Don Juan Alonso Suárez, capitán del escuadrón de esta villa de Xalapa, otorga poder especial a don Manuel Garrido González, vecino y del comercio de la capital de la Federación, para que en su nombre y representación, haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que sean necesarias ante el juez que sea competente, para obtener que lo declaren heredero de su hermano Toribio Antonio Suárez, como lo es ab intestato a falta de ascendientes y descendientes.
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El Presbítero José Mariano González de Castro, de esta vecindad, otorga que ha recibido de sus hermanas de madre, doña Gertrudis y doña María de Jesús Rodríguez Díaz de Acosta, la cantidad de 226 pesos 4 reales 6 granos, correspondiente a la herencia que le adjudicó su madre, de una casa que poseía en esta Villa; por lo que solicita la cancelación de dicha escritura de obligación.
Don José Antonio de Bárcena, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Juan de Bárcena, de este comercio y vecindad, padre legítimo de su esposa doña Gabriela de Bárcena y Zugadi, la cantidad de 13 000 pesos, correspondiente a la herencia materna de su consorte.
Don Juan González de Alles, residente en esta Villa, otorga poder especial a su primo don Francisco Antonio de Alles Pérez, del comercio de México, para que en su nombre como primo carnal de don Francisco González de Alles, vecino que fuera del pueblo de la Piedad, jurisdicción de [Tlazazalca], de la intendencia de Valladolid, en este reino de la Nueva España, comparezca en el Juzgado General de Intestados y Ultramarinos de aquella capital, en donde pida y promueva que tanto a él como a su constituyente, únicos parientes en este reino del citado finado don Francisco González de Alles, se les habilite y declare como herederos para poder tener en su poder todos los bienes que quedaron por su muerte en dicha Ciudad de Valladolid, en el degüello que allí hubo de los europeos a finales del año de 1810, con motivo de la presente revolución.
Don Pedro Martínez, de esta vecindad y comercio, tutor, curador y ad bona de doña Ana y doña Margarita Guillén y Cabañez, menores de 25 años y mayores de 14, hijas del finado don Antonio Guillén, otorga que está en su poder la cantidad de 400 pesos en reales efectivos, resto del haber que por herencia paterna correspondió a ambas menores, cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito irregular con causa de réditos del 5 % anual, y para que a un tiempo mismo pueda usarse a favor de sus acreedoras, hipoteca una casa ubicada en la última cuadra de la Calle del Calvario, afecta con 200 pesos a favor de la Cofradía del Santo Ecce Homo de esta iglesia parroquial.
Don Juan Bautista de Garaicoechea, de este comercio y vecindad, marido y conjunta persona de doña Manuela de Bárcena, ha recibido de don José Antonio de Bárcena, de don José Antonio del Valle y de don Juan Francisco de Bárcena, como albaceas del finado don Juan de Bárcena, padre de su esposa, la cantidad de 6 154 pesos uno y tres cuartillas reales, que en varias partidas y antes de ahora le han entregado de los bienes que quedaron por muerte de don Juan de Bárcena y que pertenecen a dicha su esposa. Cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito, junto con 13 000 pesos que anteriormente percibió del haber hereditario materno de su esposa.
Doña María del Rosario Cabañas, viuda y albacea de su difunto marido don Cristóbal Martínez, ha recibido de don Pedro Báez, de esta vecindad, la cantidad de 400 pesos pertenecientes a la tutela de las menores hijas de la otorgante, con anuencia del curador de las menores don Cristóbal Montes de Oca, su yerno, cuya cantidad es la misma que tenía a causa de réditos don Pedro Báez y que por la presente redime y se le otorga cancelación a su favor. La otorgante sitúa y carga dicha cantidad sobre una casa ubicada en la Calle de la Amargura de esta Villa.
María Luciana y Juana María López, hermanas legítimas y vecinas de esta Villa, heredaron de su difunto hermano Miguel Jerónimo López, una casa en la Calle de la Raqueta, en cuya virtud están en posesión de ella, después de haber satisfecho la citada Juana María varias cantidades que el finado quedó debiendo a diversos individuos, importe que haciende a 300 pesos y que ha ido sacando de la zapatería que fue del difunto, situada en la relacionada casa, y de la venta de algunas prendas de ropa de corto valor del mismo difunto. Por todas estas consideraciones y por tener ambas comparecientes criaturas chicas que han sido y quizás sean en lo sucesivo causa de desavenencia y disturbios entre ambas, deliberaron mutuamente dividir la casa en los términos que se mencionan en esta escritura.\t
Don Juan Bautista de Campo, Oficial de la Renta de Correos de esta Villa, marido y conjunta persona de María Josefa Guillén Cabañes, otorga que recibe de don Antonio Guillén, de esta vecindad, padre de dicha María, la cantidad de 1 700 pesos en reales de contado, cantidad que le corresponde a su esposa por herencia de su madre doña Antonia Cabañes, y que se obliga a tener en su poder.
Don Manuel José Bellido, vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, en calidad de tutor dotado de los nietos herederos de la difunta doña Ángela Francisca del Pino, otorga que ha recibido de don Miguel Antonio Barradas, la cantidad de 4, 058 pesos 3 y medio reales, último resto que quedaba en su poder como consta de los autos y juicio divisorio de los bienes de dicha difunta.