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              738 Archivistische beschrijving results for HERENCIAS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0021 · Stuk · 1696/03/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Juana de [Ojeda], vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima de don Tomás [López] de Sagade Bugueyro [Bugueiro], dijo que los difuntos Nicolás Blanco y doña Ana de Sandoval, su mujer, le legaron y mandaron 3 000 pesos de oro común de sus bienes como consta en una cláusula de su testamento bajo cuya disposición falleció Nicolás Blanco; y que habiendo solicitado don Tomás Segade, su marido, por medio de la Real Audiencia a don Lope de Yribas [Iribas], albacea de Nicolás Blanco, los 3 000 pesos del legado, se despachó ejecución contra los bienes que dejó Blanco; y no habiendo entre sus bienes de donde sacar dicha cantidad, más que de un trapiche y hacienda, con lo cual se atrasaría mucho la cobranza, aunado a que podrían salir otros acreedores de Nicolás Blanco y oponerse a la ejecución de los bienes, beneficiándoles más el pago de contado; por lo cual convienen los otorgantes en que don Lope de Yribas [Iribas] otorgue obligación de pago por los 3 000 pesos, dejando libres dicho trapiche y hacienda. Asimismo, don Lope de Yribas [Iribas] se obliga a pagar dicha cantidad de la siguiente manera: 500 pesos a finales de mayo, 500 pesos para fines de agosto de esta año; y por los 2 000 peso restantes, se obliga a pagar 500 pesos cada seis meses después de los dos primeros plazos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0114 · Stuk · 1696/12/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Antonia Ramírez, vecina de esta jurisdicción, viuda de Nicolás Rodríguez [del Pulgar], tutora y curadora de Juan y Manuela Rodríguez, sus hijos, dijo que ha recibido la cantidad de 138 pesos 7 tomines y 6 granos pertenecientes a su menores hijos como parte que les tocó de los bienes de su difunto padre, por lo cual se obliga a tenerlos sobre los más bien parado de sus bienes, para que cuando éstos cumplan su mayoría de edad o tomen estado se los entregue. Por otro lado, Diego y Juan Rodríguez, hijos de Nicolás Rodríguez en su primer matrimonio, otorgan que han recibido de la susodicha cada uno la cantidad de 79 pesos 3 tomines 9 granos por la parte que les corresponde de herencia.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0024 · Stuk · 1699/04/22
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Valero Grageda, Regidor perpetuo por su Majestad de esta villa, otorga poder especial a su hermano el Bachiller don José Valero Grageda [Grajeda], Clérigo Subdiácono, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre ajuste cuentas con el Capitán don Joseph [José] de Segura [y] Sevallos [Ceballos], vecino de esta villa, relativas a lo que ha recibido hasta hoy día de la fecha y que debe pagarle al otorgante de la legítima que le toca de los bienes que quedaron por muerte del Capitán Joseph [José] Blanco, su abuelo, en cuyo poder tiene y le debe entregar como obligado que está a ello.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0087 · Stuk · 1699/09/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Gaspar Rendón, mercader y vecino de esta villa, albacea testamentario y tenedor de bienes de Jacinto de Ledos [y Pasos], difunto, y tutor y curador ad bona de Antonio de Ledos, menor de edad pupilar, hijo legítimo del susodicho y de doña Gertrudis López [de Guzmán]; dijo que por cuanto en el juicio divisorio que se ha formado de los bienes de dicho difunto entre doña Gertrudis López y el menor Antonio de Ledos, a este último se le ha adjudicado por legítima paterna la cantidad de 2 240 pesos 4 tomines y 6 granos, cuya cantidad tiene reciba el otorgante, por lo cual se obliga a tener dicha cantidad en su poder y a pagarle a dicho menor cada año sus réditos pupilares en razón del 5 por ciento, mientras dicho menor alcanza la edad suficiente para administrarlos. Para el seguro del principal otorga como fiador al Capitán don Alonso López de Sagade [de Bugueiro], vecino de esta villa y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0026 · Stuk · 1683/10/08
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Santa Teresa Romero de Huerta, mujer de [Miguel] Valero de Grageda [Grajeda], vecino y Alférez Mayor de esta villa de Córdoba, en presencia y con licencia de su marido le otorga poder a éste para que en nombre y por lo que le toca como una de las nietas y herederas de Juan Durán de Huerta e Isabel Juárez de Escobedo, vecinos que fueron del valle de Huamantla de la provincia de Tlaxcala, y en representación de Juan Durán de Huerta, su difunto padre, hijo y uno de los herederos de los susodichos, aceptando dicha herencia con beneficio de inventario, pida se haga división y partición de todos los bienes, deudas, derechos y acciones de sus abuelos, y siendo necesario para ello que se vendan y rematen en pública almoneda o como le parezca las dos [haciendas], la una nombrada Nuestra Señora de [Quimichula], y la otra de la Concepción, que están en Iztapa [Ixtapa], provincia de Tepeaca.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0029 · Stuk · 1673/08/01
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Nicolás García, Gobernador [roto] Francisco Juan, Alcalde; Juan Baltazar, Miguel de la Cruz [roto], Regidores; don Juan Lucas, don Juan de Olmos, don Pedro de Olmos, don Juan Pedro y Cristóbal Matías, principales de este pueblo y otros macehuales, mediante don Francisco de Fuentes, intérprete del juzgado, dijeron que este pueblo posee tierras en los alrededores y otro pedazo del otro lado de río Xamapa [Jamapa], llamado Zinextepec, y porque dichas tierras las tienen baldías y por esta causa sería de mucha utilidad arrendar el herbaje que hay en ellas y de lo que obtengan se convierta en lo necesario para su comunidad, por tanto, con licencia del alcalde mayor, arriendan a Marcos Blanco, vecino del pueblo de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec], las tierras que este pueblo tiene desde su salida hasta donde linda con las tierras del pueblo de San Juan Coscomatepec, que es donde tiene su rancho Diego de Guzmán, con las que llaman de la [Yerbabuena], por la cantidad de 20 pesos anuales y por el pedazo de Zinextepec 10 pesos anuales durante cuatro años que dura el arrendamiento.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0036 · Stuk · 1673/12/02
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba y del partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco], como deudor, junto con Pedro Suárez, vecino de esta villa, como su fiador, se obligan a pagar la cantidad de 355 pesos de oro común, herencia de Juana de Cuéllar, menor hija legítima de Alonso López de Cuéllar y de Nicolasa Ramírez, difuntos, y los réditos 17 pesos y 6 reales cada año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0037 · Stuk · 1673/12/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo de Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando juntos y congregados en la sala del Ayuntamiento don Antonio Sentís de Ojeda, Alcalde Ordinario; Juan García Valero, Alférez Mayor; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; y Joseph [José] de Leiva, en nombre de Francisco de Aguilar, Regidor ausente; dijeron que habiéndose empezado las Casas Reales de esta villa, estando levantadas y arrasadas las paredes, se encargó la prosecución de su fábrica a dicho Alguacil Mayor, quien con los efectos que para ello se le dieron como con suplemento que él ha hecho las tiene cubiertas. Pero por faltar algunos aderezos para su última conclusión y hallarse el susodicho alcanzado, los otorgantes convinieron que dichas Casas Reales se concluyan, así como también que a dicho Alguacil Mayor se le satisfaga lo que pareciere debérsele de dichos suplementos. Y en atención a hallarse esta villa exhausta y falta de dineros por la cortedad de sus rentas, propios y habérsele ocasionado gastos forzosos e inexcusables así en la fábrica de dichas Casas Reales y de Cabildo como en algunos pleitos tocantes a la observancia y defensa de sus privilegios, propios, derechos y jurisdicción, se resolvió y acordó que el dicho alguacil mayor tomase por su cuenta 355 pesos de oro común, herencia de Juana de Cuéllar, menor hija legítima de Alonso López de Cuéllar y de Nicolasa Ramírez, difuntos, con los cuales terminase las Casas Reales y lo sobrante lo tomase él a cuenta de los suplementos que hizo. Por lo cual, por la presente como Cabildo se obligan a pagar de las rentas y propios de esta villa a Francisco de Solís, Alguacil Mayor, los dichos 355 pesos en el momento que el juez competente se los mande pagar a la dicha menor Juana de Cuéllar, junto con los réditos de 17 pesos y 6 reales cada año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0039 · Stuk · 1713/05/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco Rodríguez y doña Juana de Brito Lomelín, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan poder general al Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa y próximo a viajar a la ciudad de México, para que en sus nombres parezca ante el Rey Nuestro Señor y ante los Señores Presidente y Oidores de la Real Audiencia de este reino, donde están pendientes los autos del testamento, inventarios y concurso de acreedores de los bienes que quedaron por fin y muerte del Capitán don Antonio Sebastián Pérez Padrón, difunto, en que se hallan opuestos los otorgantes por cantidad de 869 pesos 5 reales que le cupieron a dicha doña Juana de Brito, como hija y heredera del Capitán Francisco de Brito Lomelín, su difunto padre, dueño del trapiche nombrado Nuestra Señora del Rosario, que fue de dicho Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón y que quedó a su cargo satisfacerlos a doña Juana de Brito; y consiga lo que está en depósito con el Capitán don Lope Antonio de Iribas o lo del plazo que está cumplido y tiene que exhibir Juan Fernández de Ávila de la venta de dicho trapiche, para lo cual haga los pedimentos, requerimientos, súplicas y todo lo que sea necesario.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0060 · Stuk · 1713/08/19
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lucas de Contreras, vecino de esta villa de Córdoba, marido y conjunta persona de Josefa de Meza y Ascanio, hija y heredera de doña Juliana de Villar y Estrada; otorgan haber recibido de su padre, don Juan de Meza y Ascanio, vecino de esta villa, 2 706 pesos 5 reales y medio en una libranza sobre el Alférez don Ambrosio Vidal, a favor del otorgante, dada por el dicho don Juan de Meza y Ascanio, su fecha en la esta villa a 18 de agosto de 1713, cuya cantidad es la misma que le tocó a doña Josefa de Meza y Ascanio por legítima materna.

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