El Capitán y Sargento Mayor Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa de Córdoba y provincia de San Antonio Huatusco, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su representación saque y reciba los pesos de oro que hallare hasta en cantidad de 8 000 pesos por el plazo o tiempo que por bien tuviere y lo obligue, así como también obligue a Juan Rodríguez Durán, Gregorio [Martínez] de Solís, Juan García de Miranda y a Josepha [Josefa] García de Miranda, todos vecinos de esta dicha villa y dueños de trapiche en esta jurisdicción, en virtud de sus poderes que para el efecto le dan, otorgados a los 3 de abril del presente año por ante Alonso de Meza [y Mendoza] a falta de escribano público y real; en la que ha dicho Pedro López del Cano como principal y a los dichos Juan Rodríguez Durán, Gregorio Martínez de Solís, Juan García de Miranda y a Josepha [Josefa] García de Miranda como fiadores o por el contrario de mancomún y cada uno pagarán los pesos que así hallare y se les dieren a la persona o personas en las partes y lugares al plazo y en la forma que se contuvieren en la escritura que en esta razón otorgare, por lo que se le da éste con general administración.
ALONSO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTORFIANZAS
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Juan Francisco de Aguilar y Saldaña, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y con poder del Capitán Juan María Lago Marzin, Factor de la armazón de negros esclavos que tiene en dicha ciudad de la Nueva Veracruz, su fecha en dicha ciudad 27 de octubre de este año por ante Andrés de Saavedra Cansines [Cancines], Escribano de Su Majestad, asimismo, en virtud del poder que le sustituyó de don Domingo Grillo, por sí y como tutor y curador de don Domingo, don Juan Bautista y doña María Isabela Lomelín, hijos y herederos de Ambrosio Lomelín, Asentista con Su Majestad para la provisión de negros en estas partes de las Indias, su fecha en la villa de Madrid a 28 de octubre de 1670 ante Pedro de Viana Morales, Escribano de Su Majestad. En virtud de dichos poderes vende a Francisco de Solís, Alguacil Mayor y vecino de esta villa de Córdoba, una negra de dicha armazón, nombrada Gracia, en precio de 430 pesos de oro común, saliendo por su fiador el Capitán Joseph [José] Blanco, cantidad que ha de pagar en seis meses.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALJuan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, como principal deudor y obligado, junto con Juan Gómez Dávila y don Nicolás de Olivera, vecinos de esta villa, como sus fiadores y principales pagadores, se obligan a pagar a don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa y Alguacil Mayor en ella, 2 000 pesos de oro común en reales, por otros tantos que por hacerle amistad y buena obra le prestó y los cuales se obliga a pagar el 15 de mayo de 1700 en una sola paga.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALBenito Rendón, vecino de esta villa, albacea y tenedor de bienes de Juan Camaño, dijo que por cuanto en una de las cláusulas del testamento declaró dicho difunto unas casas que dejó por sus bienes, en esta dicha villa, las cuales hubo y compró del Capitán Antonio de Brito Lomelín, con el cargo de 800 pesos que en su valor se le adjudicaron a doña Josefa Marcela de la Rosa, hija de Antonio de Brito Lomelín y de doña María de Villarreal y Estrada. Dicha cantidad se obligó Antonio de Brito a pagarla y entregarla luego que doña Josefa Marcela consiguiese estado y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento se destinarían para los alimentos de la referida Josefa Marcela. Asimismo, dijo que el citado Camaño dejó ordenado al otorgante como su albacea y tenedor de bienes, que luego que la susodicha consiguiera estado le diera la cantidad más los réditos corridos. Y respecto que al presente se inventariaron dichas casas entre otros bienes, salieron al pregón y se celebró remate en el Capitán Pedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa, por 3 250 a censo redimible a favor de la capellanía que mandó fundar dicho difunto; y por libre de otro censo [roto] los dichos 800 pesos. Y respecto de haberse tenido noticia que el promotor fiscal de este obispado pide la liberación de las casas para que pueda fundar la capellanía; el otorgante para poderlo hacer acudió ante el Capitán Pedro López del Castrillo, Alcalde Ordinario por Su Majestad, con petición que presentó en la que expresó lo referido, con citación de los curadores ad litem de la referida Josefa Marcela, para que se declarasen por libres la casas de los 800 pesos, quedando como deben quedar en su poder para entregarlos a la susodicha y dar cuenta de ellos luego que tenga edad o haya conseguido estado; para lo cual ofreció fianza, que fue aprobada por el referido Capitán Pedro López del Castrillo. En cuya conformidad y poniéndolo en efecto en aquella vía y forma, Benito Rendón como principal, Pedro Trillo de Figueroa y Gaspar Rendón como sus fiadores, otorgan que se obligan de dar y entregar a doña Josefa Márcela de la Rosa, luego que tenga edad competente la cantidad de 800 pesos que paran en poder de Benito Rendón.