Doña Gertrudis Jaimes Navarro, viuda del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, su albacea y tenedora de bienes, otorga que da su poder al Capitán don Gaspar Rendón, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, para que en su nombre use el cargo de tal albacea, y para ello pida al Señor don Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General en ella, Juez de los autos de inventarios, avalúos y juicio [roto] de los bienes del citado difunto, la exonere del cargo de tenedor de bienes, poniéndolos en la persona que le pareciere. Y asimismo se oponga en dichos autos como acreedora que es de ella por su dote, arras y bienes gananciales y de los que recibiere otorgue bienes gananciales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOHERENCIAS
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Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de hacer azúcar, dijo que como uno de los albaceas y herederos del Capitán don Tomás López de Sagade y de doña María de Brito Lomelín, sus padres difuntos, tiene recibido la legítima paterna y materna en el valor de siete esclavos nombrados Joaquín, casta rayado, y su mujer Lucía; Gaspar, casta Loango [roto] su hija; Santiago rayado; Micaela, casta rayada, y su hijo Antonio; por tanto, en aquella vía y forma otorga haber recibido de los bienes de los dichos sus padres su legítima paterna y materna.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Depositario don Baltazar González de Velilla Blanco, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, padre legítimo de doña Margarita Gertrudis, doña María Gabriela y doña Antonia María de Velilla Blanco, otorga poder al Capitán don Diego Fernández de León, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, para que representando su persona y en virtud de carta misiva que tiene de su sobrina la Madre Antonia de San Nicolás, Religiosa Profesa del convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en donde le dice que en su testamento y última disposición para su profesión mandó y legó 1 000 pesos a las citadas sus tres hijas, quien por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia se le declaró su legítimo lugar, y en su virtud se le libró despacho para que don Diego Fernández le recaude dicha herencia del poseedor de la hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrado San Miguel Asesenatl [Azezenatl], que poseyeron los capitanes Nicolás Blanco y don Lope de Iribas, y siendo esta última determinación de que se diese el cumplimiento de la manda de dichos 1 000 pesos, que su data y entrega resultara a las partes que han de recibir este beneficio, para lo cual dicho Capitán don Diego ruegue y encargue a la madre [roto] que su manda tenga el debido efecto, para que habiendo mandado sería el fin de que recaudada su herencia, lograrán las susodichas la utilidad que pueda resultar, y para cumplimiento de su última voluntad pueda cobrarlos de la parte donde se disponga y hasta que lo consiga haga todas las diligencias. Asimismo, le da este poder para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOREl Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, exhibió una escritura otorgada por el susodicho y por los Capitanes don Lope Antonio de Iribas y José de Carvajal y Contreras, vecinos de esta villa, dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar, sus fiadores, su data 11 de octubre de 1710, de cantidad de 3 836 pesos y 4 reales que se obligaron en términos de un año, por razón de las hijuelas de los hijos menores de doña Inés María de Serrano y Perea y parte de dote y gananciales que le tocó a la susodicha, con hipoteca de todos los bienes, y para que conste de su pedimento la exhibió para su registro en este libro.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Sebastiana de Madrid, viuda, vecina de esta villa, exhibió una escritura de obligación a favor del Bachiller don Juan Nicolás Hernández, su hijo, por la cantidad de 2 530 pesos 7 reales y un grano, los mismos que le tocaron de herencia paterna, con obligación de réditos ínterin toma estado o bien edad competente, para cuyo seguro hipotecó una casa de cal y canto, cubierta de teja, que posee en esta villa, en la calle que sale de la plaza Pública y va a dar al camino Real que baja a la ciudad de la Veracruz, linda por el oriente con Alejandro Tamariz, por el sur con solar de dicha doña Sebastiana y por el norte con casa y mesón de la susodicha; y para que conste puso la presente en el libro del becerro de esta villa.
BERNARDINO DE TOVAR Y SOTELO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOJoseph [José] de Mañas, vecino de esta villa de Córdoba, padre y universal heredero de Fernando [de] Mañas [y Soto], difunto, dijo que por cuanto su hijo le era deudor de 1 731 pesos que lo importaron diferentes mercaderías que Baltazar Díaz [Pérez], mercader y vecino de la ciudad de los Ángeles, le dio a su crédito para la tienda del dicho su hijo, en el cual se constituyó por su fiador en cantidad de [roto] por un vale que otorgó a favor de Marcos [Ramírez]. Y para que haya persona por su parte para que cobre dicha herencia, otorga poder especial a don Fernando del Monxe [Monge] y Mendoza, para que en su nombre y representación pida, demande, reciba y cobre de los bienes y albaceas de dicho difunto, la cantidad de 2 431 pesos con más lo que hubiere de herencia, parezca ante los señores justicias de Su Majestad y haga los pedimentos, requerimientos, citaciones, protestas y todo lo necesario.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Alférez don José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, uno de los hijos y herederos del Regidor don José Gómez Dávila y de doña María de Leiva Esparragosa, difuntos, otorga ha recibido de su tío el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, albacea y uno de los herederos de dicho regidor, 1 680 pesos 7 reales que le cupieron de herencia, por lo cual otorga carta de pago.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Lorenzo Antonio Blanco, vecino de este pueblo, uno de los hijos y herederos del Capitán Marcos Blanco, difunto, otorga haber recibido de doña Micaela Ramos, su madre, viuda, albacea y tenedora de bienes de dicho difunto, vecina de este pueblo, la cantidad de [roto] de oro común en reales, de los cuales 5 662 pesos 6 reales le cupieron al otorgante de su legítima paterna. Declara que se incluyen 90 pesos que está debiendo Nicolás de Figueroa a los bienes de dicho difunto, de cuya cantidad 50 pesos le suplió en reales Micaela Ramos, dejando en prenda el susodicho dos candeleros, tres platos, una [roto], un cubilete, un salero y unas espabiladeras, todo de plata, y los 40 pesos restantes que debía a dicho difunto. Y los 600 pesos restantes que se ha de obligar a pagar el otorgante por escritura a favor del Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de la villa de Córdoba, dentro de un año, los mismos que le debía doña Micaela Ramos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOPedro Pablo Tamariz, residente en esta villa, otorga poder especial a Antonio de Acosta Padrón, vecino de esta villa de Córdoba, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente del Capitán don José de Segura y Ceballos, vecino de esta villa, 656 pesos un real, de los cuales 587 pesos un real para en su poder de principal que le tocaron al otorgante como heredero que fue de Tomasa de Herrera, difunta, de quien fue albacea el susodicho; y los 79 pesos restantes por sus réditos corridos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMaría Íñiguez, vecina del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán] y residente en esta villa de Córdoba, viuda y albacea de Juan de Estrada, su marido, tutora y curadora ad bona de sus menores hijos: Juan de Dios, Antonio, José, Nicolás, María y Juana; y de Gertrudis de Iñiguez y Estrada. Dijo que por cuanto el 20 de enero pasado falleció su marido bajo una memoria que otorgó ante testigos el 24 de dicho mes, y habiendo pedido la susodicha al alcalde mayor de esta villa el inventario y avalúo de los bienes que dejó su marido, dichos avalúos montaron la cantidad de 544 pesos 4 reales, de los cuales se rebajaron las deudas que tenía pendientes el difunto, quedando por bienes 394 pesos, los mismos que se dividieron entre marido y mujer, tocándoles 197 pesos a cada uno por mitad de gananciales, y de la cantidad que le corresponde a dicho Juan de Estrada, difunto, se repartieron entre sus siete hijos y herederos tocándole a cada uno 28 pesos un real, cuya cantidad se da por entregada la susodicha María Iñiguez, obligándose a pagar a sus hijos y herederos de su marido luego que tomen estado o tengan edad competente, y en el ínterin se obliga a pagar los réditos de 5 por ciento anual.
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