Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre de don Juan González de Olmedo, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y Guarda Mayor de sus puertas, en virtud de su poder, otorga que en conformidad de la facultad que por leyes y reales cédulas de Su Majestad le concede a los que tienen oficios vendibles y renunciables en las Indias, renuncia el dicho su oficio de Alguacil Mayor y Guarda Mayor en los capitanes don Juan Beral, Fermín de Sasoeta y don Miguel Román de Nogales, los tres vecinos de Veracruz, y en cada uno de ellos in solidum en el lugar y grado que van nominados.
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El Licenciado don Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Presbítero y vecino de esta villa, en nombre y con poder del Capitán don Juan González de Olmedo, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la ciudad de la Nueva Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos, en virtud del poder que le otorgó en esta villa el 18 de octubre de 1698, renuncia los dichos oficios de alguacil mayor y guarda mayor que posee dicho Capitán don Juan de Olmedo, en primer lugar en el Capitán don Sebastián de [la] Mora y Medrano, su hermano; en segundo en el Capitán don Gerónimo de Via Septién; y en tercer lugar en el Capitán don Diego López de Luna, todos vecinos de la ciudad de los Ángeles, y a cada uno según el lugar y grado que van nominados.
Sem títuloEl Licenciado don Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Presbítero y vecino de esta villa, en nombre y con poder del Capitán don Juan González de Olmedo, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la ciudad de la Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad, renuncia a dichos oficios de alguacil mayor y guarda mayor que posee dicha ciudad de la Veracruz; en primer lugar en el Capitán don Sebastián de [la] Mora y Medrano, su hermano; y en segundo en el Capitán don Gerónimo de Via Setiem; y en tercer lugar en el Capitán don Diego López de Luna, todos vecinos de la ciudad de los Ángeles.
Sem títuloEl Capitán Nicolás Ferrera [de] Figueroa, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de Veracruz, Guarda Mayor de sus puertos, otorga que da su poder al Capitán don Martín de Urdanis, vecino de la ciudad de Cádiz, para que en su nombre pida a cualquier persona las cantidades de pesos de oro para los efectos que le tiene comunicados, obligándolo a pagarlo con los intereses que corrieren en las plazas de Madrid, Sevilla y Cádiz.
Sem títuloEl Capitán don Nicolás Ferrera Figueroa, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos, otorga que da su poder al Capitán y Sargento Mayor don Francisco Sánchez Azeñero [Aceñero], Alcalde Mayor y Capitán a Guerra por Su Majestad de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Huatusco, para que lo obligue como su fiador o juntamente con el de mancomún, por la cantidad de pesos de oro que le pareciere hasta la de “seis o siete mil pesos”.
Sem títuloEl Licenciado Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Presbítero del obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa, en nombre y con poder del Capitán don Juan González de Olmedo, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad, otorga renuncia a los oficios de alguacil mayor y guarda mayor que posee dicho capitán en la ciudad de la Nueva Veracruz, en primer lugar al Capitán don Sebastián de la Mora y Medrano, hermano del Capitán Juan González de Olmedo; en segundo en el Capitán de Jerónimo de Villa Septién; y en tercer lugar en el Capitán don Diego López de Luna, todos vecinos de la ciudad de los Ángeles y en cada uno según el lugar y grado que van nominados.
Sem títuloEl Capitán don Nicolás Ferrera Figueroa, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad, otorga poder a los Capitanes don Martín de Urdanis y don Francisco Maldonado, vecinos de la ciudad de Cádiz, en los Reinos de Castilla, y a don Fausto Chaverri, vecino de la ciudad de Sevilla, para que en su nombre parezcan ante el Rey y su Real Consejo, donde supliquen a Su Majestad la confirmación de su título y oficio, los cuales renunció en él su hermano, el Alguacil Mayor Josephe [José] Ferrera [de] Figueroa; asimismo, pidan a Su Majestad lo honre y haga merced, en consideración de sus méritos y servicios, de cualquier oficio de gobernador, corregidor, alcalde mayor, de cualquier ciudad, villa o partido.
Sem títuloEl Capitán don Juan González de Olmedo, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor y Guarda Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y Puerto de San Juan de Úlua, en nombre y con poder del Capitán Phelipe [Felipe] de Sierra, vecino de dicha ciudad, su teniente, vende al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa, un negro esclavo nombrado Sebastián Carranza, de veinte años de edad, casta popo aunque en dicho poder se dice Loango, el cual compró del Alférez don Agustín de Caseres [Cáceres]. Lo vende por precio de 350 pesos de oro común en reales de contado.
Sem títuloLicenciado don Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Presbítero, vecino de esta villa, en nombre del Capitán don Juan González de Olmedo, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad, en virtud del poder que le otorgó en esta villa el 18 de octubre de 1698, renuncia los dichos oficios de alguacil mayor y guarda mayor que posee dicho Capitán don Juan de Olmedo en la Nueva ciudad de la Veracruz, en primer lugar en el Capitán don Sebastián de [la] Mora y Medrano, hermano de don Juan de Olmedo; en segundo lugar, en el Capitán don Gerónimo de Villa Sierra [Septién]; y en tercer lugar en el Capitán don Diego López de Luna, todos vecinos de la ciudad de los Ángeles.
Sem títuloManuel Francisco de Urquía, residente en esta villa, en voz y en nombre de don Juan González de Olmedo, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz, Guarda Mayor de los Puertos por Su Majestad, declara que el dicho su parte en conformidad de la facultad que por leyes y reales cédulas se les conceden a los que tienen oficios renunciables y vendibles, otorga que renuncia los dichos oficios de su parte de Alguacil Mayor y Guarda Mayor en Manos de Su Majestad para que de él haga merced, en primer lugar a Juan de Espinosa, Escribano de Su Majestad y Público del pueblo de Orizaba, su primo; en segundo lugar en el Capitán don Francisco Calderón y Romero, su primo; y en tercer lugar en el Capitán don Sebastián de Mora, su cuñado; y a cada uno de los susodichos in solidum, en el lugar que van mencionados personas en quien concurren las partes y calidades en derecho necesaria. Finalmente en nombre de su parte pide y suplica al Rey y en su Real Nombre al Excelentísimo Virrey admita el uso y ejercicio de dichos oficios.
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