HIPOTECAS

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              1438 Archivistische beschrijving results for HIPOTECAS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0043 · Stuk · 1829/04/10
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María del Rosario Durán, de esta vecindad, otorga poder amplio a su hijo el Coronel don José Antonio Facio y en su ausencia a don Juan Blanco, vecino y del comercio de la heroica ciudad de Veracruz, para que en su representación negocien un préstamo de 2 000 pesos y graven con hipoteca para su seguridad la casa de su propiedad que tiene en aquella ciudad, sita en la calle principal a espaldas de la aduana, y negociado que sea puedan proceder a la formación de la escritura correspondiente a favor de quien los preste.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0086 · Stuk · 1829/07/29
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Cruz Ortiz de Zárate, avecindado en Puente Nacional y presente en esta villa, dijo que don José Ramón Barbadillo le hizo traspaso de una tienda, situada en dicho Puente, comprendiendo en dicho traspaso algunos muebles de la casa y utensilios de panadería, que avaluados importan la cantidad de 1 906 pesos 7 y medio reales, y que esta suma tienen pactado en siete meses, hipotecándose para el seguro de este crédito una casa que posee en esta villa doña María Gregoria Ramírez y Hernández, ubicada en la segunda cuadra de la calle que nombran de San Francisco de Paula, cuyo frente que es al norte lo hace calle en medio con solar de los herederos de don Dionisio Salvo, por el sur linde con solar que queda en la bajada de San Miguel para los Berros; por el oriente con casa y solar de José Rivera; y por poniente con la que poseyó Martín Zarco y después José Gallardo. Siendo condición precisa la concurrencia de la nominada doña María Gregoria Ramírez al otorgamiento de esta escritura para el consentimiento de la hipoteca. Y reduciéndolo a efecto, el comparente otorga recibo a favor de don José Ramón Barbadillo, además, se obliga a pagar la referida suma dentro del plazo de siete meses, a partir de esta fecha. Para mayor seguridad hipoteca la casa antes mencionada, con el consentimiento de doña María Gregoria Ramírez y Hernández, quien está presente.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0011 · Stuk · 1830/02/11
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Manuel Cruz y Bremont, de esta vecindad, dijo que el Reverendo Padre Fray Francisco Ortiz de Zárate, Religioso de la provincia de San Diego ha obtenido Bula de su Santidad para secularizarse, siendo requisito preciso que dicho religioso acredite tener una congrua suficiente que le proporcione su decente sustentación; y como el comparente le profesa una íntima amistad y afecto al agraciado quiere hacerle el beneficio de asegurarle la congrua, y reduciéndolo a efecto otorga que se obliga en la más bastante forma a contribuirle al expresado Fray Francisco Ortiz de Zárate con 150 pesos en cada un año de contado desde el primer día que vista los hábitos clericales de Señor San Pedro hasta el de su fallecimiento, ya resida en este obispado de Puebla o cualquier otro, pues la presente consignación la hace indistintamente el otorgante y perpetua para mientras viva el repetido señor Ortiz. Dicha cantidad exhibirá anualmente y para la seguridad de su oferta hipoteca una casa que posee por suya propia en esta villa valuada en 8 000 pesos, situada en la esquina nombrada Techacapa, su frente al sur con los lavaderos de ese título, por oriente linde con la calle del Lucero, por norte con otra casa del otorgante y por poniente con solar de doña Casimira Sánchez.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0061 · Stuk · 1830/05/29