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Juan de Figueroa y Juan [López] Cano, maestro boticario, vecinos de esta villa, dijeron que por cuanto “por decreto de los señores presidente y oidores de la Real Audiencia, cuyo testimonio se halla presentado ante el señor don Miguel Valero [Grajeda], Alcalde Ordinario, está mandado que los 1 013 pesos que se hallan en depósito con el Alguacil Mayor Gregorio Martínez de Solís, se entreguen a los menores hijos de Pedro de la Torre, difunto, en atención a que el Reverendo Padre Fray Pedro de la Concepción, Religioso Sacerdote Carmelita Descalzo de la ciudad de los Ángeles, Procurador de su convento, podatario de dichos menores, no trae poder más que de Juan de la Torre y el general del Reverendo Padre Provincial y Religioso de dicho su convento en que se halla incurso el Reverendo Padre Provincial Thomas [Tomás] de la Presentación, Religioso Sacerdote de dicha Orden, hermano de dicho Juan de la Torre; y atento a que no trae poder de Juan Sebastián Duarte, hijo y heredero de Gonzalo Duarte y de Úrsula Francisca, madre legítima de los susodichos, está mandado por el señor don Miguel Valero, Alcalde Ordinario, por auto proveído de la fecha por ante mí el escribano, que dicho Reverendo Padre Procurador Fray Pedro de la Concepción dé fianza a favor de dicho Juan Sebastián Duarte [roto]”.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Lope de Yribas [Iribas] y doña Ana González de Velilla Blanco, su mujer legítima, vecinos de esta villa de Córdoba, y la susodicha con licencia previa de su marido, ambos de mancomún acuerdo otorgan que dan su poder especial a Domingo de Córdova [Córdoba], Procurador de la Real Audiencia de la ciudad de México, para que los obligue a la fianza que está mandada dar por los señores presidentes, oidores de la Real Audiencia de dicha ciudad a Balthasar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa, para que se le entreguen dos trapiches del beneficio de hacer azúcar, que tiene en la jurisdicción de esta dicha villa, los cuales están embargados a pedimento de Francisco de Santa Ana, vecino de la ciudad de los Ángeles.
JUAN MALDONADO, JUEZ RECEPTOREl Alférez don Miguel Guerrero Salamanca, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, otorga que ha recibido de don Gaspar Carabaxal Venavente, vecino de esta villa, 840 pesos de oro común en reales por los mismos que le estaba debiendo por haberlos lastado y pagado al Capitán Bernardo Belasques [Bernardo Velázquez de Labrada] vecino de dicha ciudad, “como su fiador que se constituyó en concurso del Alférez Miguel de Azevedo [Acevedo]”.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán Antonio de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario por Su Majestad, otorga que ha recibido de Gaspar Carabaxal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], [roto] pesos de oro común por otros tantos que [roto] y pagó por el susodicho a la parte de don Miguel Guerrero Salamanca, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, como su fiador y principal pagador que se constituyó de dicha cantidad por escritura que otorgó en 30 de junio de 1691.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOIsabel Vázquez, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Diego de Sandoval, y Juan Álvarez, hijo legítimo de la susodicha, dijeron que Diego de Sandoval otorgó un vale a favor del Capitán Juan Díaz de Palacios, residente en esta villa, hecho en el pueblo de Teposcolula el 8 de [agosto] de 1688, por la cantidad de 143 pesos de oro común en el que constituyó a los otorgantes fiadores, con hipoteca de una casa y a satisfacer en cuatro meses, cuyo plazo se cumplió sin solventar la deuda, iniciando el Capitán Juan Díaz pleito ante la Real Justicia de esta villa y pretendiendo embargar la casa hipotecada en dicho vale; por lo cual se obligan a pagar al capitán 170 pesos de oro común, los mismos que resultan de dicho vale y costas causadas por el pleito, la mitad a mediados de junio de este año y la otra mitad en junio de 1691, ambas cantidades deben ser entregadas en la ciudad de la Nueva Veracruz.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALDon Blas Domínguez Ballesteros, vecino de este pueblo, propietario de tienda mestiza, rancho de labor y ganado, dijo que don Francisco del Camino y Velasco, Administrador de las Reales Rentas de la Pólvora y Naipes en este pueblo de Jalapa, para subrogar la fianza que por el otorgo don Antonio Gaspar de Acosta, difunto, le ha pedido al compareciente sea su fiador por la cantidad de 2,000 pesos, por lo que en la presente se constituye su fiador.