Don Carlos Díaz y Herrero y Sebastián Díaz y Herrero, don Juan Antonio Sáenz de Santa María, don José Ramón de Gorostiza, y don Antonio Callebout, comerciantes de España, residentes en Jalapa, otorgan poder especial a don Vicente Francisco Vidal, vecino de México, para que en sus nombres se presente en el Juzgado Privativo y Dirección General de los Ramos de Aduanas y Pulques y en los demás Tribunales, suplique de la Providencia tomada sobre la alteración del derecho de Alcabala, de los efectos rezagados que han pagado el 3 % dispensado por Su Majestad, haciendo por ello, los memoriales, pedimentos, alegaciones y demás instancias que con derecho deba, por lo que se le confiere éste con libre y general administración.
ESPAÑA
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Don Pedro de Garay, don Domingo Antonio de Vivanco, don Gregorio Ochoa de Amezaga, don Santos de Uriarte, don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, don José Miguel de Iriarte y Lezeta, don Gaspar de Iriarte y don Francisco Xavier de Olartegochea, del comercio de España y vecinos de Jalapa, fiadores, pagadores, deudores y obligados de don Antonio de Uscola, residente en la Ciudad de México, otorgan poder especial al citado Uscola para que los obligue como sus fiadores por la cantidad de 2, 000 pesos cada uno a favor del tribunal, comisaría, tesorería, juzgado, convento, cofradía o persona particular que le quiera dar algunas cantidades para el giro de su comercio por los tiempos y plazos que ajustare.
Don Rodrigo Antonio de Neira y Quiroga, Capitán de la Compañía Miliciana de Comerciantes de la Ciudad de México y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Antonio Sáenz de Santamaría, para que cobre de don Manuel José de Alba, vecino de España, la cantidad de 17, 600 pesos.
Don Domingo Martínez de Murguía, diputado de la presente flota al cargo del Señor Jefe de Escuadra don Joaquín de Villena, residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder al Señor don Francisco de Rezpaldizar, Diputado de los Comerciantes de España que viene en dicha flota, y a don Tomás de Apodaca, de dicho comercio, para que en su nombre cobren todas las cantidades de reales de oro, plata labrada, joyas, mercaderías, frutos y géneros que le deban, y para que lo defiendan en todos sus pleitos.
Don Luis de Vargas, segundo Diputado de la presente feria, y su acompañado don Celedonio Pérez, ambos comerciantes y residentes de este pueblo de Jalapa, otorgan, en nombre de todo el Comercio de España, poder especial a don Antonio Pérez de Baños, residente en la Ciudad de Veracruz, para que en nombre de esta Real Diputación reciba y cobre de los ex Diputados don Lorenzo González de Bilde y don Rafael Prieto, todos los documentos, despachos, cedulas y demás papeles que pertenecen a la mencionada diputación.
Don Carlos José de Montes, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Pedro Moreno y don Gabriel de Arteaga, comerciantes y residentes de la Veracruz, para que puedan recaudar y percibir mercancías que vienen de España y para cobrar judicial y extrajudicialmente las escrituras y dependencias que le fueron cometidas y canceladas.
Don Agustín Peña Redonda, natural de la Villa de Castro Urdiales en el Señorío de Vizcaya Obispado de Santander, comerciante de España y residente en Jalapa, hijo legítimo de don Pedro Peña Redonda, difunto, y de doña María Teresa de Murga, viva. Otorga su testamento donde declara ser soltero y no tener hijo alguno. Nombra como sus albaceas testamentarias y fideicomisarias a don Francisco Guerra y Agreda, vecino de Veracruz; en segundo a don Miguel Jacinto Marticorena, de la misma residencia y como universal heredera a su madre doña María Teresa de Murga.
El ciudadano José Cordera, natural de Villavicencio del principado de Asturias en España, de cincuenta y cuatro años de edad, de ejercicio comerciante, hijo de don Manuel Cordera y de doña Josefa Piñeyra, naturales y vecinos de dicha villa, otorga su testamento en la forma siguiente: Ordena ser sepultado en el cementerio general de esta ciudad, amortajado con hábito de San Francisco, pero con pobreza. Declara es casado con doña María Josefa Nogueira de Cordera, que llevó de dote 2 518 pesos un octavo de real, de cuyo matrimonio procrearon a don José María, don Manuel, doña Micaela, casada con don José María Bonilla y Flores, doña Ana Josefa, don José Fernando, don Francisco de Paula, don Juan Bautista, doña María Josefa, don Gabriel, doña María Asunción y don Agustín. Cuando se casó tenía un capital de 2 200 pesos, pero por deudas pagó 400 pesos. Por bienes señala una casa que habita, valorada en poco más de 9 000 pesos, de la que reconoce un capital de 525 pesos en favor del convento de San Francisco de esta ciudad y otro en favor de don Manuel Posada, vecino de Veracruz, que junto con los réditos hacen un total de 1 400 pesos, y otro en favor de su hijo don José María Bonilla y Flores, de 400 pesos que está debiendo junto con sus réditos. Manda a sus albaceas cobren de la hacienda pública lo que conste se le debe por documentos. Mejora en el tercio y en el remanente del quinto de sus bienes a su hijo don José Fernando. Nombra por tutor de sus hijos menores a sus hermanos don Juan y don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate. Señala por sus albaceas a su hijo don José María Bonilla, Alcalde esta ciudad, y en segundo, por falta del primero, a don José Antonio de la Peña. Nombra por sus herederos a sus once hijos. Revoca y anula el testamento que otorgó en 1819 y otros testamentos, poderes, codicilos, poderes para testar que haya hecho y otorgado.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO PÚBLICO