El Capitán don Gaspar de Olavarrieta, vecino y del comercio de este pueblo, y su mujer doña Josefa Mariana Velad, otorgan que han recibido de doña Catarina García, viuda de don Juan Martín Blanco, su albacea testamentaria, tutora, curadora y tenedora de sus menores hijos y bienes de estos, 2, 000 pesos que les presta por tiempo de 5 años, de los que pagarán un rédito de 5 % anual, con la condición de que hipotequen la casa de su morada.
HIPOTECAS
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Don Francisco Pérez de Arellano, obligado de los abastos de carne del pueblo de Jalapa, de donde es vecino, debe y se obliga pagar a don José Francisco de Cuevas Aguirre y Espinosa, Abogado de la Real Audiencia y Regidor Perpetuo de la Ciudad de México, la cantidad de 3, 588 pesos y 3 reales, que son el resto de 5, 000 pesos, cantidad en que le arrendó una hacienda de ovejas y las tierras que tiene en la jurisdicción de la Antigua, pertenecientes a su esposa, otorgando como fiador a Francisco Julián Aravalles, vecino de este pueblo, y para seguridad de esta deuda, hipoteca una casa de su morada deslindada en esta escritura, misma que no tiene más gravamen que 400 pesos, que reconoce a censo redimible a favor del convento de San Francisco.
Don Pedro de Senande, vecino del pueblo de Jalapa, apoderado de don Jerónimo José Benítez, del comercio de España y vecino de Cádiz, albacea de don Bartolomé de Castro, ha recibido del Doctor José Suárez, Cura de esta Doctrina, 1 500 pesos pertenecientes al convento de monjas de Santa Inés Monte Policiano de Puebla, en calidad de censo redimible obligándose a pagar los réditos correspondientes al 5 % y como seguro de la deuda hipoteca una casa ubicada en la Calle Real de este pueblo.
Don Pedro de Senande, vecino del pueblo de Jalapa, con poder otorgado a su favor por don Jerónimo José Benítez, albacea y tenedor de bienes de don Bartolomé de Castro, otorga poder especial a don Mateo de Espino Barros, Alcalde Mayor de Cruzada de la Ciudad de la Puebla de Los Ángeles, para que haga exhibición y redención de 1, 500 pesos perteneciente al convento de Santa Catarina de Religiosas de dicha ciudad, mismos que están situados con otros 1, 500 pesos del Convento de Santa Inés, sobre las casas que vendieron a Alonso de Alba, y para que solicite la cancelación de una escritura de hipoteca, quedando gravados los otros 1, 500 pesos por el del convento de Santa Inés, cancelando la escritura de las casas que están en la Calle Real frente a las de don Juan Antonio de Arce y Arroyo.
José Rodríguez, vecino de esta jurisdicción, dueño de recua de ganado mayor, informa que por inventarios realizados a los bienes del difunto Baltazar de la Cruz, le tocaron de hijuela al menor Ventura Fermín, 101 pesos 5 ½ reales en ganado menor y 5 ½ reales en dinero que le a dado el albacea Javier de Oyanguren; bienes que se obliga a pagar en réditos a razón de 5 % anuales, y para la seguridad de esta deuda hipoteca el ganado vacuno y otros animales del rancho y solar que tiene en el pueblo de Naolinco.
Doña María de la Barreda Gayón, viuda de don Felipe de Acosta, tutora de su hija María Josefa, con inventario hecho a los bienes de su difunto marido, vendió dos casas; una a don Lucas Rosete y la otra al Capitán don Juan Antonio de Zavalza; de lo obtenido le tocó a su hija 137 pesos 7 reales, mismos que solicitó al Alcalde Mayor, don Antonio Primo de Rivera, para mantener a su hija, y que se obliga a dar a su hija o a quien le indiquen, y para seguridad de esta deuda hipoteca una casa que tiene en este pueblo de Jalapa, la cual linda al norte con la Calle de Tecuanapa y casas del Alguacil Mayor, don Juan de Quiñones, al oriente con casas de María Magdalena Luis, al sur con solares de los Viveros y al poniente con casa y solar del Escribano Público, Diego Cardeña.
Cayetano Coronado Ortiz de Zárate, vecino del pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Bernardo de la Fuente, Mayordomo de la Cofradía del Santísimo Sacramento de esta Parroquia, la cantidad de 165 pesos de oro común, con sus réditos de 5% anuales, por el tiempo de 5 años, otorgando para seguridad de este negocio, la hipoteca de una casa de paredes y cubierta de tejas, ubicada en la Calle Nueva de este pueblo.
El Capitán don Gaspar de Olavarrieta, vecino del pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Bartolomé Salvo, vecino de este pueblo, la cantidad de 1, 500 pesos de oro común, en el plazo y lugar que le señale, y para la seguridad de esta deuda, hipoteca una casa de paredes, cubierta de madera y teja, ubicada en este pueblo, en la esquina de la Plaza Pública, con todo lo que le pertenece, sin más gravamen que de 2, 000 pesos de principal que reconoce con sus réditos a favor del Síndico y Convento de San Francisco.
Don Luis de Pineda y Molero, vecino de la Ciudad de San Luis Potosí, otorga poder especial a don Agustín de Herve, vecino de la Ciudad de México, para que lo obligue a la paga de cualquier efecto que tome fiado en la presente feria, a los precios y plazos que se convengan, y si fuese necesario hipoteque para seguridad de la deuda los mismos efectos, para que no se afecte alguna otra deuda contraída.
Don Miguel de Sola, vecino de la Ciudad de México, debe y se obliga pagar a don Antonio Sáenz de Santamaría, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, la cantidad de 5, 175 pesos y 3 reales de oro común, en el plazo siguiente 2, 675 pesos y 3 reales en el mes de febrero de 1766, y el resto en el mes de septiembre del referido año, y para seguridad de este negocio, hipoteca una tienda de libros y demás bienes que posee.