Don Pedro de Guevara, como principal, junto con don Bernardo Cardel, su fiador, vecinos del pueblo de Jalapa, deben y se obligan pagar a los albaceas y herederos del difunto don Manuel José de Acosta, la cantidad de 1, 120 pesos, junto con 56 pesos 2 reales de réditos de un año, que generan un total de 176 pesos 2 reales de réditos, cantidades que pagarán en el periodo de 1 año.
HERENCIAS
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José Joaquín, Gaspar y Manuel del Moral, vecinos del pueblo de Jalapa, junto con María de los Dolores del Moral, su hermana, hijos legítimos y herederos de su difunta madre Margarita Palacios de la Higuera, viuda de José del Moral, venden a su citada hermana, una casa y solar ubicados en este pueblo, la cual linda al norte con la calle que baja de la Real al Puente y casas de don Juan Antonio de Zavalza, al oriente con casa y solar de los herederos de Rosa Palacios, al sur con casa y solar de doña María Vázquez, y al poniente con casas de doña María Nicasia Meléndez, al precio de 400 pesos.
Juan Benito del Hoyo, vecino del pueblo de Perote, informa que su difunta esposa Mariana Huerta, heredó de sus padres don Miguel Huerta y de doña Ana Chávez Galindo, una casa, que se encuentra entre la casa de su cuñado Antonio Huerta y la de Félix García, que es de adobe, cubierta de tejamanil, en solar del hospital Real. Propiedad que vende a Catalina Amador, al precio de 75 pesos.
Francisco Javier López, pardo libre, Maestro sastre, vecino del pueblo de Jalapa y heredero de doña Margarita Beatriz López, junto con Pedro, hermano de la citada difunta, vende a don Manuel Rincón, vecino de este pueblo, un solar de 16 y media varas de frente y 39 varas de fondo, el cual linda al oriente con la plazoleta y el callejón de Quiñones, al norte con dicho callejón, al poniente con casa y solar de Gaspar Álvarez y al sur con solar de don José Tavera, al precio de 725 pesos, incluidos los 137 pesos y 1 real de censo.
Antonio Vázquez, vecino de este pueblo de Jalapa, dueño de un solar que fue de su difunto padre Sebastián Vázquez, y que lo heredó junto con sus hermanos Bernabé Antonio Vázquez y Catarina Crisóstomo Vázquez, vende a Pascual Martín García, vecino de este pueblo de Jalapa, la parte que le tocó del citado solar, el cual mide 84 varas, linda al oriente con solar de Manuel Vázquez, al poniente con solar de Eugenia, viuda de Gregorio Ortiz, al norte con calle que va para la Ermita de Santiago y al sur con el río de Santiago, en la cantidad de 84 pesos.
Comparecieron Cecilia Toral y Manuel Toral, sobrino de la primera; y al mismo tiempo se presentaron don Manuel Patiño y don Fulgencio Ochoa, quienes aseguraron la identidad de los antes mencionados, quienes dijeron que son únicos herederos de doña María Toral, quien estuvo algún tiempo enferma, y durante este lapso le estuvo ministrando para sus alimentos y medicinas...
Don Juan Carrasco, Teniente retirado de esta vecindad, otorga poder especial a don Juan Mateo, vecino de Guanajuato, para que en nombre del comparente como esposo que es de doña María Buendía, proceda a la cobranza de la parte hereditaria que tiene su esposa a una casa situada en la plazuela llamada de San Fernando en la misma ciudad. Cuyo cobro deberá hacer a don José María Torres, como albacea de doña María Juliana Ramona Morales, esposa que fue de don Antonio Buendía. En caso de que no se le quiera pagar la suma a que pueda ascender la herencia, lo faculta para que solicite el correspondiente certificado con el cual formalice la demanda, exigiendo a Torres presente el testamento o la cláusula en donde declaró la señora Morales de heredera a la nominada esposa del otorgante.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO PÚBLICODoña María Josefa de Herrasti y Alba, viuda de don Carlos Díaz y Herrero, de esta vecindad, mayor de edad, otorga poder especial a don José María Garrido Vicuña, vecino de la hacienda nombrada Atoyac, cita en la jurisdicción de Chalco en el estado de México, para que a su nombre acepte el legado, donación o herencia que a su favor haya testado la finada doña Ana María del Alba, vecina que fue de dicha hacienda y tía de la relacionante. También para que promueva y haga se practique la descripción de bienes de la difunta, nombrando peritos valuadores, aprobando las memorias o reclamándolas si contuviese algún yerro y pidiendo la aprobación judicial. Y para que pueda en razón de lo expuesto, comparecer en juicio ante el juez de los autos de esa testamentaria y en de los demás tribunales eclesiásticos o seculares, superiores o inferiores que importe.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña María Josefa Morales de Campillo, como heredera de don Pedro del Campillo, tutora y curadora de doña Rosario del Campillo, hijos suyos; don Felipe Díaz de Peón, marido de doña María Josefa González del Campillo; don Juan Díaz de Peón, viudo de doña María Ignacia González del Campillo, por sus menores hijos; y don José Mariano del Campillo, por sí; todos residentes en esta ciudad; otorgan que dan poder amplio a don José María Godoy, vecino de Guanajuato, para que en su nombre y representando sus derechos, gestione en todos los asuntos en que tengan acción, por cualquier título; ya sea en clase de actores o ya en la de demandados, nombrando abogados, agentes y procuradores, para sus solicitudes, pleitos y negocios. También para que pida y tome cuentas a las personas que deban. Así como, para que acepte con beneficio de inventarios las herencias que por testamento o ab intestato les pueda tocar por cualquier pariente o extraño, especialmente la que les pertenece en los bienes de la testamentaria de don Ignacio de Lanuza padre de doña Maria Ana Lanuza, de quien son herederos los comparentes. Además, para que pueda exigir la redención de los capitales que a favor de los relacionantes se reconozcan sobre fincas o acciones, imponiéndolos de nuevo en otras idóneas y recaude al mismo tiempo, los réditos que en razón de esas imposiciones adeuden los censatarios, contrayendo especialmente al capital de 30 000 pesos y sus réditos que reconoce la hacienda del Cuisillos en jurisdicción de Irapuato. Asimismo, para que haya, perciba, demande y cobre de todos los deudores todo que les deban.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Juan Antonio de Bárcena, de esta vecindad dijo: que por título de herencia de sus difuntos padres hubo y posee por suyos propios, ubicados en jurisdicción de Abionzo en las montañas Península de España, los fundos siguientes: dos tercios de casa y huerta; una heredad de cuatro carros que linda con tierra de don Juan Antonio Gómez de la Barreda y de don Pedro Mazorra; tres carros labrantíos en la vega de Abastanes; un carro en el sitio del Vallijo; un carro que linda con tierra de Jacinta Soñanes; en la misma vega y sitio, dos carros con su cabecera de prado; en la vega de Peña cuatro carros de tierra labrada; en dicha vega y sitio de Sindiro dos carros labrantíos; en dicha vega y sitio de la Peña, dos carros labrantíos; cuyo total son veinte carros labrantíos y cuarenta y ocho y medio carros de prados, con los colindantes que se mencionan en el acta. Cuyas heredades se las da en venta a don Tomás Pérez y Bárcena en precio de 650 fuertes mexicanos.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO