. Cuyo principal es el mismo que dicho don Juan Manuel Bonilla, difunto, suministró a doña Rafaela Josefa Salvo, quién otorgo a su favor escritura de depósito, obligación y reconocimiento en esta villa el 4 de mayo de 1802, con hipoteca de dos casas, una en la calle de Belén, la que después vendió a Allén reportando solo este gravamen. Y estando pagado principal y premios, los otorgantes declaran a la testamentaria y bienes de Allén por exonerados de tal obligación y por libre su casa de tal afección, consintiendo que así se anote y tilde en la escritura primaria, como en la de venta hecha al referido Allén. Por tanto, otorgan la presente cancelación.
JOAQUÍN DE HERRERA, ESCRIBANO NACIONALDoña Ángela Francisca y don Joaquín José de Ortega, de esta vecindad, mayores de sesenta años de edad, hermanos enteros y de estado libre la primera, dijeron que poseen una casa que dejó por bienes el padre de ambos, don Nicolás de Ortega, difunto, cuya casa se le adjudicó a la viuda que fue de dicho Ortega, doña Juana Villegas e Infante, ya difunta y madre de los comparecientes. Y doña Juana Villegas, teniendo que dar a los comparecientes y demás hermanos la parte paterna que les correspondía, se contrajo créditos y empeños sobre la casa, de los que nunca se pudieron librar. Y pasado el tiempo, la casa se ha deteriorado considerablemente y los intereses de los créditos en aumento, de forma que fue necesario contraer mayores empeños para mantenerla en estado, como lo son 420 pesos en el reparo de techos, que les suministro doña María Josefa de Herrasti y Alba y que hoy pertenecen a María de Jesús Aranda, sobrina de los relacionantes; y 1 354 pesos, con 1 y 3 cuartillas reales, que en común acuerdo don Juan Francisco Cardeña, escribano público de esta villa, sobrino carnal de los relacionados y nieto de los consortes de Ortega y Villegas, e inquilino de la casa, invirtió en agrandar, reponer y meter el agua corriente. Pero al fallecimiento de las hermanas de los comparecientes, Josefa Basilia y doña María Ignacia de Ortega, se hace indispensable vender la finca para cubrir los créditos que reporta. Por cuanto don Juan Francisco Cardeña pidió adjudicación de ella, y estimando por justa y arreglada solicitud en unión don Ángel Narciso de Ochoa y Ortega, hijo de la primera, que ha intervenido y ajustado el contrato, estando presente y en representación de la madre y las dos hermanas muertas, otorgan por la presente que adjudican, ceden y traspasan en favor de don Juan Francisco Cardeña, dicha casa de paredes de cal, cubierta de madera, ladrillo y teja, baja en lo exterior y unas viviendas altas en su interior, la cual con otras deterioradas se compone de 25 varas de frente hacia el poniente, ubicada en la calle de la Raqueta y del otro lado casa del finado don Pedro Pérez de Llera; por su fondo, al oriente, linda y hace otro frente al callejón de la Capitana, que va para el puente de Lagos y del otro lado un cuartito y terreno que pertenece a la misma finca, hasta lindar con el caño de las aguas sobrantes de Xalitique [Xallitic], y del otro lado terreno de la cofradía del Dulce Nombre; por el costado del norte linda con el de casa del finado Juan Manuel Rodríguez; y por el del sur con las de los herederos de don José Pérez de Llera. Cuya finca, es la misma que sus padres fabricaron a sus expensas en parte del terreno que compraron de Ana, Inés y Sebastiana de Vargas, por escritura pública que otorgaron en esta villa a 26 de agosto de 1748. La adjudican con los censos e hipotecas de tres principales, que ascienden 1 520 pesos, los cuales se mencionan, cuya enajenación se le hace en 3 200 pesos, libres de los 1 520 pesos y bajo las condiciones que se menciona en el acta.
