Don Juan García Barrio, vecino de Jalacingo, se obliga a pagar a don Esteban Gutiérrez de Olea, vecino de Veracruz, y a su nombre a don José Antonio de la Pedreguera, de esta vecindad, la cantidad de 261 pesos 4 reales; para seguridad de esta deuda hipoteca una casa y un solar ubicada en la Calle Real del pueblo de Jalacingo, frente a la de su suegra doña Rita Bravo y contigua a la del Capitán don José Martín de Vélez, como consta en escritura que entregará a dicho Pedreguera en 10 o 12 días, quedando por fiador mientras tanto, don Felipe Noceda, vecino de Perote.
HIPOTECAS
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Don José de Trapaga, vecino del pueblo de Perote Jurisdicción de Jalacingo, informa que el difunto Andrés de Somoza le quedó debiendo 608 pesos 1 real y para cobrar dicha cantidad otorgó poder a don Bartolomé Pico Palacios, vecino de México, de lo que resultó que el Juez General del Juzgado General de Bienes de Difuntos decretó satisfacerle dicha cantidad con la condición de que si salía un acreedor de mejor derecho tenía que devolver el dinero, saliendo dicho apoderado por su fiador, por lo que el otorgante se obliga a sacar a su fiador a paz y salvo, de tal manera que no gaste de su caudal cosa alguna. Como seguro hipoteca una casa y una tienda mestiza que posee en este pueblo en la Calle Real.
Doña Petrona Nolasco de Zárate y Sandria, mujer de don Antonio de Noriega, se obliga a pagar a don José de Ugarte, Mayordomo de la Cofradía de la Concepción de Nuestra Señora de esta Parroquia, la cantidad de 125 pesos de oro común que de la caja de dicha cofradía le suplió a réditos de 5 % por tiempo de 5 años que comienzan a partir de hoy. Para la seguridad de esta deuda hipoteca una casa ubicada es este pueblo de Jalapa, que compró a Manuel Santa Ana Valdéz.
Don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo y vecino de esta villa, dijo que de algún tiempo a la fecha es su deseo entrañable ver fenecido el templo y convento de Nuestro Padre Señor San Antonio de la orden de “la descalses” de Señor San Diego, principado en esta villa de Córdoba por el Capitán Francisco de Solís, su tío difunto, Alguacil Mayor que fue de ella. Y llevado del anhelo con el conocimiento de ser obra tan del servicio de Dios Nuestro Señor, trató comunicación con los reverendos Provincial actual de la Provincia de San Diego Fray Nicolás [de Benavente] y Fray Joseph [José de Melluegui], Difinidor [y Guardián] de dicho convento, quienes le dijeron que debía comparecer por escrito al difinitorio pleno; de manera que hizo dicho escrito en donde refiere a sus paternidades reverendísimas lo propuesto, y les pide la concesión del patronato de dicha iglesia de Señor San Antonio de esta villa, obligándose a terminar y perfeccionar con todo lo restante de dicho convento. Además les ofrece para su mayor firmeza y estabilidad otorgar escritura de obligación, con hipoteca especial de la hacienda que posee en la jurisdicción de esta villa. Igualmente les informa que hará dicha obra y otorgará la fianza, con cargo y condición que ha de quedar obligada la provincia a que le guarden los fueros y preeminencias de tal patrón y a todos sus descendientes, de igual modo a que se le han de decir perpetuamente para sufragio de su alma, de su esposa doña Juana Gatica [y Aguilar], de su tío el Capitán Francisco de Solís y la de su mujer doña Gertrudis de Gatica, la de sus padres y demás ascendientes y descendientes, tres misas cantadas anualmente, una el día del Señor San Antonio, la segunda el día de la Natividad de San Juan Bautista y la tercera un día de la infraoctava de los difuntos. Dado que para presentar y conseguir su deseo, necesita dar poder, respecto a que él no puede asistir personalmente a ello; lo pone en efecto y lo otorga a don Alejo de Apellanes, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre comparezca ante los reverendos padres, provincial y difinidores del convento del Señor San Diego, y presente el escrito suso citado para su cumplimiento, hasta conseguir la gracia que propone; a su vez que lo obligue a cumplir con sus personas y bienes, especialmente con hipoteca de una hacienda ubicada en esta jurisdicción, que linda por la parte del oriente con tierras de Josepha [Josefa] García de Miranda; por el norte con las tierras que posee el Capitán Joseph [José] de Segura y Seballos [Ceballos]; por el sur y poniente con la barranca que llaman de Tleapa; con todo lo que le pertenece.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Micaela Ramos, viuda, mujer que fue del Capitán Marcos Blanco, difunto, su albacea testamentaria y tenedora de bienes, tutora y curadora de las personas y bienes de María, Nicolasa y Lorenzo sus hijos menores y de su marido, dijo que por cuanto en el juicio divisorio que se ha formado de los bienes del citado difunto entre la presente otorgante y sus menores hijos, se le adjudicó a los susodichos por sus legítimas paternas 16 440 pesos y 6 reales que quedaron sobre las haciendas de ganado mayor nombradas Mazapa y Tlamatoca, y sobre unas casas principales en esta villa; dicha cantidad confiesa tener recibida y por tanto se obliga a tenerla sobre dichas haciendas y a pagarle a cada uno de sus hijos la suma de pesos que les corresponde. Y para mayor seguridad de dichas legítimas hipoteca las haciendas y casa para no poder vender ni enajenar; para asegurar el principal da por sus fiadores a Andrés Gómez y a Joseph [José] Hernández, vecinos de este dicho pueblo.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Josepha de Miranda [Josefa García de Miranda], vecina de la villa de Córdoba, viuda, mujer que fue de Joseph de Olivera [José de Olivera], difunto, tutora y curadora de doña María de Leyva [Leiva], su hija legítima, declara que por cuanto la dicha su hija “mediante la voluntad de Dios Nuestro Señor y para su santo servicio ha elegido y tiene deliberado el ponerse en estado de Religiosa de Santa Clara en el convento de la ciudad de los Ángeles”, y atenta a que tiene ajustado con las religiosas de la entrada de la susodicha y concertada su dote en 5 000 pesos, “y me han pedido les otorgue obligación y seguro de dicha cantidad”, para que luego que llegue el caso de la profesión de la dicha doña María de Leiva se la entreguen. Por tanto, para que tenga efecto lo solicitado otorga por la presente que se obliga de dar y pagar a dicho convento de religiosas de Santa Clara 5 000 pesos en que tiene ajustado la dote de su hija. Por último, señala que para asegurar la cantidad hipoteca un trapiche de hacer azúcar, que tiene en esta jurisdicción, nombrado San Francisco, con sus tierras, cañaverales, ganado, esclavos y todo lo que le perteneciere.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOAlonso Galban [Galván], vecino de la villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga de pagar a Thomas Jimenes de la Rosa [Tomás Jiménez de la Rosa], vecino de la Nueva ciudad de Veracruz, 580 pesos que por otros tantos le ha prestado; para seguridad del pago hipoteca veinte mulas.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJoseph de Billegas [José de Villegas], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga de pagar a Thomas Ximenez de la Rossa [Tomás Jiménez de la Rosa], vecino de la Nueva ciudad de Veracruz, 580 pesos que por otros tanto le ha prestado; para seguridad del pago hipoteca diez mulas.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Alférez Francisco de Brito [Lomelín], albacea testamentario del Capitán Antonio de Brito Lomelín, difunto, como principal, y don Alonso López de Sagade [de Bugueiro] y Diego de Brito Lomelín, como sus fiadores, dijeron que por auto el señor Alcalde Miguel de Leiva [Esparragosa] le ha ordenado a dicho Alférez Francisco de Brito que otorgue fianza de que dará cuenta con pago justo de todos los bienes que han entrado en su poder, como albacea de dicho difunto, ínterin que se nombra tutor y curador ad bona de los menores hijos del citado Antonio de Brito Lomelín. Y para que tenga efecto otorga el Alférez Francisco de Brito que se obliga a entregar todos los bienes que constan por los inventarios, de lo contrario, don Alonso López de Sagade [de Bugueiro] y Diego de Brito Lomelín, como sus fiadores, pagarán in solidum la cantidad de pesos que importaren los bienes que dejara de entregar. Para mayor seguridad de la escritura, el Alférez Francisco de Brito hipoteca su hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada la venta de Parada que tiene en esta jurisdicción.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Gaspar Ramírez de Carvajal [Benavente], otorga que debe y se obliga de dar y pagar a Diego López de Luna, vecino de la ciudad de los Ángeles, 300 pesos de oro común, los cuales ha recibido en calidad de préstamo en reales de contado y los pagará en junio del próximo año. Para asegurar el pago de la deuda hipoteca un trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora de la Concepción, que tiene en la jurisdicción de esta dicha villa.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO