Juan Matías Vicioso, vecino de este pueblo, otorga poder general a José Díaz de Guitian, junto con Juan de Olaziregui, Francisco Ventura de Rezabal ó Antonio de la Luz y Francisco Antonio Basave, vecinos de la Habana, para que demanden y cobren judicialmente, cualquier cantidad de dinero, joyas, oro, y otros efectos que haya embarcado por cuenta propia y de sus interesados en la flota que fue a cargo de Rodrigo de Torres y Morales, la cual naufragó en el Canal de las Bahamas.
FLOTAS
9 Archivistische beschrijving results for FLOTAS
Antonio Ramírez Ortuño, residente en este pueblo y cargador de la última flota a cargo de Rodrigo de Torres y Morales, otorga poder general a Antonio de la Luz, Manuel Miravalles y Francisco Antonio Basave, vecinos de la Habana, para que demanden y cobren las cantidades de dinero, joyas, oro y plata que consten en el registro de la flota que naufragó en la boca del Canal de las Bahamas. \r\n
Pedro López de Echandia, cargador de la flota que fue a cargo de Rodrigo de Torres y Morales y residente en este pueblo, otorga poder general a José Cabeza, junto con Juan Valentín de Villanueva, cargadores de dicha flota y residentes en la Habana, para que demanden y cobren judicialmente las cantidades de dinero, joyas, plata y otros efectos que de cuenta propia o de sus interesados haya embarcado en dicha flota, la cual naufragó en la boca del Canal de las Bahamas.
Antonio Hidalgo de Agudelo, residente en este pueblo y cargador de la flota al cargo de Rodrigo de Torres y Morales, otorga poder general a Bernardo Maturana, junto con Pedro Reparaz, residentes en la Habana, Martín de Aróstegui y Francisco Antonio Basave, vecinos de la Habana, para que demanden y cobren cualquier cantidad de dinero le debieren y en especial de lo que pareciere haber embarcado en la flota que naufragó en la boca del Canal de las Bahamas a cargo de Rodrigo de Torres y Morales.
José Manuel de Arechaga, vecino de la Nueva Veracruz y residente en este pueblo, otorga poder general a José Díaz de Guitian, junto con Juan Valentín de Villanueva y Juan de Olaziregui, vecinos del comercio de España y residentes en la Habana, para que demanden y cobren judicialmente de cualquier persona, las cantidades de dinero, oro y plata que él haya embarcado por cuenta propia y de sus interesados en la flota que fue a cargo de Rodrigo de Torres y Morales y que naufragó en el Canal de las Bahamas.
Don Atanasio Méndez de Quiñones, vecino de Puebla, a nombre propio y en el de su hermano don Francisco Méndez de Quiñones, debe y se obliga pagar a don Miguel y a don Mateo Badillo, residentes de este pueblo, la cantidad de 10, 276 pesos y 3 reales, para el tiempo del despacho de la Capitana de la flota que se halla en el Puerto de San Juan de Ulúa u otro navío que se destine en su lugar para el traslado de los caudales a España o la Habana y en su defecto, de no publicarse dicho despacho se ha de verificar la referida paga el día 15 de marzo de 1766.
Don Antonio de Barsina, vecino de la Ciudad de la Puebla de Los Ángeles y residente en el pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Miguel y a don Mateo Badillo, residentes en este pueblo, la cantidad de 7, 075 pesos 3 y medios reales, luego de que se publique el despacho de la presente flota u otro navío que se destine para el transporte de los caudales a España o la Habana, y si no hubiese despacho se efectuará la paga el día 1 de marzo de 1766.
Antonio Iñiguez de Baldosera, otorga poder a José de la Calle, vecino de Sevilla y por su ausencia a José Cabeza, ambos residente en la Habana, para que demanden y cobren judicialmente cualquier cantidad de dinero, joyas, y otros efectos, que dicho otorgante haya embarcado en la flota que fue a cargo de Rodrigo de Torres y Morales, la cual naufragó en la boca del Canal de las Bahamas.
Luis de Carmona, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla, pasajero de la presente flota del General Diego Fernández de Santillán surta en el puerto de San Juan de Ulúa de la Nueva ciudad de la Veracruz, en voz y nombre del Capitán don Francisco Massue Blanco y doña Luisa María de Urabarro Carvajal y Rivadeneira, vecinos de dicha ciudad, en virtud del poder que le otorgaron en ella el 27 de febrero de 1706, y de él usando otorga que vende al Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba, un negro atezado esclavo de los dichos sus partes, nombrado Gabriel Francisco, criollo de la ciudad de la Habana que será de edad de dieciocho años, el cual condujo a este reino en la citada flota, en virtud de licencia del Señor don Francisco Antonio de Santillán, Caballero del Orden de Santiago del Consejo de Su Majestad, Juez Oficial de la Real Audiencia de la Casa de la Contratación de las Indias que se hallaba en la ciudad de Cádiz al despacho de dicha flota, así como del permiso de don Domingo de Cortaire y Terreros, Director General del Real Asiento de Negros de esta Nueva España. Lo vende por esclavo cautivo, sujeto a perpetuo cautiverio en precio de 350 pesos de oro común.
Zonder titel