Don Pedro Picaño, natural de Sevilla en los Reinos de Castilla, Doctor en Medicina, hijo legítimo de Juan Antonio Picaño y de María de Cervantes, otorga su testamento donde declara ser casado en Cádiz con doña Francisca de Bocanegra y Ordóñez, quien vive en esa ciudad y no trajo dote alguna cuando se casaron, no procrearon hijos. Por sus bienes declara tener 110 pesos en medios y 32 en pesos duros y 2 doblones; en poder de don Jorge, residente en la Nueva Ciudad de la Veracruz, tiene 60 y tantos libros de medicina; contrajo diferentes deudas. Nombra como albacea a don Alonso Pérez, Sargento Mayor de la presente Flota, a Sebastián López, residentes en la Nueva Veracruz, y al Capitán Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa; como heredera nombra a su mujer.
FLOTAS
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Don Domingo Gil de Araujo, vecino de la Ciudad de Sevilla en los Reinos de Castilla, residente en la Nueva Veracruz, estante en Jalapa, otorga poder especial en primer lugar a don Mauricio Gil de Araujo, su hermano, vecino de Veracruz; en segundo lugar a Juan Alejandro Gutiérrez; y en tercer lugar a Juan de Recabado, residente en la misma ciudad; a cada uno según el lugar y grado en que van nominados con igual facultad, para que lo que uno comience el otro lo prosiga y concluya, asimismo puedan recibir y cobrar de cualquier persona los bienes que le tocan y pertenecen y que vienen en la presente flota de los Reinos de Castilla remitidas por sus dueños al otorgante.
Don Gaspar de Thormes, vecino de Jalapa, en virtud del poder que en su persona substituyó Gonzalo Márquez de Acevedo, vecino de este pueblo, vende en nombre de Doña María de Estupiñán al Capitán Don Francisco García López, vecino de Jalapa, una casa de piedra y lodo, cubierta de teja, ubicada en una de las esquinas de la plaza pública de él, que hace callejón entre dicha casa y el mesón; linda con solar y casas que hoy posee Ana Fernández de la Calleja, en la Calle Real, por el precio de 1500 pesos de oro común; los 1000 pesos, de un censo en favor del Monasterio de San Francisco de Jalapa, de una capellanía de misas que fundaron Manuel Rodríguez de Maya y Luisa Ordóñez, su mujer; y los 500 pesos restantes, en esta forma: los 100 pesos en reales de contado, 200 pesos para dentro de dos meses de venida la flota; y los últimos 200 pesos, para los dos meses después de haberse ido la flota mercante del puerto de Veracruz.
Don José de Janditegui, vecino de la ciudad de Sevilla, residente en este pueblo, albacea testamentario que quedó por fin y muerte de Don Antonio de Pineda, dio su poder cumplido como tal albacea a Don Pedro de Castro Benavides y a Don Juan Bernardo de Heredia, residentes en la nueva ciudad de Veracruz y vecinos de Sevilla, para que en su nombre y en el del dicho difunto, hayan, reciban y cobren, todos los bienes que trajere embarcados en la presente flota Don Antonio de Pineda, y hagan un inventario de ellos, por memoria o escribano que de ello dé fe.
Blas Hernández, dueño de recua, se obliga a pagar al Alférez Pedro Gatica, Regidor y Depositario General de esta jurisdicción y de la de San Antonio Guatusco [Huatusco] por Su Majestad, 140 pesos de oro común que montaron tres mulas y un macho aparejados que compró al alférez, la mitad para el primer viaje de la flota que viene este año del Reino de Castilla y la otra mitad para el segundo viaje de dicha flota.
