Doña Josefa Gómez Dávila, doncella, vecina de esta villa de Córdoba, natural de ella, hija legítima de Domingo Antonio Gómez y de doña Juana Dávila Valero, difuntos, otorga su testamento en la forma y manera siguiente: Declara que paran en poder de su hermano el Capitán Alonso Gómez Dávila 706 pesos y 2 reales que le cupieron de su legítima paterna, los cuales tiene cargados sobre su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph [José], de que le ha pagado 35 pesos y 2 reales de rédito; es su voluntad que dicha cantidad quede a censo como lo está sobre dicha hacienda y que con sus réditos se haga la fiesta todos los años de Nuestra Señora de los Dolores en el convento de San Antonio, en la semana de ramos, con misa cantada, sermón, cera; cuyos réditos han de cobrar el síndico que fuere de dicho convento. Ítem, declara que tiene por su esclava a Antonia, negra que será de dieciséis años, la cual le hace gracia y donación de ella a doña Marina Gómez Dávila su hermana, asimismo, le hace donación de todos sus trastes que están dentro de su casa para que los goce como suyos. Y para cumplir y pagar el testamento nombra por su albacea a su hermano don Manuel Gómez Dávila, para que entre en ellos los venda y remate; y en el remanente que quedare líquido nombra por su universal heredera a su hermana la citada María Gómez Dávila.
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El Capitán don Alonso Gómez Dávila, dueño del trapiche de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa de Córdoba; Domingo Antonio y Joaquín José Gómez Dávila, sus hijos; doña Josefa de Pedraza, viuda del Capitán don Juan Gómez Dávila; don Miguel García de Monzaval y Alonso Gómez Dávila, albaceas de dicho difunto, vecinos de esta villa de Córdoba. Dijeron que don José Gómez Dávila otorgó escritura de imposición de censo sobre la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Señor San Joseph [José], que posee el Capitán don Alonso Gómez y doña Catalina de Pedraza, su mujer, de 1 000 pesos de principal de censo y por ello 50 pesos anuales, que empezó a correr y contarse desde el mes de febrero de 1699, para que con ello se celebrase la fiesta de Nuestra Señora de la Encarnación. Y porque los otorgantes están obligados a la cobranza de los mencionados réditos para hacer con ellos dicha festividad y por hallarse ocupados en diferentes negocios, a través de la presente otorgan poder al Capitán don Francisco Pibot y Tapia, Mayordomo de dicha cofradía, para que pida, reciba y cobre de Alonso Gómez Dávila y a los que le sucedieren en su trapiche, los 50 pesos de réditos y con ellos se cumpla la escritura de la fundación de mencionado censo, de lo que recibiere entregue cartas de pago y demás instrumentos que se le pidan.