Don Juan Santiago Lobo, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, dijo que don Alonso de Somoza, se encuentra preso en los recintos de este pueblo por ser casado en España, procediéndose al embargo de sus bienes, razón por la que dicho Somoza recurrió a la Sala del Crimen para solicitar se le alzase el embargo de sus bienes y se le relajase la carcelería bajo fianza. Petición que fue aceptada con la condición de que diese 1, 000 pesos o un fiador para que se obligue a verificar el regreso o embarque de su persona a España; señalando de este modo a don Juan Santiago Lobo, que se constituye como fiador de dicho Somoza, quien se embarcará para España en las primeras arcas que regresarán a España y por tanto se ofrece en dar testimonio de este hecho a los 15 días de verificado éste, y por su falta exhibirá los 1, 000 pesos en la Sala del Crimen.
ESPAÑA
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Don Francisco Antonio Díaz y Herrero, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, dijo que don Francisco Saguato se haya preso por orden de la Sala Real del Crimen de la Ciudad de México, por ser casado en España, por lo que el otorgante señala consiguió que la mencionada Sala, le rebaje a Saguato la prisión bajo fianza, saliendo él como fiador, ofreciendo Saguato que saldrá dentro de 8 días al puerto de Veracruz y se embarcará en los primeros navíos para hacer vida con su mujer y en su defecto, el otorgante pagará los 1, 000 pesos de fianza.
Don José Antonio de la Pedreguera, vecino de este pueblo de Jalapa, se constituye fiador de don Francisco de Alba, quien se obliga a regresar hacia España en la embarcación que saliere durante el mes de abril, para ello se presentará ante el gobernador de la Nueva Veracruz dentro de 8 días contados a partir del presente mes, de cuya presentación enviará testimonio a este Juzgado para que de cuenta con ella a la Real Sala del Crimen, quienes lo pusieron preso por ser casado en España, y por su falta exhibirá al Juez, por disposición del Tribunal Superior, la cantidad de 1, 000 pesos con las costas y salarios de cobranzas.