GONZALO GATICA, JUEZ RECEPTOREl Capitán Pedro Gatica, Regidor y Depositario General de esta villa de Córdoba, declara que vendió a Marcos Blanco, su yerno, vecino de esta villa, un solar y una casa arrasada por precio de 1 000 pesos de oro común. En dicha escritura señala que Marcos Blanco ha de pagar 500 pesos al plazo señalado en la escritura y los otros 500 pesos los había de tomar para sí por habérselos mandado en dote cuando contrajo matrimonio con Josefa Gatica, su hija, “esto se puso por ciertos respetos y causas que [roto] nos movieron”. Lo cierto es que el dicho su yerno le ha de pagar los 500 pesos en el plazo de la escritura anterior y los otros 500 para la segunda flota que llegare de los Reinos de Castilla. Estando presente Marcos Blanco se obligó de dar y pagar al dicho su suegro los dichos 1 000 pesos.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, JUEZ RECEPTOREl Alférez Gabriel de Castroviejo, [residente] de esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de los Ángeles, [vende] al Regidor Miguel de Leiva [Esparragosa], [roto] dueño de trapiche en esta jurisdicción, un negro esclavo nombrado Francisco Guerrero, criollo de los Reinos de Castilla, de dieciocho años de edad, que compró a Martín Guerrero, Sargento de la almiranta de la presente flota surta en el puerto de San Juan de Ulúa del General don Juan de Calzadilla, el cual ahora vende en precio de 350 pesos de oro común, obligándose el vendedor a entregar el título dentro de dos meses.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Alférez Gregorio Bernal Maldonado, residente en esta villa de Córdoba, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], se obliga de pagar al Capitán Pedro Caramur y Enrriques [Enríquez] o a quien en su poder hubiere y fuere parte legítima, 776 pesos por otros tantos que le prestó en reales de contado, mismos que pagará dentro de tres meses que corren y cuentan desde hoy día de la fecha de esta escritura, sin pleito, pena de la ejecución y costas de la cobranza; y si antes de cumplidos los tres meses llegasen naos de flotas o azogues al puerto de la Nueva ciudad de la Veracruz, entonces, se entiende haberse cumplido el plazo de esta escritura, y él como obligado de dicha cantidad hará en una paga sin aguardar otro plazo, por lo que se obliga en forma con su persona y bienes.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Teniente General de esta villa de Córdoba, partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] y su jurisdicción, vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que en ocasión de haber concertado el Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Caballero de la Orden de Santiago y Alcalde de esta villa y partido, con la vecindad de ella sobre los capítulos que le pusieron en el Real Acuerdo y Audiencia de esta Nueva España, que se especifican en la escritura que otorgaron en la ciudad de los Ángeles a [roto] diciembre de 1695, le nombraron al otorgante por tal teniente general para la administración de la Real Justicia por el tiempo que le resta a la presente alcaldía mayor, que se ha de cumplir el 3 de enero de 1698. Cuyo nombramiento fue aprobado en lo político y militar por el Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey que fue de esta Nueva España, por cierta cantidad que [prometió el otorgante y con las calidades] que se expresan en la escritura. Y respecto a que la cantidad [roto] [que] ofreció y se le pidió por la gracia de dicho nombramiento fue de 4 000 pesos, los cuales se obligó a pagar a fines de este presente mes y año, se los ha asegurado al Capitán don Antonio Orejón en poder del Capitán don Diego López de Luna, vecino y mercader de la ciudad de los Ángeles. Y por noticias que ha tenido el otorgante, de que el sucesor de don Antonio Orejón de la Lama [roto] pretende entrar en dicho oficio [roto] valiéndose de haber cantidad de por medio, y temiendo perder dicha cantidad [en la] inteligencia de que pueda ausentarse el Capitán don Antonio Orejón de la Lama para los Reinos de Castilla en la presente flota. Por tanto y para que cesen los inconvenientes que se puedan experimentar, otorga poder al Alférez Miguel Jiménez de Bonilla, vecino de la jurisdicción de Tlaxcala y dueño de hacienda en los territorios del pueblo de Nativitas; a don Juan de Valdivia, vecino y también dueño de hacienda en dicha jurisdicción; y a don Miguel de Urviola, Procurador de dicha ciudad, para que en su nombre comparezcan ante los señores jueces, presidente y oidores de la Real Audiencia y pidan afiance los 4 000 pesos el Capitán don Antonio Orejón de la Lama.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Licenciado don Juan [Yáñez] Hortega [Ortega] de la Pava, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que desde hace trece o catorce años es Hermano de la Religión de Santo Domingo, ordena que al fallecer envíen noticia a dicha religión para que se le socorra por su alma. Señala que por fin y muerte de Lope Hernández López y de doña Ana de Ortega de la Pava, sus padres legítimos, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de los Ángeles de esta Nueva España, naturales de la villa de Guadalcanal en la Extremadura Reinos de Castilla, quedaron algunos bienes raíces, y por consenso entre él y sus hermanas, ellas no tenían hijos, y hallándose en congrua bastante para su sustentación, decidieron donar dichos bienes a Cristóbal Yáñez de Ortega, su sobrino. Declara por bienes un censo redimible que a su favor impuso Antonio Rodríguez, por cantidad de 1 000 pesos; unas casas de su morada; las piezas de esclavos siguiente: Juan Ramírez, mulato blanco, de treinta y cinco años; Catalina de San Antonio, mulata de dicha edad; Felipe, mulato de edad de diecisiete años; Miguel de catorce; Manuel de dos; los tres últimos hijos de la dicha Catalina de San Antonio; Josefa, mulata herrada, de edad de 22 años. También declara por bienes los 3 300 pesos de oro común que le debe el Capitán José Blanco, vecino de esta villa, a quien le prestó cuando compró el trapiche del General don Diego Ortiz de Largacha; otros 1 000 pesos que le adeuda Francisco de Solís, Alguacil de esta villa, que le prestó para el despacho de la presente flota. Es su voluntad que después de su fallecimiento y el de sus hermanas María de Ortega [y] Bonilla y Catalina de Ortega, los dichos Juan Ramírez y Catalina de San Antonio, sus esclavos, queden libres perpetuamente de toda esclavitud. Nombra albaceas a sus hermanas María de Ortega [y] Bonilla y Catalina de Ortega [y Funes] para que entren en sus bienes y los vendan; y del remanente que quedara nombra por sus herederas a las susodichas para que disfruten los bienes en partes iguales.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO