Don Pedro Rodríguez de la Torre, vecino del pueblo de Perote, otorga que debe y se obliga a pagar a pagar a don Francisco Villa, vecino y del comercio de Perote, la cantidad de 800 pesos que por hacerle bien y buena obra y para habilitación de sus comercios le ha dado y tiene gastados en labrar una casa en el pueblo de Perote, y para el seguro pago de la deuda, hipoteca la referida casa.
HIPOTECAS
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Don Antonio de Castro, Artista Platero, vecino del pueblo de Jalapa otorga que debe a don Antonio Martínez y Zavala, de este comercio y vecindad, 425 pesos procedidos de efectos que le ha comprado al fiado a precios corrientes, los cuales se obliga a pagar dentro de 2 o 3 meses, y para el seguro pago de la deuda hipoteca dos casas que tiene en este pueblo en el barrio del Molino de Maniau
Don Rafael Francisco de Salazar, vecino de este pueblo, Mayordomo actual de la Cofradía del Santísimo, en esta antigua parroquia, con anuencia del señor don Gregorio Fentanes, cura de dicha parroquia, dijo que tuvo la necesidad de pedir dinero para reparar una casa que tiene en la calle que llaman de la Zanja, razón por la cual otorga que ha recibido de doña María Ana Roso, viuda de don Antonio Merino, la cantidad de 300 pesos de a 8 reales de plata cada uno en dinero de contado, de lo que entrega recibo en forma, señalando que lo tendrá en su poder en depósito irregular, por el tiempo de 5 años, y se obliga y obliga a su cofradía a contribuir al menor Miguel López de Castro o a quien por él sea parte legítima, el rédito de 5 % anuales, haciendo especial hipoteca de una casa de cal y canto, cubierta de madera y tejas, deslindada en esta escritura.
Don Rafael Francisco de Salazar, actual Mayordomo de la Archicofradía de esta parroquia, otorga que recibió de don Carlos Díaz y Herrero, hermano de la Tercer Orden del Convento de San Francisco, la cantidad de 165 pesos en dinero de contado, que pertenece a la obra pía que mandó fundar doña Isabel Fernández de la Calleja, los cuales se obliga a tener en depósito irregular por tiempo de 2 años, pagando 8 pesos y 6 reales de réditos anuales, dando por esta deuda hipoteca de una casa de cal y canto que dicha Archicofradía posee en la calle de San Francisco de Paula, deslindada en esta escritura.
Don Francisco Barradas y Viveros, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido de doña María Nicolasa de Zárate, como albacea de su difunto marido don Francisco González de Ortega, la cantidad de 740 pesos, mismos que tendrá en calidad de depósito irregular, por tiempo de 3 años, pagando 37 pesos de réditos anuales, contados desde hoy, y para la seguridad de esta deuda hace hipoteca de una casa, ubicada en el barrio de Techacapa al poniente, al sur linda con casa y solar de don Juan Bocelo, al norte con la comunidad de los naturales.
Don Gregorio Maldonado, vecino del pueblo de Coatepec, declara que ha recibido de doña Felipa Florentina Hernández, viuda y albacea de don Antonio Ramón Hernández, la cantidad de 248 pesos y 6 reales en calidad de depósito irregular, a favor de la Ánima Sola y su capilla fabricada en la plaza del mencionado pueblo, como lo estipula el testamento del difunto, por lo que dicho Gregorio se obliga a pagarla en un tiempo de 5 años con un rédito de 5 %, y para cumplir esta obligación, hipoteca una casa labrada en el pueblo de Coatepec, linda al norte con la calle que baja para los ingenios, al oriente con la esquina opuesta de Mariano Rebolledo, al poniente con casa que fue de José Martín Ortiz y ahora lo es de los Rebolledo.
Manuel de Castro, vecino del pueblo de Jalapa, recibió de Pedro Rafael [del] Moral, Mayordomo actual de la Cofradía de San José, situada en la parroquia de la Laguna, 200 pesos que se obliga a tener en depósito irregular por 5 años que comienzan a contarse desde hoy, pagando 10 pesos anuales en razón del 5 % al mayordomo o a quien en su lugar hubiere, por lo que hipoteca una casa de cal y canto que labró en solar que compró de don Simón Barradas, que linda al norte con la calle de Santiago de otro lado con casa de don Miguel Chávez, al oriente con casa de don José Antonio Márquez, al sur con solar de doña María Manuela Tirado y al poniente con casa y solar de los herederos de don Juan Alonso de Castro.
Don José de Echeagaray, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que ha recibido en depósito irregular de María Merced de Thormes y Micaela de Thormes, hermanas, vecinas de este pueblo, la cantidad de 300 pesos de oro común, mismos que se obliga a tener por tiempo de 5 años, contados desde hoy, y a satisfacerlos a quien en derecho deba, incluyendo los réditos del 5 % anuales; en caso de mantenerlos por más tiempo, seguirá pagando sus réditos establecidos y para seguridad de su pago hipoteca la casa que tiene ubicada frente a la Casa del Rey, por el costado del norte linda con casa de María Aguilera, por la espalda con solar de Francisco de Castro y al sur linda con casa de José de Herrera y Campo.
Don Ignacio Vicente de la Peña, vecino del pueblo de Tecamachalco, otorga que debe 624 pesos 2 ½ reales a don Pedro López Gómez, 463 pesos 3 reales a don Nicolás Hickie, 206 pesos a don Nicolás Manuel Fernández, y 211 pesos ½ real a don Joaquín de Villegas de la Vega, todos del Comercio de España y residentes en este pueblo, cantidades que son por concepto de efectos y géneros con los que surtió su tienda, las cuales se obliga a pagar por convenio con sus acreedores a don Pedro López Gómez o a la persona que éste determinare, dándole 100 pesos mensuales, empezando en el mes de mayo del presente año, y en caso de no pagar en el tiempo señalado, se dará por cumplida esta escritura y se le ejecutará por el total de dicha deuda. Para seguridad de su paga hipoteca su tienda que tiene en Tecamachalco.
El Capitán Antonio Vázquez Ruiz, vecino del pueblo de Jalapa, ratifica la escritura hecha en México el 30 de julio de 1777 donde hipoteca su hacienda nombrada Nuestra Señora de los Remedios, alías Lucas Martín, otorgada en virtud de poder por don Baltazar de Vidaurre, Procurador de Número de la Real Audiencia, por lo que respecta a los 500 pesos que pertenecen a la ultramarina Luisa Josefa de la Fuente, quedando subsistente dicha escritura e hipoteca de la citada hacienda, entendiéndose que no causará renovación de contrato.