José Moreno, de esta vecindad, ha recibido de don Dionisio Camacho, también de esta vecindad, la cantidad de 230 pesos que por hacerle beneficio y buena obra le suplió para la compra de una casita, los cuales no habiendo podido satisfacer en el tiempo que se propuso, consiente en que por su pago y el de los premios devengados y que se devenguen en lo sucesivo, proceda el acreedor a la enajenación de las fincas siempre y cuando exista para ello opositor. Para la mayor seguridad de su acreedor otorga la hipoteca de dicha casa, ubicada en la calle que de la de San Miguel baja para los Berros.
HIPOTECAS
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Don José María de Hoyos, de esta vecindad de Xalapa, otorga que ha recibido de don Tomás Cruz y Lagos, residente en esta Villa, la cantidad de 953 pesos, y se obliga a satisfacer la suma en la misma especie de reales, en el término de 8 meses, y para seguridad del principal, hipoteca una casa de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, que posee en el callejón de la Campana, y es el que sale de la última esquina antes de llegar a la del Calvario, y atraviesa para la barranca de Xallitic, con las varas y colindancias que se mencionan en la escritura.
Don Manuel Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec y presente en este suelo, otorga se obliga a pagar a don José Antonio Seferino Rebolledo la cantidad de 260 pesos que le ha franqueado para fomento de sus giros, con la condición de que se los ha de satisfacer en el término de un año, a partir del 18 del presente mes y para el seguro de dicho pago hipoteca una casa en el pueblo de Coatepec, en la primera cuadra de la calle que nombran de la Pastora.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Lorenzo Fernández, vecino de la hacienda de Zimpizahua, dijo que en virtud de la compañía que tiene celebrada con don Javier Arias, para el giro y administración de la expresada finca por el comparente, le ha sido preciso a éste ocupar a don Antonio María Priani a fin de que le hiciera algunos suplementos, como de facto se los ha hecho para fomento de los campos, para comprar algunos utensilios y mulas, para fabricar una rueda de agua, para pagarle a don José María Hidalgo 500 pesos que le debía el señor Arias, y para cubrirle al mismo señor Priani 300 pesos que también le adeudaba Arias, ascendiendo la suma de todo lo ministrado por el señor Priani a 4 126 pesos. Por lo cual, otorga que se obliga y obliga a la negociación que gira, a satisfacer al señor Priani ese adeudo, haciéndole abonos mensuales hasta extinguir el mencionado crédito, sujetando a la responsabilidad de ese pago a los campos de caña que existen en la hacienda, los frutos que ellos produzcan, la rueda nueva de agua, cuatro fondos cuyo peso es de 116 arrobas, 87 mulas y 8 yuntas.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña María Brígida Castro, de esta vecindad, mayor de edad, viuda y albacea de don Manuel Nava y Mota, dijo que don Bernardo Sayago, de este comercio, por hacerle bien y buena obra le franqueó 272 pesos en moneda de plata para acudir al fomento de una platería en que trabaja Patricio de la Trinidad de Nava y Castro, hijo de la comparente, y para el pago de una deuda que el mismo Patricio tiene contraída, cuya cantidad ha de ser satisfecha en el término de un año contado desde esta fecha, sin premio alguno, debiendo hipotecarse para la seguridad del pago 3 casitas que en el tiempo que la relacionante permaneció casada con su difunto esposo, labraron ambos en un solar que les vendió don Pedro Farfán de los Godos, cuya escritura por muerte de éste formalizaron sus hijas, doña [María] Francisca y doña [María] Magdalena [Farfán de los Godos], en esta ciudad a 23 de mayo de 1823. Por lo cual, doña Brígida Castro otorga que se obliga a pagar a don Bernardo Sayago, la relacionada cantidad en el plazo de un año a partir de esta fecha, con hipoteca de las referidas casas.