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Feliciana Segovia, vecina de Veracruz, residente en este suelo, dijo que el Presbítero don José de Castro le ha franqueado la cantidad de 400 pesos en plata efectiva y moneda corriente, con la calidad de que se los ha de satisfacer en el plazo de seis meses que comenzaron a correr y contarse desde el día 26 del mes actual; que al seguro de este adeudo le ha de hipotecar una casa que posee por suya propia en esta villa a la calle de San Francisco de Paula; que en el evento de no verificarse el pago al plazo señalado se ha de quedar dicho presbítero con la expresada finca por el precio de 536 pesos 7 reales y 4 granos, que son las dos terceras partes del valúo, dando ese caso el padre los 136 pesos 7 reales y 4 granos de la demasía y pagando además los costos de escritura, siendo de la cuenta de la vendedora el pago de la alcabala que se cause; entendiéndose que se ha de tener por verificada dicha venta tan luego como vencido el plazo no se haya hecho devolución de los 400 pesos. Y reduciendo a efecto por el presente la nominada doña Feliciana Segovia otorga que tiene recibida del Presbítero don José de Castro la cantidad de 400 pesos, de cuya suma le formaliza el más amplio y eficaz recibo; obligándose a satisfacerle esa cantidad al repetido Presbítero en el preciso plazo de seis meses.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0105 · Stuk · 1830/09/10
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad y comercio, dijo que siendo tutor don Pedro José de Echeverría de los menores Juan Manuel, José María Julián y Pomposo Lascurain y Altamirano, hijos de don Juan Melitón de Lascurain, le entregó dicho tutor a don José María Acosta 1 600 pesos pertenecientes a esos menores, con provisión de réditos de 5 por ciento anual, y que el citado Acosta resultó fallido, y de ahí es que el presente comparente debe responder por la referida suma, en virtud de la fianza que otorgó por el nominado don José María Acosta. Sobre lo cual, ha convenido con don José Vicente de las Casas, como actual tutor de los expresados menores situar a favor de éstos la expresada cantidad sobre una casa que posee en esta villa. Por lo que reduciéndolo a efecto se obliga de pagar los 1 600 pesos a los menores Juan Manuel, José María Julián y Pomposo Lascurain y Altamirano, entregándoselos luego que salgan de la menoría, y entre tanto no haga la redención dará los réditos de 5 por ciento anual; y para seguridad del capital, hipoteca una casa de altos y bajos que posee en esta villa, ubicada en la primera calle que antes se denominaba Real y hoy se llama Principal, asegurando que dicho fundo sólo tiene el gravamen de 12 600 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0111 · Stuk · 1830/09/22
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio María de Casas, de esta vecindad, dijo que don Luis García Teruel, hacendado en este cantón, le ha franqueado 1 300 pesos por hacerle bien, con la calidad de que se los ha de satisfacer entregándole semanariamente diez barriles de aguardiente de caña, cuyo precio será a 4 reales menos cada barril de lo que valga en la plaza de esta villa. Por lo que reduciéndolo a efecto otorga que tiene recibidos del nominado don Luis García Teruel la indicada cantidad de 1 300 pesos, obligándose a satisfacer en los términos mencionados y para seguridad del pago de la deuda hipoteca su hacienda nombrada San Antonio, ubicada en doctrina de Naolinco en este cantón.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0124 · Stuk · 1830/10/07
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Bárbara Apolbón, de esta vecindad, dijo que don Dionisio Camacho le ha franqueado la cantidad de 300 pesos, los 250 de ellos para mejorar la casa que en usufructo dejó a la comparente su sobrina doña María Josefa Baldero Apolbón, cuya mejora ha dado a la finca haciendo subir su arrendamiento a 12 pesos mensuales, y los 50 pesos restantes para cubrir ciertas deudas que ha contraído. Y para hacer efectivo ese suplemento, formaliza este instrumento público, por lo que otorga a favor del nominado don Dionisio Camacho el recibo de 300 pesos, los cuales impone sobre la casa que se ha hecho mención, ubicada en esta villa a la calle segunda de Belén, con su frente al poniente, lindando por el costado del norte con casa conocida por de la Quichuleña, por el costado del sur con casa que posee don Narciso José de Echegaray.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0176 · Stuk · 1830/12/30
