Don Blas Fernández Álvarez, albacea y heredero de doña Teresa Fernández de Espinosa, otorga poder especial al reverendo padre Fray Lucio de San José, miembro de la orden de San Francisco, Guardián del convento de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que venda una casa que perteneció a don Diego de Castro y Gamboa, ubicada en la ciudad de Veracruz, en la calle de la Marina que sale junto al colegio de la compañía de Jesús, hacia la calle de Las Damas, al contado o crédito en el precio que convenga.
GUARDIANES DE CONVENTOS
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Cristóbal Martín Matamoros, vecino de Jalapa, síndico apostólico del convento de San Francisco, donde al presente es guardián Fray Antonio de Portillo, y en nombre del citado convento, vende a Francisco García, vecino de Jalapa, una casa con su solar, en este pueblo, que por testamento Catalina de Villafuerte dejó en este convento, por el precio de 40 pesos de oro común.
Juan López del Pino, maestro de albañilería, residente al presente en este pueblo, se concertó con el padre guardián y predicador del Convento de San Francisco de Jalapa, Fray Sebastián Flores, para hacer obra de albañilería y cantería en la iglesia, bóveda, coro y celdas de dicho convento que sea necesario; para lo cual, le han de dar todos los materiales y peones que se requieran, y por su trabajo se le pagarán 800 pesos de oro común.
Fray Diego Trujillo, Ministro Provincial de la Orden de San Francisco, autorizó a Fray Antonio de Córdoba, predicador y guardián del Convento de la Navidad de Jalapa, para que pueda proceder al efecto de los instrumentos necesarios, en relación con una casa de piedra, cubierta de teja que Ana González de Astudillo, vecina de Jalapa, dejó al Convento de San Francisco de Jalapa, cuyo síndico en su nombre la venda a censo o alquile, a fin de que sus réditos alcance la suma de 25 pesos anuales, con cargo de decir dos misas rezadas cada mes por su alma y la de su marido Cristóbal de Salcedo.
Fray Francisco López de Castillo, Guardián del Convento de San Francisco del pueblo de Jalapa, y Francisco de Aguirre, albacea de Josefa de Neira Claver, dijeron que por muerte de la mencionada Josefa y de José de Esteibar, quedó una casa en este pueblo bajo los linderos que expresa la escritura de propiedad, quien dispuso se vendiera a censo redimible, y deducidas sus deudas se aplique lo que quede a misas a su alma y de su marido, para lo cual se sacó a pregón rematándose en Lugarda de Rivera, mujer de Manuel de la Plata, en 500 pesos, 100 de ellos exhibió para la paga de las deudas y los 400 restantes los reconoció a censo redimible a favor del Convento con la obligación de pagar 20 pesos de réditos.
Los reverendos padres Fray Francisco Jaimes, guardián del Convento de San Francisco de Jalapa, Fray Pedro Muñoz, Fray Hernando Ricardo y Fray Miguel de Godoy, moradores en él, y el Tesorero Don Gaspar de los Reyes, vecino de Jalapa, Sotasíndico del convento, dijeron de común acuerdo y conformidad, por vía de limosna y en cumplimiento de la patente que para ello tienen de Fray Domingo Martínez, ministro provincial, fechada el 13 de septiembre del presente año en la ciudad de México, aceptaron la escritura de obligación, capellanía y obra pía de misas, que se han de decir en dicho convento en favor de Francisca Díaz Becerra, vecina que fue de Jalapa, de 2000 pesos de principal y 100 pesos de renta en cada año, sobre un molino de pan moler, sus casas, aperos y menesteres, ubicados a una legua de Jalapa.
Don Teobaldo de Gorráez y Viamonte, en nombre de su madre Doña Gracia María López de Eraso [Haro], pidió al Reverendo padre Guardián del Convento de San Francisco de Jalapa, Fray José de Ayala, reciba en depósito el cuerpo de su padre el Maestre de Campo Don Francisco de Gorráez y Viamonte para sepultarlo en la iglesia de dicho convento, y que cuando los familiares del difunto lo dispongan, puedan sacar su cuerpo o sus huesos para trasladarlos a uno de sus entierros en el reino de Castilla.
Don José de Ugarte, vecino de este pueblo de Jalapa, dijo que por cláusula de testamento de don Francisco González, natural de los Reinos de Castilla y vecino que fue del pueblo de Apan, en este Reino de Nueva España, mandó que de su caudal se impusieran 500 pesos a satisfacción del Síndico del Convento de San Francisco de este pueblo de Jalapa, por vía de simple limosna, para que de sus réditos se le cantase una misa anualmente el día del Santo Patriarca, y por la presente el Reverendo Padre Guardián y Religioso de este dicho Convento, don Bartolomé Salvo, hace la aceptación por vía de limosna simple, obligándose a satisfacer la voluntad del testador. Por lo que otorga que vende realmente a favor del Síndico del Convento de San Francisco, 25 pesos de oro común de censo en cada un año que impone sobre todos sus bienes.
El padre Fray Pedro de Mata, guardián del convento del padre Francisco, de este pueblo de Jalapa, y don Juan de Quiñones, Alguacil mayor de está jurisdicción y síndico de dicho convento, compran a Antonio de Santa Ana, el rancho y molino llamado Lucas Martín, ubicado en este pueblo, y que linda por el oriente con solar de Juan Romero, por el sur con tierras de los Quiroses, por el poniente con tierras de don Juan Ricardo de Guzmán y por el norte con tierras de los que venden, en la cantidad de 2, 000 pesos, de los cuales, 100 pesos son para un censo a favor del convento antes citado.
El Reverendo Padre Fray Juan de Dios Mariano del Rosal, Guardián del Convento de San Francisco de este pueblo, y don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor y Sindico de dicho convento, dijeron se remató a Domingo de Oliver unas casas y rancho ubicados en este pueblo, que hoy posee doña Petronila Javiera Rodríguez Díaz, viuda de don José Camino y Velasco, cuyo remate fue por 650 pesos a censo obligándose a reconocer 400 pesos a favor de una capellanía fundada por Juan de Chávez y Catarina Velázquez y 250 pesos de gravamen a favor de dicho convento. Y habiendo convenido comprar dicha tierra el Capitán don Agustín Benítez, Alcalde Mayor de esta jurisdicción, con la poseedora doña Petronila, a exhibido dicho capitán los 250 pesos correspondientes al convento, los que recibe dicho sindico dando por cancelada la escritura de obligación.