JOAQUÍN DE HERRERA, ESCRIBANO NACIONALDon Jacinto Álvarez, vecino y labrador del paraje nombrado la Joya, de este cantón, camino para México, dijo que el 14 de junio de 1815 suplió en reales a don Juan Antonio Figueiras, vecino y del comercio que fue de esta villa, la cantidad de 1 700 pesos de los cuales le otorgó escritura de obligación y reconocimiento, con calidad de su devolución en el término de tres años y demás condiciones que se mencionan en aquella acta. Más como Figueiras falleció en el año de 1818, en que se vencía el termino de dicha obligación, y de sus resultas viniese en atraso su familia, por lo que el otorgante no ha podido reintegrarse de su capital y sólo ha percibido a cuenta de réditos 490 pesos. Mas como tiene que hacer pago de mayor cantidad que le ha suministrado el escribano público don don Juan Francisco Cardeña, ha convenido con él, en endosarle y trasladarle esta deuda del principal de 1 700 pesos y los premios devengados hasta hoy, con deducción de aquella partida y de los que se devengan en lo sucesivo, hasta la real y efectiva paga del principal referido. Y reduciéndolo a efecto, otorga que cede, renuncia y transfiere en el mencionado don Juan Francisco Cardeña todas las acciones reales, corporales, directas y ejecutivas que tenía contra los bienes y casa expresamente hipotecada de Figueiras, para que con ésta o aquellos le satisfagan el capital y premios que ya le corresponden.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, otorga que ha recibido de don Joaquín Fernández del Campo, de este comercio y vecindad, la cantidad de 2 000 pesos con el premio corriente, de los cuales son mitad de los 4 000 pesos del valor de una casa que le vendió, y de los que le otorgó obligación y reconocimiento, con hipoteca de la misma finca. Y estando presente el citado pagador Fernández del Campo, dijo que se constituye y obliga al pago y redención de los otros 2 000, esos referidos en el preciso término de cuatro años que se cuentan y corren desde hoy, como los premios en cada uno de ellos.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALDon José Joaquín Posada, de esta vecindad, otorga que ha recibido de don Roberto Heaven, residente en esta villa, la cantidad de 1 500 pesos, del cual se da por entregado; cuya suma se obliga a satisfacerle en el término de dos años, con el acostumbrado premio de un 5 por ciento. Para seguridad del pago de la deuda, hipoteca una casa alta y baja, que tiene en esta villa, la cual hace esquina a las calles primeras del Ganado y de Santiago, hacia el oriente el frente de la iglesia de San Francisco, el segundo frente al sur, y del otro lado casa también alta que fue de don José de Castro, por el costado del norte linda con casa de los herederos de don N. [sic] Mejía, y por el fondo al poniente con el costado de la que fue de don José María Gutiérrez de Zamora, y antes era de los herederos de Juana Chávez.
Don Jorge de la Serna, de esta vecindad, dijo que don Manuel Bárcena, de esta misma vecindad, le tiene entregado la cantidad de 2 600 pesos en plata pertenecientes a su esposa como parte de los bienes que ésta llevó al matrimonio, cuya suma ha tenido solamente con el seguro de un vale simple, y que en estos días han convenido se caucione con hipoteca de una casa que el relacionante posee ubicada en la calle Segunda de Belén. Señala que la expresada casa quedó afecta a 1 700 pesos cuando la compró y al presente le carga los 2 600 de la señora Magdalena Nogueira de Bárcena, esposa del nominado don Manuel Bárcena, sobre cuya devolución han convenido se verifique cuando le convenga, con la condición de que debe avisar con dos meses de anticipación. Y a fin de formalizar dicho contrato, por la presente el citado don Jorge de la Serna confiesa tener los 2 600 pesos y otorga que impone y carga el repetido capital sobre la casa que ha señalado, obligándose a mantenerlo a depósito irregular a disposición de don Manuel Bárcena o a su esposa doña Magdalena.
Don Manuel de Santa María, vecino en su hacienda de Mastatlán, dijo que para el fomento y refacción de sus fincas le ha franqueado don Luis García Teruel, hacendado en este cantón, la cantidad de 2 677, y han convenido que debe quedar saldado este adeudo en junio del año próximo de 1835 haciendo abonos parciales de 200 pesos en cada mes, comenzando el primer abono a mediados de mayo de este presente año en que ha de principiar el comparente su molienda de caña para entregarle las mieles al señor García Teruel, con cuyo objeto ha franqueado esos reales; y como que las mieles deben importar mensualmente mucho más de los 200 pesos del abono fijado, el exceso lo ha de pagar García. Es igualmente condición que, si a la vez tuvieren las mieles más precio que en el día, se aumentarán a proporción los abonos a mayor cantidad que los 2 000 pesos designados. Que dicho crédito se ha de caucionar con hipoteca de la hacienda referida y el rancho nombrado la Mesa propio del comparente, incluyéndose las siembras de caña, formalizándose el correspondiente instrumento. Por lo que reduciendo a efecto el nominado don Manuel de Santa María confiesa tener recibido de don García Teruel los 2 667 pesos referidos y otorga que se obliga a satisfacer esa suma con abonos de 200 pesos mensuales comenzando en el mes de mayo de este presente año. Y para mayor seguro de esta obligación hipoteca las dos fincas que por suyas propias posee ubicadas en términos de este cantón nombrada la una San Sebastián Mastatlán y la otra la Mesa de Mastatlán.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Sebastián Betancourt, de esta vecindad y comercio, dijo que en 23 del corriente formalizó obligación a favor de don Francisco Palacio Miranda por 1 000 pesos como resultado del traspaso de una tienda pulpería, hipotecando una casa ubicada a las goteras de esta ciudad. Que habiendo concluido el balance resultan más existencias de las que se creyó hubiere y de consiguiente aparece un exceso a más de 1 000 pesos, de 567 pesos y 4 reales, y que no pudiendo el comparente exhibir de pronto esta suma ha convenido con el señor Miranda en satisfacerle en dos partidas iguales, siendo la primera en seis meses y la segunda a los dos siguientes, contados desde el vencimiento de los seis; a cuyo pago se obliga en toda forma y para seguridad del pago hipoteca una casa que posee por suya propia ubicada en el Puente Nacional del camino de Veracruz.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO