HACIENDA SAN MIGUEL

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0078 · Unidad documental simple · 1739/04/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Padre Fray Felipe de Barbera, Prior actual del sagrado convento y hospital de la Santísima Trinidad de esta villa, exhibió un testimonio de escritura, fecho en 20 de diciembre de 1723, del cual pidió se registre y de ella se apercibe el que el Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa, impuso y cargó sobre una de sus haciendas nombradas Señor San Miguel, y todo lo a ella pertenecientes, 500 pesos de oro común y se obligó a pagar a la parte de dicho convento de San Hipólito y hospital de la Santísima Trinidad, como a sus dueños.

              DIONISIO SERRANO, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0121 · Unidad documental simple · 1702/12/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, como albacea testamentario del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino que fue de esta villa, y como apoderado de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda y albacea dicho difunto; dijo que don Miguel de Leiva en vida tuvo muchos años trato y cuentas corrientes con Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, quienes ajustaron todas las cuentas que tenían en esta villa el 5 de febrero pasado, quedando a deber dicho regidor 772 pesos 4 reales. Y tras el fallecimiento de los susodichos, los albaceas de Juan Bautista Sierra, que lo son doña María Jiménez, su viuda, y el Reverendo Padre Presentado Fray Baltazar Romeo, por medio de don Manuel Romeo, apoderado de éstos, solicitaron el pago de dicha cantidad, por lo cual, el otorgante, como albacea, en los autos que se formaron pidió esperas para la paga de dicha cantidad, “respecto de los pocos atrasos que generalmente han padecido y padecen las haciendas del beneficio de hacer azúcar”. Y habiéndose ajustado con dichos albaceas para el pago de dicha cantidad, por la presente otorga que debe y se obliga a pagar la cantidad de 772 pesos 4 reales a los dichos albaceas de Juan Bautista de la Sierra Valle y Rioseco, en los plazos establecidos en el acta.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO