El Capitán Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa, y residente en el trapiche que posee en esta jurisdicción, como albacea del Capitán Nicolás Blanco, difunto, dijo que por cuanto el referido Nicolás Blanco vendió al Capitán Francisco de Hebia [Hevia], vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, una casa y que se le adjudicó por bienes de Gonzalo de Ugarte, en cantidad de 3 337 pesos, que el susodicho le debía a dicho Nicolás. Y atento a que la venta que así le hizo a dicho Capitán Francisco de Hebia [Hevia] salió incierta, por ser dicha casa de un menor a quien se le adjudicó, desposeyendo al referido y de resto de ella quedó debiendo el dicho capitán a dicho difunto 2 742 pesos. Y por tal razón, el otorgante señala que canceló dicha escritura, y respecto a restársele debiendo por lo [roto] dicho difunto 1 690 pesos de oro común, [roto] albacea de dicho Capitán Nicolás, se obliga de dar y pagar al dicho Capitán [Francisco de Hevia] o a quien en su poder hubiere [roto] los 300 de ellos, para el día 25 de diciembre del presente año, y los 390 pesos para el despacho de la primera flota que viniere a las Indias, luego que se haga a la vela la vuelta de ella del puerto de Veracruz a España; y los 1 000 pesos en un año, que ha de correr y contarse desde el día de las partida de la flota en adelante. A cuyo cumplimiento obliga los bienes del dicho difunto, su persona y los bienes habidos y por haber.
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Pedro Domínguez de Aranda, residente en esta villa y vecino de la ciudad y puerto de [roto] y de partida a dicho puerto en la presente flota surta en el puerto de San Juan de Ulúa, del General don Ignacio de Barrios, Caballero de la Orden de Santiago, dijo que de conformidad al auto promovido por el Alférez Antonio [de] Ábrego Esquivel, [Teniente General] de esta villa, a los dieciséis del corriente [que se han seguido sobre que] se le entregasen 4 barriles de vino y 4 tercios de [roto] por pertenecerle. Se obliga a que luego que llegue a dicho puerto entregará a Jacinta de Secos, mujer legítima de Pedro de Cueto, vecina de dicha ciudad y puerto, y a sus hijos y herederos, la cantidad de 75 pesos de oro común por otros tantos que paran en su poder pertenecientes a dicho difunto. Asimismo, a remitir certificación del entrego en la primera flota que venga a Nueva España.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODiego Márquez Berniz, vecino del pueblo de Cuezala [Coetzala], jurisdicción de la Nueva Veracruz, se obliga a pagar al Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, 100 pesos de oro común que por hacerle amistad y buena obra le prestó en reales. Cantidad que pagará para el despacho de la flota que este presente año llegará de los Reinos de Castilla al puerto de la Nueva ciudad de la Veracruz.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Sargento Juan Joseph [José] Hernández, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], dijo que el Excelentísimo Señor Conde de Paredes, Virrey de esta Nueva España, por mandamiento de 15 de junio de este presente año, se sirvió mandar que el señor Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente General de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco], aderezara a su costa los puentes que están en la punta que llaman de Guatusco [Huatusco], del camino nuevo que va de esta villa a la ciudad de la Nueva Veracruz, e hiciera en él ventas por las que pudiera cobrar, por tiempo de un año, un real a cada persona que por dichos puntos pase a caballo y otro real por cada mula cargada. Y en vista de que el señor alcalde tiene aderezados a su costa los puentes y está construyendo la venta entre ellos, tienen convenido ambos en que han de correr dichas puentes y venta por cuenta del otorgante, desde hoy día hasta dos meses después de que haya salido del puerto de la Veracruz, para los Reinos de Castilla, la flota que este año se espera, con el fin de que pueda aprovechar dicho tiempo [roto]. Por lo tanto, se obliga a pagar al alcalde 700 pesos de oro común por concepto de arrendamiento de la venta y estipendios de los puentes, incluidos 150 pesos que tiene entregados a cuenta, con la condición de que al no venir la flota este año, dicha renta ha de ser tan solamente por 350 pesos por la misma temporada, y obligarse el alcalde a hacer él la dicha venta, en que ha de haber un jacal de 12 brasas de largo, dos de 6 brasas, una cocina, horno de pan y otro jacal para caballeriza.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALAntonio Iñiguez de Baldosera, flotista del comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder general a Francisco Arellano, Procurador de la Ciudad de la Nueva Veracruz, junto con don José Gregorio de Segura, residente en la misma ciudad, para que reciba, pida y cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata y otras mercancías que le deban.
El Capitán don Rodrigo Antonio de Neira y Quiroga, vecino de la Ciudad de México, dijo que el 29 de abril de 1766 le compró en este pueblo a don Francisco del Valle, vecino de España, varios géneros de la presente flota que importaron 150,185 pesos 5 reales, de los que ha pagado una parte restando solo 50, 975 pesos que se obliga pagar al primer despacho que se verifique después de la presente flota del cargo del señor Jefe de Escuadra don Agustín de Idiáquez.
Don Juan de Mellica, vecino de la Ciudad de Cádiz, hijo de Pedro Mellica y Estebana Blanco, otorga poder para testar y nombra por albacea a don Francisco Hidalgo de Medellín y Ahumada, médico de la presente flota y residente en este pueblo de Jalapa. Declara ser Piloto del Rey en la Urca holandesa nombrada el Mateo. Es casado con doña María de Vega, vecina de Cádiz, con la que procreó a José Bartolomé y a Estebana. Nombra como herederos universales a sus hijos.
El Alférez don Pedro de Agüero, residente en esta villa de Córdoba, natural de la villa de Rrucandia [Rucandio] en las montañas de Burgos, hijo legítimo de don García de Agüero y doña Isabel de Liermo, otorga su testamento en la manera siguiente: declara estar casado con doña Francisca de Cevallos [Ceballos], vecina de la ciudad de Cádiz, durante el matrimonio han tenido por hijas legítimas a María Eugenia, María Francisca y a María Lorenza. Señala por bienes una caja que dejó en la ciudad de la Nueva Veracruz, en poder de Diego Pastor, maestro sombrerero, y dentro de ella dos camisas; ropa blanca que tiene en su poder María Montes, parda libre, vecina de la citada ciudad, a quien se la dejó para que la lavase. Declara que “estoy sirviendo” a Su Majestad en plaza de reformado que tiene asentada en la nao almiranta de la flota que se halla surta en el puerto de San Juan de Ulúa, del cargo del señor General don Luis de Egues, Conde de San Rami [Remi], manda se cobre lo que se le debiere de sueldo devengado hasta el día de su fallecimiento, asimismo, la pipa de vino que le toca por razón de dicha plaza. Menciona que don Andrés Ortiz de Urbina, Sargento Mayor actual [roto] la ciudad de Guathimala [Guatemala], le es deudor de trecientos [roto] pesos, procedidos de su pasaje de los Reinos de Castilla a éste, el año pasado de 1685, con la nao almiranta nombrada Santo Tomás de Villanueva, en que vino a este reino de alférez actual de la compañía de ella, manda se cobre. Declara que Domingo Alonso, vecino de la ciudad de Cádiz, residente en la ciudad de México, le es deudor de 200 pesos, manda se cobre. Nombra por su albacea testamentario a Vicente Pérez, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, y a Juan Agustín, vecino de la ciudad de Cádiz, maestro platero, que al presente reside en la ciudad de la Nueva Veracruz. Y como herederas universales nombra sus tres hijas.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Miguel González del Camino, diputado de la presente flota a cargo de Francisco Chacón, residente en Jalapa, dijo que por cuanto le tiene mucho amor y voluntad a doña Catalina del Camino, doncella hija del Capitán José Camino y Velasco, Alcalde Mayor de esta jurisdicción, le hace gracia y donación irrevocable de una negra esclava suya nombrada María Camacho, de 11 años, la misma que hubo por remate que se hizo el 18 de marzo pasado, de la que se desiste y aparta, cede, renuncia y transfiere a la susodicha para que como propia disponga de ella a su voluntad.
Pedro de Morales[Moral], vecino del pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a la voluntad de don Manuel de Soto Guerrero, vecino de la Ciudad de la Veracruz, por orden y cuenta del Bachiller Tomás Díaz de Córdoba, presbítero domiciliario de este Obispado, 800 pesos de oro común, mismos que debe al Bachiller Andrés de Sosa, del resto del importe de 92 cargas de harina que le fió, cuya cantidad se obliga a pagar en la Ciudad de la Veracruz para el 1 de mayo de este año, con la calidad de que si la flota al cargo de don Fernando Chacón se fuera para España antes de ese día, ha de hacer el pago 4 días antes.