Don Juan González de Alles, residente en esta Villa, otorga poder especial a su primo don Francisco Antonio de Alles Pérez, del comercio de México, para que en su nombre como primo carnal de don Francisco González de Alles, vecino que fuera del pueblo de la Piedad, jurisdicción de [Tlazazalca], de la intendencia de Valladolid, en este reino de la Nueva España, comparezca en el Juzgado General de Intestados y Ultramarinos de aquella capital, en donde pida y promueva que tanto a él como a su constituyente, únicos parientes en este reino del citado finado don Francisco González de Alles, se les habilite y declare como herederos para poder tener en su poder todos los bienes que quedaron por su muerte en dicha Ciudad de Valladolid, en el degüello que allí hubo de los europeos a finales del año de 1810, con motivo de la presente revolución.
HERENCIAS
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Don Mateo Antonio González, vecino del pueblo de Actopan, Jurisdicción de la Antigua Veracruz, como marido y conjunta persona de doña María [Josefa] Rodríguez Rojo y Garrido, hija y heredera de los finados don Andrés Rodríguez Rojo y de su primera consorte, doña Francisca Garrido, otorga poder especial a don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, para que en su nombre, como marido de doña María Rodríguez, represente los derechos que como tal le corresponden en la testamentaria del mencionado difunto, don Andrés Rodríguez Rojo.
Don Pedro Martínez, de esta vecindad y comercio, tutor, curador y ad bona de doña Ana y doña Margarita Guillén y Cabañez, menores de 25 años y mayores de 14, hijas del finado don Antonio Guillén, otorga que está en su poder la cantidad de 400 pesos en reales efectivos, resto del haber que por herencia paterna correspondió a ambas menores, cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito irregular con causa de réditos del 5 % anual, y para que a un tiempo mismo pueda usarse a favor de sus acreedoras, hipoteca una casa ubicada en la última cuadra de la Calle del Calvario, afecta con 200 pesos a favor de la Cofradía del Santo Ecce Homo de esta iglesia parroquial.
Don Juan Bautista de Garaicoechea, de este comercio y vecindad, marido y conjunta persona de doña Manuela de Bárcena, ha recibido de don José Antonio de Bárcena, de don José Antonio del Valle y de don Juan Francisco de Bárcena, como albaceas del finado don Juan de Bárcena, padre de su esposa, la cantidad de 6 154 pesos uno y tres cuartillas reales, que en varias partidas y antes de ahora le han entregado de los bienes que quedaron por muerte de don Juan de Bárcena y que pertenecen a dicha su esposa. Cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito, junto con 13 000 pesos que anteriormente percibió del haber hereditario materno de su esposa.
Don Juan Pensado, labrador vecino de Jalapa, dueño del ingenio viejo hace solicitud de testimonio de 3 instrumentos que pertenecen y comprueban el dominio de sus antecesores del mencionado ingenio, a saber: la escritura de partición que hicieron los herederos de Francisco Pérez Romero de 13 de abril de 1666; la segunda de venta de la mitad del ingenio al Capitán Pedro Zapata de Ezquerra de 3 de agosto de 1714; y la última de venta de la otra mitad del ingenio a favor del mismo Capitán de 31 de agosto de 1714.
Francisca Espinosa Montero Matamoros, vecina del pueblo de Jalapa, dijo que por cláusula de testamento que otorgó don Tomás de Torres, dejó como heredera a doña María Josefa, su hija natural y al otorgante como su tutor, y en concurso de otros acreedores de su herencia con los instrumentos que justifican los derechos del otorgante y su hija para cobrar sus bienes y los réditos pupilares que hubieren corrido, en cuya virtud otorga poder al Licenciado don Francisco Orbe Arbieto y Tovares, Abogado de la Real Audiencia, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, al Capitán José Muñoz Calderón y a don Juan Dionisio de Luna, vecino de la Ciudad de la Veracruz, a todos de mancomún, para que lo representen ante las justicias que convengan y ante todas las que por esta causa puedan y deban conocer.
Francisca Suero Zavala, viuda de Bernardo Velásquez, vecina del pueblo de Jalapa, de una parte y por la otra Agustín Zavala y María Velázquez Zavala, viuda, de la misma vecindad, herederos del mencionado Bernardo, su padre, en concurso de Bernabela Antonia, viuda vecina de la Nueva Veracruz y Lorenza, soltera mayor de 25, ausentes, hermanos, prestando voz a los ausentes, venden a Sebastián Barradas, una casa de piedra, que linda con solar de Francisca Ramírez, con solar y casa que fue de Diego Sánchez, difunto, hace frente con el manantial de agua llamado Techacapa y con la Calle Real que sale de este pueblo para la Veracruz. La venta se hace en 600 pesos, 100 de ellos los ha recibido y los 500 restantes los ha de pagar de 100 pesos por cada viaje que haga con su recua cargada de la Ciudad de la Veracruz a la de México, Puebla o Tlaxcala.
Doña Anastasia Javiera de Natera, mujer legítima de don Juan Montañés de la Cueva, Escribano Público de la Nueva Ciudad de la Veracruz, vecino del pueblo de Jalapa, como heredera de doña Juana Teresa, su madre, vende a Paula de la Estrella Borreguero, soltera vecina de la misma Ciudad de la Veracruz, una casa de piedra y madera baja cubierta de azotea, ubicada en la calle que va del camino [Real] que llaman de México para la Ermita del Mártir San Sebastián, que comúnmente llaman de las Damas, con 7 varas de frente y 50 de fondo, linda con casa de doña Alejandra de San Juan y casa de los herederos de Gabriel Vázquez. La venta se hace en 800 pesos de oro común, 500 de ellos los deja impuestos sobre ella a razón de 5% cada año y los 300 pesos restantes se da por recibidos.
Domingo Pascual Capetillo, vecino de la Villa de Córdoba, a nombre de Agustina Farfán, su legítima madre, junto con Juana Lobato, vecina del pueblo de Jalapa y mujer legítima de Bartolomé Juan, y María Farfán, vecina del pueblo de Naolinco y mujer legítima de Manuel García, otorgan poder general a Cayetana Farfán Lobato, vecina de este pueblo de Jalapa, viuda y heredera de Alonso Molina, para que pida, demande, reciba y cobre a cualquier persona, todas las cantidades de oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban, también para que los defienda y demande, en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don Bartolomé de Orozco, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, albacea del difunto don Cristóbal Fernández Franco, debe y se obliga pagar a los acreedores de dicho difunto, la cantidad de 972 pesos 7 y medio reales, en este reino o en España con los bienes que le corresponde de herencia, que son 3 casas, 2 ubicadas en Sanlúcar de Barrameda y la otra en la Villa de Lebrija, en el Reino de Andalucía, con la condición de que si el pago se hace en España, se le rebaje los fletes y derechos.