La señora doña María Josefa Fernández de Ulloa, el excelentísimo señor don José Ignacio de Ansorena, su esposa la señorita doña María Guadalupe Arias y don Javier Arias; la primera viuda y albacea del finado don José de Arias y Torija, y los dos últimos hijos y herederos del mismo difunto, otorgan que le confieren poder especial al Capitán José Sebastián Furlong, vecino de Puebla, para que a nombre de los comparentes y en representación de sus derechos pueda tomar por vía de depósito irregular y término de cinco años, la cantidad de 6 000 pesos con el rédito de 5 por ciento anual, ya sea de las arcas de los juzgados eclesiásticos de dicha ciudad o de cualquier otra; en consecuencia formalice a favor del interesado o interesados en ese capital la correspondiente escritura, con hipoteca especial de la hacienda de labor y caña nombrada Zimpizahua, ubicada en doctrina de San Jerónimo Coatepec, jurisdicción del cantón de esta villa de Xalapa, y cuya finca es perteneciente a la testamentaría de dicho finado don José de Arias.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOHIPOTECAS
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Doña María Margarita Barradas, de esta vecindad, viuda, mayor de edad, se obliga de pagar a don José Bernardino Alcalde, o a quien en su derecho representare, la cantidad de 500 pesos en el término de 3 años, contados desde el día 6 de mayo de 1836 a como se convino en juicio celebrado el 23 de diciembre de dicho año. De lo cual, ofrece la otorgante, que si pudiere abonar anualmente una tercera parte de los 500 pesos, así lo verificará, más en el caso de no poder o no convenir, se entenderá que no queda obligada a ello, pero si al pago de dicha cantidad, y el vencimiento de los tres años, será el día 6 de mayo de 1839. Para seguridad de esta deuda, hipoteca una casa, perteneciente a la comparente y a sus hermanos como heredad de sus padres, ubicada en esta ciudad a un costado de los lavaderos de Techacapa con 27 y media varas de frente, que lo hace al poniente con dichos lavaderos, calle en medio, y 37 y tres cuartos de fondo al oriente, lindando por este rumbo con solar de la casa de los señores Campomanes, por norte con casa de Dionisio Luis Camacho y Reyes, y por el sur con la de la testamentaria de los Badillos, entendiéndose que dicha hipoteca es solo la parte de la casa que corresponde a la otorgante.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, dijo que por poder que tiene otorgado de don José María de Goiri, se obliga a enterarles la cantidad de 1 600 pesos, con su premio de 1 y medio por ciento mensuales, y con la condición de que cuando se les pidan, se le avise con tres meses de anticipación. Cantidad que pertenece a los menores Juan Manuel, José María Julián y Pomposo Lascurain y Altamirano, que tiene pactado conservar en depósito irregular, que ha de caucionar con hipoteca de la casa a que se refiere el mencionado poder, y que es propiedad de dicho Goiri, la cual es de altos y bajos, ubicada en esta ciudad haciendo esquina con la plaza principal por poniente, y con la calle principal por sur, y del otro lado casas que fueron del finado don Domingo Franceschi, lindando por oriente con casa baja propia hoy del presbítero don Francisco Antonio Gil, y por norte con el mesón nombrado de las Ánimas. En la hipoteca sólo se comprende el capital y no los premios, éstos los habrá de sus bienes, por lo que está consciente que en caso de no hacer efectivo el entero al vencimiento de los tres meses después del aviso, se le persiga en dichos sus bienes, vendiendo en almoneda pública o fuera de ella.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Rafael Huerta, de esta vecindad, otorga que ha recibido de don Cosme Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec, la cantidad de 200 pesos en moneda corriente, mismos que se obliga a pagar al vencimiento de 2 años, contados desde esta fecha en adelante, sin premio alguno. Por dicha deuda, hipoteca una casa de edificio bajo, de su propiedad, ubicada en esta ciudad a la calle que de los lavaderos de Techacapa guía para el templo de San José, con su frente al norte por dicha calle, lindando por oriente con casa de don José Patrón, por poniente con casa de la señora Barrientos, y por sur con casa de don Diego Briseño.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon José María de Espino y Soria, de esta vecindad, se obliga de pagar a su hermano don Francisco Ciriaco, la cantidad de 827 pesos y medio real, que le ha ministrado en diversas partidas, en reales, ropa y otras cosas desde el año de 1833 hasta la fecha. Para seguridad de esta deuda, hace hipoteca especial de la tercera parte que le corresponde en una casa, que en unión de sus hermanos doña María Manuela y don Francisco Ciriaco (de Espino y Soria] heredó de sus padres. Casa que está ubicada en el pueblo de Coatepec a la calle principal, con la cual hace su frente al sur con dicha calle y del otro lado las casas curatales, por oriente linde con casa que hoy es de don José Isidro Maldonado y antes fue solar de Esteban Ballesteros, y por poniente con casas que fueron de Miguel Gorrón y José Antonio Segovia y por norte con solar que fue de José Félix.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña Manuela Molina, de esta vecindad, otorga que ha recibido de don Manuel María Pérez, por manos de don Francisco Antonio de la Serna, la cantidad de 100 pesos en moneda plata. Cuya cantidad se obliga a pagar al señor Pérez, al término de un año contado desde esta fecha en adelante, durante el tiempo de su retención pagará el premio del 5 por ciento anual. Para seguridad de esta deuda hipoteca y grava por especial, una casa de su propiedad, que señala estar libre de todo gravamen, situada en el callejón que llaman del Rastro, a dos cuadras de la plaza de la Constitución para el rumbo del poniente. La cual es de material con cubierta de madera y teja, y forma esquina opuesta a la casa que fue del maestro campanero José Manuel Viveros.