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICOLas señoras doña Juana y doña Micaela Pensado y Navarrete, mayores de edad y libres de ajena administración; y don Francisco José Villa, hijo de la primera y también mayor de edad; dijeron que dichas dos señoras y su hermana doña Bárbara [Celsa Pensado y Navarrete] otorgaron escritura en esta ciudad el 25 de enero de 1832 a favor de don José María Becerra, obligándose a pagarle a este señor la suma de 13 000 pesos procedentes del traspaso que les hizo de una tienda de ropa, situada en la calle Principal de esta misma ciudad, bajo la condición de enterar 4 000 pesos a los ocho meses sin rédito alguno y los 9 000 restantes al término de cinco años con rédito de un 5 por ciento anual, y para seguridad hipotecaron un rancho nombrado Ingenio Viejo o las Ánimas, ubicado en cercanías de esta ciudad. De cuya deuda verificaron a tiempo los 4 000 pesos, pero no pudieron hacerlo mismo con los 9 000 pesos, consiguiendo una prórroga del señor Becerra de tres años más por escritura con fecha de 24 de julio de 1837. Y habiéndose vencido el tiempo de dicha prórroga sin que hayan podido cubrirse los 9 000 pesos y adeudándose también cantidad considerable de réditos, sobre cuyos particulares han entrado los comparentes en contestaciones con la parte de los actuales accionistas a este crédito, que lo son el ilustrísimo doctor don José María Luciano y doña María Timotea Josefa Becerra, hermanos, hijos y herederos del finado don José María Becerra, de quienes han conseguido los relacionantes una nueva prórroga, la cual consiste en que no se exigirá el cumplimiento de la escritura de los 9 000 pesos hasta fines de diciembre de 1842, bajo las condiciones que se mencionan en esta escritura.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña María Josefa de Torres y Armenta, mujer legítima de Ventura de Acosta, vecina de la provincia de Jalapa, hija del Capitán Tomás de Torres y Armenta, dijo que su padre le dejó 796 pesos de oro común, pero por ser menor de edad, se pusieron a censo sobre unas casas ubicadas en la Nueva Ciudad de la Veracruz que fueron de Francisco de Herrera, cuya cantidad y sus réditos se le están debiendo. En virtud de ello otorga poder especial a José Ramos, vecino de esta jurisdicción y residente en la Ciudad de México, para que en su representación pida, demande y cobre el principal y sus réditos corridos, especialmente sobre la casa que tiene hipotecada.
Inés López, [Margarita] Beatriz López y Rosa López, hermanas, viudas vecinas del pueblo de Jalapa, dijeron que dieron al Capitán Pedro Zapata de Ezquerra, Alcalde Mayor de esta provincia unas casas empezadas a fabricar en solar propio que heredaron de sus padres, cuyo precio es de 1, 300 pesos; 800 de ello a censo redimible. Instituyen y fundan una capellanía por los 800 pesos de principal y 40 pesos de réditos por cada año, cuyo reconocimiento les tiene hecho el capitán con hipoteca especial de las mencionadas casas y solar que miden de frente 58 varas y 60 de fondo, situadas en la Calle Real, linda con casa de José de Rebolledo, con solar de Alonso Rodríguez, al frente con casa de Juan Sedano; es su voluntad se digan misas por ellas, sus padres y parientes en la forma en que se menciona. Como primeras patronas se nombran ellas mismas y por su fallecimiento a su pariente más cercano, prefiriendo los varones a las mujeres y por su falta a los síndicos de los conventos.
Leonardo Ortiz, vecino del pueblo de Jalapa, dueño de recua, otorga que se obliga a pagar al Capitán Pedro Zapata de Ezquerra, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la provincia de Jalapa, 374 pesos de oro común que por hacerle bien y buena obra le ha prestado en reales, y para la seguridad de su pago hipoteca un rancho que tiene en términos de este pueblo en el paraje que se nombra El Castillo.
Don Juan Antonio Junquera de Mendoza y Figueroa, Escribano Público de la jurisdicción de San Juan de los Llanos, debe y se obliga a pagar al Capitán Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa, 750 pesos de oro común que por hacerle bien y buena obra le ha prestado, cuya cantidad se obliga a pagar en 5 meses, para lo cual hipoteca 2 ranchos y tierras de labor nombrados Nuestra Señora del Rosario, ubicados en la jurisdicción de San Juan de los Llanos.