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              La señora doña María Francisca de la Rocha de Badillo, en consorcio de su esposo don Francisco Badillo, y previa licencia que éste le concedió, dijeron por parte de los interesados en la testamentaría de don Francisco Pensado se le vendió a la nominada doña Francisca un rancho o trapiche nombrado Atezca, ubicado en términos de este cantón, que entre las condiciones contenidas fue una que habían de quedar impuestos 1 000 pesos con pensión de réditos de un 5 por ciento anual a favor de doña María Paulina Espejo y Nava, viuda del enunciado difunto Pensado para redimirlos en plazo de tres años, el cual ha tenido efecto el 6 del mes actual. Y que no restando otra sino formalizar en favor de dicha viuda la correspondiente escritura de hipoteca, los nominados doña Francisca de la Rocha y don Francisco Badillo otorgan estar debiendo aun la cantidad de un 1 000 pesos por resto del valor del mencionado rancho, y que esta suma pertenece a doña María Paulina Espejo y Nava, y se obligan a reconocer la relacionada cantidad para redimírselos en el plazo de tres años y a continuar pagando el rédito de un 5 por ciento; y para seguridad del pago de dicho capital queda hipotecado el repetido rancho de Atezca.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0020 · Stuk · 1825/01/03
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Lucas de Olavarrieta, de esta vecindad, como tutor y curador ad bona de los menores hijos de don Juan de Unanue y doña María Javiera Jiménez, consortes difuntos, otorga que ha recibido de don Francisco Torres y Jujol, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, como apoderado general de doña Francisco Javier Magarola, la cantidad de 2 600 pesos en reales de contado. Cuya cantidad es parte del pago de los 8 000 que le prestó a rédito al mismo Magarola por conducto de Jujol, quien le otorgó escritura de obligación y reconocimiento, por tiempo de cuatro años y con hipoteca especial de una casa en la segunda cuadra de la calle de las Damas en la Nueva Veracruz, su fecha en dicha ciudad a primero de marzo de 1816. Y vencido aquel plazo le dio prórroga que terminó el primero de marzo de 1824. Y como Magarola tiene pagado los intereses producidos en favor de los menores participes y no le es posible hacer el completo pago de los 5 400 pesos restantes, han convenido en prorrogar otro plazo. Por tanto, don Francisco Torres y Jujol, otorga que se obliga a pagar al referido Olavarrieta, la cantidad de 5 400 pesos, para el primero de marzo de 1826, con sus réditos que se produzcan y ratifica en todas sus partes la mencionada escritura de obligación.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0038 · Stuk · 1825/02/04
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, mujer y conjunta persona de don Antonio Mancilla, con licencia expresa de su marido, otorga que ha recibido de don Mariano Rincón, actual regidor de este Ilustre Ayuntamiento Constitucional, como albacea dativo que es de la difunta María Guadalupe Durán, que falleció intestada en esta villa de donde era vecina, la cantidad de 520 pesos que por hacerle beneficio y buena obra le ha suministrado. Y se obliga a tener esta suma en calidad de depósito irregular por el tiempo de tres años, a partir de esta fecha, satisfaciéndole el premio de 5 por ciento anual. Y en favor de la testamentaria, hipoteca una casa de cal y piedra de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la primera cuadra de la calle Real de esta villa, la que hace su frente hacia el sur y del otro lado casa alta y baja de doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María e Illanes y don Juan Francisco de Abaroa; por su fondo al norte linda con el callejón de las Flores; por el costado del oriente con el de casa baja de don Pedro Miguel de Echeverría y por del poniente con el de casa alta de don José María de Goiri. Cuya casa es una de los que le correspondieron de la división de los bienes de su finado primer marido, don Mariano Ladrón de Guevara, la que es afecta únicamente de 1 000 pesos de principal a favor de la cofradía del Señor Sacramento de esta parroquia. Además, se obliga a no vender ni enajenar hasta o esta pagado este principal y sus réditos.

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