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña Juana y doña Micaela Pensado y Navarrete, hermanas y vecinas de esta ciudad, mayores de edad, libre de tutela y ajena administración, y don Francisco José Villa, mayor de edad, señalan son deudores a don José María Becerra de la cantidad de 9 000 pesos, resto de 13 000 pesos que importaron los efectos de que se habla la escritura de 21 de enero de 1832. Cuya cantidad se obligan de pagar al referido Becerra, o a quien en su lugar hubiere, en el plazo de tres años, contados desde esta fecha en adelante, junto con sus réditos del 5 por ciento anual. Para seguridad de la deuda, ratifican la hipoteca que tienen hecha, y de nuevo hipotecan y graban todos sus bienes en general, sin que una derogue a la otra, el referido rancho nombrado Ingenio Viejo o las Ánimas, distante de esta ciudad, hacia el oriente, compuesto de 6 caballerías de tierra. Las cuales están demarcadas desde el arroyo de la Puentezuela hasta el de la Ciénega de Pajaritos, siguiendo su corriente de sur a norte, mirando frente el cerro de Cimarrontepec, hasta encontrar con el arroyo que baja de Agua Santa a juntarse con el de las Ánimas, uniéndose ambos con el de Pajaritos, lindando por la parte de afuera con tierras que poseyó don Juan Fernández de Becerra y compró el alférez don Bernabé Pérez Chamorro. Comprendiéndose en dicha hipoteca los caseríos ubicados en el terreno del mismo rancho, sus oficinas, aperos, utensilios, aguajes, montes, abrevaderos y cuanto de hecho y de derecho pertenecen. Cuyo fundo, hubo los otorgantes por adjudicación que le hicieron sus hermanos don José Catarino, don José Manuel Florencio y don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, doña María Margarita Barradas como viuda y albacea de don Cipriano Pensado y Navarrte, y los demás coherederos, como consta de escritura de primero de junio de 1829, ante el escribano don Juan Francisco Cardeña.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Manuel Hidalgo, de esta vecindad, dijo que el capitán de fragata don Tomás Marín, actual comandante de marina tiene pactado contraer matrimonio con doña María Dolores Hidalgo, hija del comparente. Debido a dicho compromiso, el otorgante señala que impone y sitúa sobre sus bienes el capital de 2 000 pesos, consignado a su hija doña María Dolores, en clase de dote o como más bien visto sea, obligándose a tenerlos a disposición de esta o del capitán don Tomás desde el día que verifiquen su enlace, acudiéndole a uno u otro con el respectivo premio del 5 por ciento anual, que satisfará por trimestre o como convenga a los interesados. Para seguridad de dicho capital y sus premios, hipoteca sus bienes.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña María Dolores Eulalia Cruz y Ochoa y doña Juliana Cruz y Hernández, y don Dionisio Luis Camacho y Reyes, curador de la segunda, dijeron que, sobre la hacienda de San Bernardino, situada en jurisdicción de San Juan de los Llanos, departamento de Puebla, están impuestos 1 650 pesos a favor del finado señor padre de las comparentes don José Manuel Cruz y Bremont. Finca, que actualmente ha tratado de vender su dueño don Cristóbal Muñoz, por lo que las expresadas como herederas de don Manuel Cruz, dijeron que están anuentes a que dicha finca pase en dominio de doña Petra Álvarez, quien ha acudido con el señor Muñoz a comprarla con el mismo gravamen de 1 650 pesos, hipotecándose también para mayor seguridad del mencionado capital la hacienda de Coyotepec, de la propiedad de la misma señora Álvarez, debiendo tomarse razón de dicha hipoteca en el libro corriente del ramo y librárseles a las exponentes un testimonio de esa escritura, con cuyas condiciones convinieron en la subrogación de esta deuda con principal y réditos causados y que se causaren, previa la respectiva liquidación.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANOLa señora Rosalía Bremont, don Nemesio y don Francisco Cardeña, viuda e hijos del finado don Juan Francisco Cardeña, escribano nacional y público que despachó este oficio, dijeron que el difunto don Jacinto Álvarez, vecino y labrador del paraje nombrado la Hoya de este partido, en el camino para México, el 14 de junio de 1815, suplió en reales efectivos al finado don Juan Antonio Figueiras, vecino y del comercio que fue de esta ciudad, la cantidad de 1 700 pesos, de que en aquel día le otorgó escritura de obligación y reconocimiento, con calidad de devolución en el término de tres años y con causa de réditos de cinco por ciento anual y con hipoteca de una casa en esta ciudad. Y habiendo fallecido Figueiras, sin haber satisfecho más cantidad que 490 pesos y teniendo Álvarez que pagar mayor cantidad a Cardeña, convino con este trasladarle esta deuda. Asimismo, dijeron que no tienen duda de que este crédito haya quedado satisfecho antes de que se rematara la casa en subasta pública el 22 de enero de 1830, habiéndolo hecho la señora doña María Luisa Urriaga, viuda de dicho Figueiras, cuyo remate fue a favor del presbítero don José Vicente de Espino. Y habiendo vendido Espino dicha casa a la señora doña María del Carmen Varón de Welsh, se ha encontrado que el registro de la escritura de los 1 700 pesos de don Jacinto Álvarez está vigente, así como, la escritura de imposición y la de traspaso de crédito, lo que ha sido por un descuido, pero como esto es en perjuicio de la señora dueña de la finca, estando seguros los comparentes de que don Juan Francisco Cardeña recibió los 1 700 pesos y sus réditos, por la presente declaran libre a la expresada finca y a la testamentaria de Figueiras, quedando dicha hipoteca nula y de ningún valor.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO